Vecinos morosos que no pagan la comunidad: ¿por qué no pueden usar la piscina y el resto de instalaciones?
- La ley permite restringir el acceso a la piscina comunitaria y otras instalaciones si no pagan las cuotas
- Existen carnets, pulseras o controladores para que los vecinos que sí pagan puedan acceder a la piscina
Llega el verano, el calor y con ellos la piscina comienza a adquirir condición de imprescindible en muchas comunidades de vecinos. El problema emana cuando alguno o varios vecinos no pagan las cuotas correspondientes a la finca.
Por ley, el acceso a la piscina o a las pistas de pádel o gimnasio de la comunidad quedan restringidos para los morosos, según la reforma del Artículo 21 de la ley de propiedad horizontal que impide el acceso a este tipo de instalaciones.
Además, la ley especifica que aunque los morosos no hagan uso de las instalaciones comunitarias, no incluye otro tipo de sanciones. Esto quiere decir, que la reforma no incluyó las medidas coactivas o sancionadoras que puede utilizar la comunidad en caso de incumplimiento. Por otro lado, no se puede llamar a la Policía para solucionar el problema al tratarse de un conflicto privado.
Uso de carnets, pulseras o controladores
El incumplimiento de las cuotas de más de un mes acarrea como penalización no emplear ni la piscina ni las instalaciones comunitarias. Existen diferentes métodos para hacer cumplir la norma: "Una vez que se acuerde en junta que esa persona lleva el impago de dos, tres cuotas, no se hace con la primera porque puede tratarse de un despiste, se le puede privar de ese servicio como la piscina. Tenemos carnets, pulseras, para que los vecinos que sí pagan puedan entrar en la piscina. En este caso, el vecino moroso no tendría pulsera para acceder", explica en 'La Hora de la 1' Noelia Mochales, de Administradores de Fincas de Madrid.
Pero no es la única solución a la que recurren las comunidades de vecinos que se encuentran en esta situación "Sabemos que es una situación complicada, pero también existe la figura del controlador que sabe quienes son las personas que tienen impagos, de esta manera es fácil no permitirle el acceso", apunta.
Además, la experta informa de que por normativa y dependiendo del tamaño de la piscina es necesario tener una valla, una infraestructura que ayuda a hacer cumplir la ley y actúa como "medida disuasoria".
¿Qué pasa con los hijos de los morosos?
En el caso de decidir extender la prohibición del uso de las instalaciones a la familia del moroso o morosos, los expertos difieren. Especialmente, en el caso de los hijos, algunos abogan porque se prohíba el acceso a todo el núcleo familiar y otros por no hacer pagar a los hijos el problema de sus padres.
"No olvidemos que son las viviendas las que adquieren la deuda. Por tanto, todos los habitantes de esa vivienda estarían privados de este derecho. Se está practicando y ya se está ejecutando, al final lo normal es que no se lleve a efecto en el momento en el que el moroso sabe que se le va a privar de la piscina. En ese momento os aseguro que se pone al día inmediatamente", relata Monchales.
¿Cuántos invitados pueden entrar en la piscina?
En el caso de los invitados, las comunidades establecen unas normas de régimen interior: "Suele ser en torno a un par de personas externas, eso lo determinan los propietarios y la gente suele ser bastante cumplidora, no se puede invitar ilimitadamente. Si no, no se usaría la piscina adecuadamente", afirma.
Además, la Policía no puede interceder en los casos de morosidad vecinal para solucionar el conflicto al tratarse de un conflicto privado. "En el momento que tú adquieres una deuda, el propietario empieza un procedimiento judicial, y se le da un margen, en la mayoría de los acasos pagan. De no ser así, va a un juzgado y acaba llegando la sentencia. Es muy efectivo cuanto más ágiles sean los juzgados, mejor conseguiremos que pague todo el mundo", concluye Monchales.