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Prisión permanente revisable para Igor el Ruso por los tres asesinatos de Teruel

  • La sentencia especifica que deberá cumplir al menos 30 años de prisión por el crimen de Andorra
  • El juez ha estimado la petición de la Fiscalía por matar a tiros a un ganadero y dos guardias civiles en esa localidad turolense

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Igor el Ruso, condenado a prisión permanente revisable por los tres asesinatos de Teruel

El criminal serbio Norbert Feher, Igor el Ruso, ha sido condenado a prisión permanente revisable por los asesinatos a tiros de un ganadero y de dos guardias civiles. La Audiencia de Teruel condena el crimen cometido en una zona rural del municipio turolense de Andorra la noche del 14 de diciembre de 2017.

El tribunal estima la petición de la Fiscalía sobre la base del veredicto del jurado que enjuició el caso e impone dos penas de 25 años de prisión por dos de los asesinatos y prisión permanente revisable por el tercero, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).

Además, la sentencia establece condenas de 5 años de prisión por cada uno de los tres delitos de robo con violencia que le fueron imputados, así como indemnizaciones a las familias de los fallecidos por más de tres millones de euros. En detalle, el juez establece las cantidades de 300.000 euros para las esposas, de 200.000 para los hijos, de 80.000 para los padres y de 50.000 para los hermanos.

En su veredicto, el magistrado que presidió el juicio advierte en su resolución que no se le podrá suspender la condena al procesado hasta haber cumplido al menos 30 años y el condenado no podrá acceder al tercer grado penitenciario hasta cumplir un mínimo de 22 años de cárcel.

Asesinatos con alevosía y ensañamiento

El juez se apoya en el relato de hechos considerados probados por el jurado para tipificar las muertes como asesinatos cometidos con alevosía, de forma sorpresiva y con ensañamiento. Razona la sentencia que el acusado disparó en primer lugar al ganadero José Luis Iranzo con la intención de matarle, y que instantes después hizo lo mismo con los guardias Víctor Romero y Víctor Jesús Caballero.

En relación a estos dos agentes, destaca que aunque estos podían haber previsto la presencia de otra persona en la zona en la que se encontraban,  no pudieron evitar ser atacados por la espalda por Feher, quien, con una pistola en cada mano, les disparó y les remató en el suelo, causándoles un sufrimiento innecesario y sin darles oportunidad de defenderse.

El asesino disparó a las armas que llevaban enfundadas los agentes para inutilizarlas y que posteriormente les remató apuntando a zonas no protegidas por los chalecos antibalas, razón por la que descarta la atenuante de legítima defensa. Durante el proceso, el ahora condenado negó su intención de matar a sus víctimas.

Satisfacción por la condena

La Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC), que ejerce la acusación particular por medio del letrado Jorge Piedrafita, quién también representa a la viuda e hija del agente Víctor Romero, se muestra satisfecha con la condena a prisión permanente revisable.

Desde la AEGC se señala que "es la segunda vez que en España se dicta esta sentencia tras el caso Píoz, por lo que para AEGC es unimportante precedente, porque además hace justicia a los dos agentes abatidos en acto de servicio, Víctor Romero y Víctor Jesús Caballlero, y al ganadero José Luis Iranzo.

Ante un posible recurso de la defensa, la AEGC ha indicado "se opondrá con firmeza y con todo el peso de la ley ya que el jurado ha hecho muy bien su trabajo dando un veredicto perfectamente motivado y la vista en la que se le juzgo se llevó a cabo respetando exquisitamente todas las garantías", por lo queconsideramos que no existe ninguna causa de nulidad.

Absuelto de tenencia ilícita de armas

El juez le absuelve del delito de tenencia ilícita de armas tras argumentar que ya fue condenado a 3 años por esta causa en un juicio por unos intentos de homicidio cometidos unos días antes en Albalate del Arzobispo, así como del de pertenencia a organización criminal.

Razona el magistrado que aunque durante la instrucción se divulgaron noticias sobre su pertenencia a una organización criminal en Italia y la ayuda que habría recibido en su fuga a España,  las informaciones periodísticas son "hipótesis que no pueden servir de prueba de cargo".

También rechaza las alegaciones hechas por el abogado al inicio de la vista para denunciar la vulneración del derecho de defensa de su cliente al no haber estado custodiado durante unas horas el escenario del crimen.

El juez admite que la escena del triple asesinato estuvo sin vigilancia varias horas, pero no por "desidia" del instructor sino por motivos de seguridad, al desconocerse si el autor de los disparos permanecía en la zona, además no se apreciaron indicios de alteración de pruebas.