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FALSOS AUTÓNOMOS

Se retoma el macrojuicio contra Glovo en Zaragoza

  • Se debe decidir si 329 repartidores tienen una relación laboral con la plataforma
  • La Seguridad Social reclama 400.000 euros en concepto de cotizaciones
  • El juicio quedó paralizado año y medio por varios motivos: la pandemia, entre ellos

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329 riders de Zaragoza a juicio contra Glovo

Este macrojuicio contra la empresa de reparto Glovo se ha retomado después de quedar un año y medio paralizado por varios motivos.

Se pospuso en primer lugar en septiembre de 2019 tras un recurso presentado por Glovo en el que solicitaba información fiscal de los afectados. Su segunda fecha de celebración quedó fijada para el 27 de marzo del año pasado, pero se tuvo que posponer por la pandemia.

Un juicio que se inicia a instancia de la Tesorería General de la Seguridad Social tras realizar una inspección de trabajo, entre 2016 y 2018, que determinó que 329 ‘riders’ tienen una relación laboral con la plataforma Glovo y, por lo tanto, son falsos autónomos.

Son en realidad trabajadores por cuenta ajena de Glovo

“Considera con bases en sus investigaciones que los que figuran en alta en la Seguridad Social, como trabajadores por cuenta propia, son en realidad trabajadores por cuenta ajena de Glovo” según declara Inocencio Arruebo, letrado de la Tesorería General de la Seguridad Social.

La Seguridad Social reclama 400.000 euros

Si el Tribunal da la razón a la Seguridad Social la deuda de Glovo con este instituto ascendería a cientos de miles de euros. El asunto ha supuesto, según la Seguridad Social, una merma próxima a los 400.000 euros en término de cotizaciones.

A eso habría que sumar la devolución de las cuotas de autónomos que pagaron 329 trabajadores. La parte demandante apoya sus argumentos en una reciente sentencia del Tribunal Supremo que ratifica que los repartidores cumplen todos los requisitos de falsos autónomos y deben cotizar en el Régimen General de la Seguridad Social.

Mientras que Glovo como parte demandada defiende que simplemente actúa como un intermediario y que no se puede determinar que los repartidores tengan una relación de exclusividad laboral con la compañía.

No existe una relación dependencia entre la empresa y el repartidor

“No existe una relación dependencia entre la empresa y el repartidor. Estos pueden rechazar servicios, cancelar pedidos o no, elegir días de descanso y trabajar para otras empresas simultáneamente”, tal y como ha declarado el letrado de Glovo, Ricardo Oleart.

El juicio se celebra en el Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza y han sido citadas para declarar 12 letrados. La jueza ha dado un plazo de tres días para que presenten las documentaciones.

Después quedará visto para sentencia y en un plazo de unas semanas se podría tener la resolución, aunque cabe recurso contra ella en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.