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El Supremo admite una de las dos demandas de paternidad contra el rey Juan Carlos

  • Admite la de la belga Ingrid Sartiau y desestima la de Alberto Solá Jiménez
  • Don Juan Carlos tiene 20 días hábiles para contestar la demanda
  • La Casa Real expresa su "respeto a la independencia del Poder Judicial"

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DON JUAN CARLOS CELEBRA MAÑANA, LUNES, SU 77 ANIVERSARIO
Fotografía de archivo del rey don Juan Carlos.

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite una de las dos demandas de paternidad presentadas contra el rey Juan Carlos de Borbón, según han confirmado a TVE fuentes del alto tribunal.

La Sala Civil del Supremo ha admitido la demanda interpuesta por la ciudadana belga Ingrid Jeanne Sartiau contra el rey don Juan Carlos, por entender que concurren los requisitos legales para admitirla a trámite, mientras que ha rechazado la del español Alberto Solá Jiménez.

Con la admisión a trámite de esta demanda, se abre un proceso que podría llegar a conducir a una vista pública, a una realización de una prueba de paternidad o incluso a un interrogatorio del monarca, aunque para que se dé cualquiera de estas circunstancias ha de intervernir la decisión de la Sala Civil del Supremo.

Tras conocer la decisión del Tribunal Supremo, la Casa Real ha expresado a través de un portavoz su "respeto a la independencia del Poder Judicial".

El presidente de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, Francisco Marín Castán, acordó el pasado 12 de diciembre elevar al Pleno de este órgano la resolución de las demandas de paternidad contra el rey planteadas por estas dos personas una vez perdida la condición de figura inviolable al dejar de ser jefe del Estado.

Los doce magistrados de la Sala Primera se han reunido en una sesión plenaria teniendo encima de la mesa dos demandas junto a los informes de la Fiscalía, contraria a su tramitación porque considera que no se acompañan del principio de prueba que establece el artículo 767.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según el cual "en ningún caso se admitirá la demanda sobre determinación o impugnación de la filiación si con ella no se presenta un principio de prueba de los hechos en que se funde".

La Fiscalía rechaza una supuesta prueba de ADN

El Ministerio Público rechazaba por ilícita una supuesta prueba de ADN realizada al padre de Felipe VI y confrontada, según la defensa de Solá, por un antiguo perito del Cesid.

Según la demanda que Alberto Solá Jiménez presentó en junio en la Audiencia Provincial de Madrid, que acabó remitiendo el caso al Supremo, esta prueba apoyaría la paternidad del rey con "una fiabilidad superior al 99,9 por ciento".

El abogado de Solá, Francesc Bueno, pedía que si esta prueba no era admitida se realizara otra y se llamara a declarar como testigo al perito que analizó su fiabilidad. El fiscal José María Paz la calificó como una "mera hipótesis", que no aportaba el principio de prueba de filiación que exige la ley.

Solá defiende que el rey Juan Carlos mantuvo una relación con su madre biológica, Anna María Bach Ramon, antes de ser proclamado jefe del Estado. Solá, nacido en Barcelona en 1956, fue criado en una familia adoptiva.

La demanda admitida pide al rey una prueba de ADN

La defensa de la ciudadana belga aportó al Supremo una carta remitida a la Casa Real el 24 de abril de 2013 en la que esta mujer lamenta haber acudido a la vía judicial para solventar su filiación paterna y afirma haber sido presionada por el otro demandante "y por los medios".

Sin embargo, los magistrados han entendido que la demanda presentada por Ingrid Jeanne Sartiau sí cumple con los requisitos legales, aunque esta decisión no supone adelantar nada sobre el fondo del asunto.

La decisión implica, eso sí, que se celebrará una vista pública en los próximos meses con toda probabilidad, la cual podrá ser o no a puerta cerrada, e incluir o no el interrogatorio al afectado.

Si don Juan Carlos alcanza un acuerdo con la ciudadana belga se ahorrará la celebración de la vista, en la que podría estar representado por su defensa a no ser que la otra parte solicite su interrogatorio y se admita tal petición.

Además, en la propia demanda se incluye una petición de prueba de ADN, prueba que la Sala deberá decidir ahora si acepta o no. El propio afectado, don Juan Carlos, podría a su vez negarse a que se le practique esa prueba genética.

De negarse el monarca al test de ADN o a ser interrogado, podría tener consecuencias que valoraría la Sala junto a otras pruebas en función de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

De momento la primera diligencia que se va a producir es dar traslado a las partes, incluido el propio rey, a quien se emplazará para que conteste a la demanda en un plazo de veinte días hábiles.

En suma, la Sala dará ahora traslado a las partes, incluido don Juan Carlos, quien aceptará o no la demanda; luego decidirá si se practican pruebas (ADN) y las llevará a cabo en su caso; y finalmente celebrará vista pública, en la que podría estar obligado a comparecer el propio rey y de la que saldrá una resolución.