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La Audiencia de Palma rechaza de nuevo sustituir la pena de cárcel de Matas por una multa

  • El tribunal pide que se proceda "de inmediato al cumplimiento de la pena"
  • Matas confía en no entrar en prisión porque ha pedido el indulto al Gobierno
  • El Supremo le condenó a nueve meses de cárcel por tráfico de influencias
  • Lee el auto de la Audiencia Provincial de Palma sobre Jaume Matas (.pdf)

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El expresidente de Baleares y exministro del PP, Jaume Matas
El expresidente de Baleares y exministro del PP, Jaume Matas.

La Audiencia Provincial de Palma ha vuelto a denegar la sustitución de la condena de nueve meses de prisión del expresidente de Baleares y exministro del PP Jaume Matas por una multa por tráfico de influencias en su primer juicio por el caso Palma Arena, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.

En el auto, conocido este martes, los magistrados rechazan el recurso de Matas y señalan que debe procederse "de inmediato al cumplimiento de la pena impuesta". Según las fuentes jurídicas consultadas por TVE, la Audiencia deberá dictar ahora un requerimiento dándole cinco días para que ingrese en prisión.

Sin embargo, la abogada del expresidente de Baleares, Pilar Gómez Pavón, ha señalado a Efe que su cliente espera no entrar en la cárcel porque ha solicitado el indulto al Gobierno, cuya documentación presentará de inmediato a la Sección Primera de la Audiencia de Palma.

El criterio general es suspender el ingreso en prisión si la pena no supera los tres años, según las fuentes jurídicas consultadas, y en ello confía la letrada del expolítico 'popular'.

La abogada cree que su defendido no ingresará en prisión por ahora, porque este mismo tribunal ya decidió en el caso de otro condenado en el mismo proceso, el periodista Antonio Alemany, redactor de los discursos, que su entrada en la cárcel se suspendiera hasta que se resuelva el indulto que también ha planteado.

La letrada ha dicho que es "doctrina de la Sala suspenderlo" y, a continuación, se ha referido a que la línea de defensa es continuar con la vía judicial planteando un incidente de nulidad de actuaciones ante la Audiencia de Palma y un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

La Audiencia dice que Matas "no ha reparado el daño causado"

Además de volver a rechazar la suspensión de la pena, la Audiencia también deniega la posibilidad de sustituirla por multa, al no constar que Matas "haya realizado acto alguno ni ha mostrado interés en reparar o rehabilitar" el daño causado.

Subraya que la gravedad del hecho "no queda penalmente satisfecha con el abono de una ridícula y exigua multa" propuesta por el expresidente "ni tampoco imponiendo una mayor a discreción del tribunal".

En el auto de este martes, la Audiencia ha tenido en cuenta que Matas  fue considerado culpable de cohecho por un jurado en un juicio celebrado  la semana pasada, algo que aporta verosimilitud a la peligrosidad que el tribunal argumento para rechazar la suspensión de la pena.

Delito con "gran rechazo social" 

Reitera que existe peligrosidad por "la entidad de los hechos a que fue condenado" Matas, sus circunstancias personales y su conducta, al tratarse de un delito que genera gran rechazo social porque se cometió dentro de las estructuras de poder. "El peligro de este tipo de acciones es innegable", afirman los magistrados.

Rebate que haya incurrido en contradicción al evaluar una presunta  peligrosidad por parte de Matas, interpretación que considera "sesgada,  parcial y subjetiva" por parte del recurrente.

La sala añade que en este caso ha de atenderse además a la existencia de otros procedimientos penales pendientes.

La Sección Primera califica de "indiscutible" que Matas tiene varios procesos penales pendientes, algo que "no implica que pueda considerársele culpable", pero añade que el expresidente acaba de ser considerado autor de un delito de cohecho, un pronunciamiento que no es firme pero que "objetiva una mayor verosimilitud de proyección delictiva, entrando de lleno en el concepto de peligrosidad".

El delito de tráfico de influencias cometido por Matas es para la Sección Primera "un atentado frontal" contra el Estado de Derecho, consagrado en el artículo 1 de la Constitución, "por parte de quien ha sido presidente de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, a quien, precisamente por ostentar dicho cargo, ha de exigírsele mayor imparcialidad, objetividad y probidad".

Nueve meses de prisión por tráfico de influencias

Matas fue condenado por la Audiencia en marzo de 2012 a seis años de prisión por prevaricación, malversación y tráfico de influencias por la contratación irregular con fondos públicos del periodista que le redactaba sus discursos, Antonio Alemany, pero el Tribunal Supremo rebajó la condena a solo nueve meses el pasado mes de julio.

El expresidente de Baleares pidió que se sustituyera la pena de nueve meses por una multa de 10.840 euros, pero la Audiencia Provincial de Palma rechazó esta posibilidad el pasado mes de octubre y se pronunció a favor de que Matas ingresara ya en prisión para cumplir la condena, que es firme.

El tribunal provincial argumentó en su día que, en el caso de Matas, no cabía aplicar el beneficio de suspensión para condenas de menos de dos años de cárcel porque el exlíder del PP balear no ha mostrado arrepentimiento por su conducta y porque tiene numerosos procesos penales pendientes.

Matas recurrió esta resolución y ahora la Audiencia vuelve a pronunciarse en contra de sustituir la pena de cárcel por una multa. Esta decisión se conoce cinco días después de que un jurado popular haya declarado al expolítico del PP culpable de cohecho por similar un contrato para su mujer en el segundo juicio al que se ha enfrentado. La condena de este último caso todavía debe ser fijada por el tribunal.