Enlaces accesibilidad

El juez Castro mantiene la libertad a Bolinaga pero solicita que se investigue si hubo enaltecimiento

  • Envía las actuaciones a los Juzgados de Instrucción de la Audiencia Nacional
  • La AVT solicitó la revocación de la libertad condicional del expreso de ETA

Por

El juez central de vigilancia penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha acordado mantener la libertad condicional del expreso de ETA, Josu Uribeteberria Bolinaga cuya revocación había solicitado la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT). Sin embargo, Castro, envía las actuaciones a los Juzgados de Instrucción de la Audiencia Nacional por si consideran que pudo haber un delito de enaltecimiento del terrorismo cuando aseguró que él eligió "un camino y eses es el camino".

La AVT había solicitado la revocación de la libertad condicional del etarra a raíz de un vídeo difundido por Intereconomía, y el diario La Gaceta, donde el etarra aseguraba no renegar de su militancia en ETA. El recluso, que consiguió la libertad condicional el 12 de septiembre de 2012 al encontrarse enfermo con un cáncer terminal aseguró: "Sé que causé daño, pero no me arrepiento".

El magistrado argumenta para su decisión que el hecho de que el etarra no se arrepienta de sus actos terroristas, entre ellos el secuestro del funcionario de prisiones José Ortega Lara y el asesinato de tres guardias civiles, no puede ser motivo para revocar la libertad condicional, ya que le fue condedida sin ese requisito.

Como condición para que Bolinaga accediera a la libertad condicional se estableció que no podía acercarse al domicilio o lugar de trabajo de las víctimas de sus delitos, y que tampoco podía "participar de forma activa o pasiva en manifestaciones públicas de enaltecimiento o legitimación de la violencia".

Informe de la Guardia Civil

Un informe de la Guardia Civil, en el que el juez bata también su argumento, señala que el recluso no ha efectuado "vulneración aparente de ninguna" de las condiciones que se le impusieron para conseguir la libertad condicional, entre las que figura la de volver a delinquir o realizar manifestaciones de exaltación de la libertad terrorista.

En ese informe el instituto armado también considera que el etarra no realizó declaraciones a ningún medio de comunicación social y que las contenidas en el mencionado vídeo fueron obtenidas con "cámara oculta" por un redactor que le visitó en su domicilio, haciéndose pasar por periodista del diario Gara.

La Fiscalía presentó un escrito ante el juez Castro en el que sostenía que no consta que se haya presentado ninguna querella contra Bolinaga por un delito de enaltecimiento del terrorismo por haber dicho que había escogido "un camino y ese es el camino" y que el estado de salud del preso había mejorado en las últimas semanas.

Además, el juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha rechazado en otras tres resoluciones la concesión de liberad condicional a los etarras Valentín Lasarte, José Luis Urrusolo y Oihane Bilbao. El magistrado argumenta en los tres casos que aunque cumplen los requisitos para acceder a la libertad condicional, las penas que les han sido impuestas son suficientemente grandes como para denegarles la medida.

Pena de 24 años de cárcel para "Txapote"

La Audiencia Nacional ha condenado este miércoles al ex jefe militar de ETA Javier García Gaztelu, "Txapote", a 24 años de prisión por el atentado frustrado contra el exdiputado general por Álava Ramón Rabanera.

La sentencia de la sección primera de la Audiencia Nacional condena a "Txapote" a 15 años como autor de un delito de asesinato terrorista en grado de tentativa y a nueve más por un delito de depósito de armas y tenencia de explosivos. García Gaztelu acumula ya más de 300 años de cárcel por numerosas penas. 

Los magistrados consideran probado que el ex jefe militar de ETA encargó  en 2000 a Diego Ugarte, Asier Carrera y Luis Mariñelarena -ya  condenados por estos hechos- "estudiar las costumbres" sobre Rabanera  "con la finalidad de acabar con su vida".

Además, la sala de lo penal de la Audiencia ha absuelto a Cristina Goiricelaya González del delito de depósito de armas y explosivos, al no poder consolidarse en grado de certeza jurídica, no sólo que supiera el fin destinado por ETA al espacio de su vivienda cedido, sino que tuviera acceso y disposición del depósito de armas y explosivos.

No obstante, Goiricelaya deberá permanecer en prisión en Francia, donde cumple una pena de 15 años de cárcel por la adhesión a ETA, y por hechos ocurridos entre septiembre de 2000 y enero de 2003 (extorsión, tenencia ilícita de armas, utilización de vehículos robados y de documentos de identidad falsos).