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El TS anula la absolución al etarra que intentó secuestrar a un edil del PSE en Eibar

  • Condena a Arkaitz Goikoetxea, exjefe del comando Vizcaya, a 3 años de cárcel
  • La Audiencia Nacional lo absolvió porque no raptó al edil Benjamín Atutxa
  • El TS absuelve a otro etarra que atentó contra las obras del TAV

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El Tribunal Supremo ha revocado la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvía al etarra Arkaitz Goikoetxea del intento de secuestro del concejal del PSE en Eibar (Vizcaya) Benjamín Atutxa y ha acordado condenarle con una pena de 3 años, un mes y 15 días de cárcel por estos hechos.

En una sentencia dada a conocer este viernes, la Sala de lo Penal del Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal y ha considerado a Goikoetxea culpable de una conspiración para la comisión de un delito terrorista de detención ilegal.

La Audiencia Nacional absolvió hace un año al dirigente del 'comando Vizcaya' de ETA del intento de secuestro y ejecución del concejal socialista al entender que, aunque inició esta acción y realizó vigilancias para llevarla a cabo, finalmente abandonó su propósito.

En un video proyectado durante el juicio se podía ver al etarra confesando al entonces juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón que el exjefe militar Garikoitz Aspiazu Rubina, alias 'Txeroki', le ordenó "secuestrar y ejecutar" al concejal socialista.

La resolución de la Audiencia Nacional, de la que fue ponente la magistrada Manuela Fernández de Prado, justificó la absolución argumentando que, aunque los miembros del 'comando' se hicieron con tranquilizantes para sedar a su víctima y pensaron en "preparar un agujero" en un monte de Pazuengos (La Rioja), finalmente no constaba "que llegaran a construir el zulo" al constatar que en esa época el concejal "iba siempre con escoltas".

Absolución de otro etarra que atentó contra el TAV

Por otra parte, el Tribunal Supremo ha absuelto al miembro del "comando Tontor" de ETA Asier Badiola Lasarte, condenado por la Audiencia Nacional a ocho años de prisión por atentar con dos artefactos explosivos contra las obras del Tren de Alta Velocidad (TAV) en mayo de 2008.

En una sentencia notificada este viernes, el alto tribunal anula la condena porque la declaración autoincriminatoria que prestó ante la Policía no fue ratificada posteriormente, ya que Badiola se negó a declarar ante el juez y los agentes que le habían interrogado no fueron citados al juicio.

"Siendo así, el tribunal valoró como prueba de cargo la declaración del recurrente en el atestado, cuando ésta, como es sabido, sólo tiene el valor de denuncia, incluyendo las declaraciones que en él se contengan", señala el Supremo.

Tampoco se encontraron en poder de Badiola o en los registros practicados en su domicilio efectos que sirvieran para corroborar su declaración o confirmar su participación en el atentado.

Badiola fue condenado en septiembre del año pasado junto al también miembro de ETA Ibon Iparragirre Burgoa -a quien el Supremo confirma la condena- por colocar dos artefactos explosivos en dos excavadoras de la empresa "Construcciones Amenábar", que estaban trabajando en las obras del TAV a su paso por Hernani (Guipúzcoa).

La explosión causó desperfectos en la maquinaria por un valor de 127.581 euros, así como en un taller y en un caserío cercanos.