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La Fiscalía cree que legalizar Sortu es un riesgo para el Estado democrático

  • Solicita al TC que rechace el recurso de amparo de Sortu
  • Pide un "reconocimiento incuestionable de las víctimas"
  • Cree que su conducta no evidencia la ruptura con ETA
  • Sortu pide al Constitucional que resuelva sobre su prohibición antes del 20N

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La Fiscalía General del Estado ha pedido al Tribunal Constitucional (TC) que mantenga la prohibición de Sortu al considerar que esa medida responde "a una necesidad social imperiosa por suponer un riesgo para la sociedad democrática española".

Ese es uno de los argumentos que sostiene la Fiscalía en las alegaciones que ha presentado a primera hora de este miércoles ante el TC para solicitar que se rechace recurso de amparo de Sortu contra la prohibición de su inscripción en el registro de partidos políticos, acordada por el Tribunal Supremo.

"Se trata de evitar el riesgo que para el Estado democrático representa la participación política, a través de una nueva formación, de aquellos, que siendo Batasuna, dicen haber roto con los postulados y métodos de la banda terrorista ETA sin que su conducta y actividades evidencien la certeza de aquella ruptura", señala el fiscal.

En el escrito, la Fiscalía, en línea con lo defendido por la Abogacía General del Estado, mantiene que las condenas formales de la violencia y el uso de métodos democráticos para defender sus intereses no puede considerarse suficiente si Sortu no pide expresamente la disolución de ETA.

Reconocimiento incuestionable de las víctimas del terrorismo

En este sentido, señala que "parece razonable que la sociedad democrática, que ha padecido directamente las consecuencias de aquellos que han estado en comunión de intereses y métodos violentos, exija un reconocimiento incuestionable de las víctimas del terrorismo" y una petición "clara e indubitada de disolución de quien durante cincuenta años ha venido utilizando el terror".

La Fiscalía General del Estado defiende uno por uno todos los argumentos empleados por el Tribunal Supremo en la sentencia en la que prohibió la inscripción de Sortu y que concluyó que había una inequívoca y manifiesta instrumentalización de esta formación por parte de partidos políticos ilegalizados.

Así, considera que el Supremo, en contra de lo que sostiene Sortu, ha argumentado con suficiencia y solidez el "fraude" pretendido a través de esta nueva formación para dar continuidad a la ilegalizada Batasuna y permitir así su vuelta a la participación política.

Insiste en que Batasuna, "o el sector de la izquierda abertzale con la que se identifica", no ha acreditado una ruptura total con ETA y que esto hace que la negativa a inscribir la nueva formación política sea "una necesidad social imperiosa".

"El riesgo para el sistema democrático, en este caso, nace de la posibilidad de que Sortu pueda participar en la vida política mediante su inscripción que le ha sido denegada por ser continuación o sucesión de Batasuna", resalta.

Dicha inscripción a juicio de la Fiscalía crearía una situación de la que "se aprovecharían ETA y Batasuna por medio de la pantalla de Sortu" para volver a estar presentes en las instituciones democráticas.

Sortu pide al Constitucional que resuelva sobre su prohibición antes del 20N

Sortu ha solicitado al Tribunal Constitucional (TC) que resuelva el recurso contra la prohibición de su inscripción en el registro de partidos políticos a tiempo para que, en el caso de que le sea concedido el amparo, la formación pueda concurrir a las elecciones del próximo 20 de noviembre.

Sortu ha remitido hoy al TC esta petición a través de un escrito, coincidiendo con la finalización del plazo para que la Fiscalía y la Abogacía General del Estado presentaran sus alegaciones al recurso de amparo de la formación abertzale.

La organización abertzale vuelve a denunciar que la prohibición de su inscripción, acordada por la Sala del 61 del Tribunal Supremo, vulnera los derechos fundamentales de asociación y participación política, entre otros, han informado fuentes de la defensa de esta formación.

Según los plazos legales, las coaliciones deben inscribirse ante la Junta Electoral durante los diez días posteriores a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto para la convocatoria de elecciones.

Los magistrados del Tribunal Constitucional tendrían, por tanto, que pronunciarse antes del 7 de octubre para que, en caso de que acepten las tesis de Sortu, ésta pueda presentarse a las elecciones generales del 20 de noviembre.