El voto por correo el 29N, un sistema garantista que es objeto recurrente de bulos
- Qué circula: alertas de fraude electoral por el voto por correo en las elecciones generales del 29 de noviembre
- Qué analizamos: cómo funciona el sistema de votación por correo con el análisis de expertos y la desinformación recurrente que circula sobre este procedimiento
Tras el anuncio de convocatoria de elecciones generales para el 29 de noviembre, se vuelve a cuestionar el sistema de voto por correo, alimentando la idea de un supuesto "pucherazo". El líder de Vox, Santiago Abascal, y la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, también han pedido a los ciudadanos que acudan a votar directamente en las urnas y no depositen sus votos por correo. En VerificaRTVE te explicamos, con la ayuda de expertos, cómo funciona este sistema de voto y la desinformación recurrente que se difunde tanto en España como en otros países.
El voto por correo exige al votante identificarse tres veces
El sistema está regulado por la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG). Desde el departamento de prensa de Correos aseguran a VerificaRTVE que no se prevé ningún cambio en el sistema de voto de cara a las elecciones del 29 de noviembre. Te explicamos paso por paso cómo funciona el procedimiento.
Procedimiento del voto por correo en España en las elecciones generales del 29N
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1.- Para poder votar por correo, es necesario solicitarlo previamente. Se puede hacer presencialmente en una oficina de Correos o de forma telemática. La ley electoral indica que "la solicitud deberá formularse personalmente" y el funcionario de Correos "exigirá al interesado la exhibición de su documento nacional de identidad y comprobará la coincidencia de la firma". También sirven como documento identificativo el carné de conducir o el pasaporte originales, pero no se admite "en ningún caso" la fotocopia del DNI. Para presentar la solicitud electrónica del voto por correo se pide certificado digital o DNI electrónico y Autofirma. El plazo para pedirlo se abre este 6 de octubre, fecha en la que se publica el decreto de convocatoria electoral en el BOE, y finalizará diez días antes de las elecciones, el 19 de noviembre.
2.- Los electores tienen que volver a identificarse para recibir el sobre con la documentación para votar. La Oficina del Censo Electoral remite al elector, por correo certificado, las papeletas y los sobres electorales, junto con el certificado de la inscripción en el censo, la mesa electoral asignada y una hoja explicativa. Es necesario firmar personalmente que se ha recibido esta documentación y acreditar la identidad. En el caso de que el solicitante no esté en el domicilio indicado, después de dos intentos fallidos de entrega, tendrá que acudir a recoger el sobre de votación en la oficina postal correspondiente. Esta documentación se recibirá entre el 9 y el 22 de noviembre.
3.- Para emitir el voto por correo en la Oficina de Correos al elector también se le exige su identificación. Este requisito extra se introdujo en 2023, tras las sospechas de fraude en Melilla y en otros municipios para las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo. La Junta Electoral Central (JEC) acordó entonces que se exigiera el DNI, el pasaporte, permiso de conducir, tarjeta de residencia o "cualquier otro documento válido que permita identificar al elector" para depositar el voto por correo. Esta identificación ya fue necesaria en las elecciones generales de julio de 2023. En el actual proceso, la entrega del sobre en Correos podrá realizarse del 9 al 26 de noviembre.
La "trazabilidad" para identificar al votante, clave en la garantía del sistema
"El voto por correo en España es un proceso muy sólido", sostiene en declaraciones a VerificaRTVE la politóloga y presidenta de la Asociación de Comunicación Política (ACOP), Ana Salazar. La clave, dice, es la "trazabilidad" para identificar al votante en varios puntos del proceso: al solicitar el voto, al recibir el sobre y al depositarlo. Además, añade, "el día de la votación, en el censo que tienen los interventores, tu nombre aparece en otro listado diciendo que estas personas son las que han votado por correo, de manera que nadie pueda ir a la urna haciéndose pasar por ti".
En la misma línea se pronuncia el politólogo, sociólogo y profesor de Comunicación y Relaciones Internacionales en la Universidad Pontificia de Comillas Manuel de la Fuente. Asegura que el español "es uno de los sistemas más garantistas de Europa". "No hay espacio para la duda a no ser que se dude de buena parte de nuestras instituciones, porque son varias las que participan en el proceso", añade. Destaca el hecho de que "el censo es independiente, y lo elabora la Oficina del Censo Electoral, que depende del Instituto Nacional de Estadística (INE)". Además, recuerda que "la identificación del votante" del voto por correo se exige en varias ocasiones y que "el envío es certificado, lo supervisan las Juntas Electorales, formadas normalmente por jueces". Subraya también que "el escrutinio es público, lo realizan las Mesas correspondientes y, para más seguridad, cualquier partido puede recurrirlo". "Es imposible que haya problemas de fiabilidad en el proceso", asevera.
Así es el recuento de votos
El recuento de votos (escrutinio) está recogido en la Ley Electoral. Antes de la jornada de votación, se designan los miembros de las mesas electorales (un presidente y dos vocales) por sorteo público y se les exige saber leer y escribir, ser menores de 70 años y, al presidente, el título de Bachiller o el de FP de segundo grado. Aunque, como contamos en VerificaRTVE, existe una lista de 23 motivos por los que una persona designada puede pedir que se le exima de esta obligación.
Durante la jornada de votación, interventores y apoderados supervisan la votación: un interventor de cada candidatura puede asistir a la Mesa Electoral, participar en sus deliberaciones con voz, pero sin voto, y ejercer ante ella los demás derechos previstos por esta Ley y, en ausencia de este, un apoderado puede asumir estas funciones.
A las 20 horas, se introducen en las urnas de votación los sobres de votación remitidos por correo, votan el Presidente de la mesa, los vocales y los interventores acreditados ante esa mesa, cierran la urna y comienza el escrutinio, que es público. El recuento "se realiza extrayendo el Presidente, uno a uno, los sobres de la urna correspondiente y leyendo en alta voz la denominación de la candidatura o, en su caso, el nombre de los candidatos votados" y pone "de manifiesto cada papeleta, una vez leída, a los vocales, interventores y apoderados".
Terminado el recuento, "se confronta el total de sobres con el de votantes anotados en los términos del artículo 86.4 de la Ley. A continuación, el presidente pregunta si hay alguna protesta que hacer contra el escrutinio y, no habiendo ninguna o después de que la Mesa resuelva por mayoría las que se hubieran presentado, anunciará en voz alta su resultado. Entonces, las papeletas extraídas de las urnas se destruirán en presencia de los concurrentes con excepción de aquellas a las que se hubiera negado validez o que hubieran sido objeto de alguna reclamación, las cuales se unirán al acta y se archivarán con ella, una vez rubricadas por los miembros de la Mesa. Además, la ley establece que "la Mesa hará públicos inmediatamente los resultados por medio de un acta de escrutinio" que "los representantes de las listas y miembros de las candidaturas, así como sus apoderados e interventores" podrán pedir que se les expida una copia. Acto seguido, la Mesa procede a la preparación de esta documentación electoral con la que se "desplazan inmediatamente a la sede del Tribunal de Instancia o de la Oficina de Justicia en el municipio que asista al juez o la jueza de paz", acompañados de "la Fuerza Pública". Dentro de las 10 horas siguientes a la recepción de la última documentación, el juez se desplazará personalmente a la sede de la Junta Electoral donde hará entrega de parte de la documentación. Otra parte de esta quedará archivada en el Tribunal de Instancia o en la Oficina de Justicia correspondiente, pudiendo ser reclamados por las Juntas Electorales en las operaciones de escrutinio general, y por los Tribunales competentes en los procesos contencioso-electorales.
Sobre el escrutinio en España se ha difundido desinformación de forma recurrente, como es el bulo de que Indra realiza el recuento de votos, que ya hemos desmentido en VerificaRTVE en 2021, 2023 y 2026.
Sembrar dudas sobre el voto por correo: una estrategia de "líderes populistas"
A la pregunta de por qué viralizan los mensajes que cuestionan el voto por correo, De la Fuente señala que "cuestionar la integridad de un proceso electoral sin aportar evidencias es una estrategia característica de determinados liderazgos populistas". Considera que "son narrativas que se viralizan con facilidad porque son simples, emocionales y conectan con marcos de desconfianza previos". Además, indica que estas "tienen un incentivo perverso: sembrar una duda cuesta muy poco y desmontarla cuesta bastante más". Salazar explica: "Si a ti te dicen que las elecciones están amañadas, y en el voto por correo hay una parte del proceso que tú no ves, estamos dejando una parte a la imaginación. Por eso se utiliza el voto por correo para alimentar esas narrativas".
La presidenta de ACOP recuerda que en España "no hay ningún proceso probado en el que haya una manipulación del voto por correo real" en España. Recuerda que sí se han producido denuncias, pero cree que se "lanza el miedo de la manipulación" del sistema electoral en el voto por correo "no porque el proceso no sea robusto, sino porque en la mente del que recibe la información cuadra con más facilidad". De la Fuente, insiste en que "no ha habido ningún problema de fraude de ningún tipo en elecciones generales en nuestros 40 años de democracia" y que lo que ha habido han sido "incidencias relacionadas con los plazos en citas electorales concretas con mucha demanda de voto por correo". "En estos casos, la Junta Electoral Central, que supervisa todo el proceso, suele resolver ampliando el plazo para la remisión de voto por correo y garantizar así el derecho de participación", explica.
Manuel de la Fuente destaca las "estrategias similares en Estados Unidos, con Trump, o en Brasil, con Bolsonaro, que utilizaron este tipo de bulos como instrumentos de movilización política cuando perdieron". Advierte de que "el coste es muy alto porque siembran desconfianza en el conjunto de las instituciones y del sistema político cuando el resultado no sirve a sus intereses". La politóloga Ana Salazar recuerda también las falsas alertas de fraude de Donald Trump en Estados Unidos en 2020, que le sirvieron para "azuzar a las masas" para el posterior asalto al Capitolio. Cree que "este tipo de mensajes y estas narrativas que utilizan la extrema derecha a nivel internacional lo que hacen es deslegitimar desde primera hora el proceso democrático".
El voto por correo, objeto recurrente de bulos en España y otros países
En febrero de 2026 ya se sembraron dudas infundadas en redes sociales sobre el voto por correo en las elecciones autonómicas de Aragón. En 2025, ante la desinformación que circulaba sobre este sistema de votación, explicamos su funcionamiento. En las últimas elecciones generales, las de 2023, ya alertamos de esta cadena falsa de WhatsApp sobre el voto a distancia y en 2021 aclaramos que no era posible votar por correo sin presentar dos veces el DNI en dicho proceso.
Esta es una narrativa desinformativa que no es exclusiva de España, lleva años apareciendo en comicios electorales de varios países. En Estados Unidos ya circula desinformación sobre el voto por correo de cara a las elecciones de mitad de mandato que se celebran el 3 de noviembre. Además, Donald Trump ha cuestionado este sistema de votación en varias ocasiones desde el año 2020. Incluso, el mandatario estadounidense ha defendido recientemente la medida de que solo se permita el voto a distancia en caso de enfermedad o servicio militar con la ley SAVE America.
Esta estrategia desinformativa tiene puntos en común, como es la difusión de falsas destrucciones de papeletas de voto por correo. Entre los casos más recientes destaca el de Alemania en septiembre de 2026 durante las elecciones estatales, donde ha circulado la idea de que el voto por correo no es seguro, una narrativa que no es nueva en el país, asegura Deutsche Welle. En los comicios electorales de Sajonia-Anhalt del 7 de septiembre se extendió el bulo de que este vídeo mostraba a trabajadores electorales destruyendo papeletas de la AfD. Una falsedad similar a la que se difundió en los días previos a las elecciones del 5 de noviembre de 2024 en Estados Unidos, cuando se viralizó la falsa idea de que este vídeo demostraba "la destrucción de votos a favor de Trump" en Pensilvania.
Fuentes
- LOREG
- Web 'Infoelectoral' del Ministerio del Interior
- RTVE
- Ana Salazar, politóloga y presidenta de Asociación de Comunicación Política (ACOP)
- Manuel de la Fuente politólogo, sociólogo y profesor de Comunicación y Relaciones Internacionales en la Universidad Pontificia de Comillas