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Referéndum en Cataluña

¿Qué implica el traslado de la sede social de una empresa?

  • El cambio de domicilio social es más simbólico que efectivo
  • No implica obligatoriamente mover los centros operativos o de producción
  • Decide dónde se establece la dirección y administración de la sociedad
  • Los impuestos municipales y autonómicos se pagan allí donde esté la dirección
  • Para un banco, el BCE lo ampara sólo si su sede está dentro de la eurozona
  • Consultar el especial sobre el referéndum en Cataluña y sus consecuencias

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Así serán las consecuencias económicas por la salida de varias empresas de Cataluña

Varias empresas y bancos han anunciado estos días que trasladarán sus sedes sociales fuera de Cataluña si se realiza la declaración de independencia. Y muchas otras han advertido que lo están estudiando.

En realidad, el cambio del domicilio social de una sociedad de un territorio a otro es algo más simbólico que efectivo. No implica obligatoriamente el traslado de sus centros operativos o de producción, con lo que, si esos centros no se mueven, no tiene por qué afectar al grueso de su plantilla ni a la relación con sus clientes.

Así, por ejemplo, el Banco Santander tiene su sede social en la ciudad de Santander y sus servicios centrales se sitúan en Madrid, el mismo lugar donde el BBVA sitúa su cuartel general, pese a tener su domicilio social en Bilbao. Ocurre algo similar con la constructora FCC, con sede social en Barcelona y centro operativo en la capital madrileña.

Transmitir tranquilidad y garantizar la conexión con el BCE

El lugar donde se encuentra el domicilio social sí es importante porque marca dónde está la dirección de una empresa o entidad, su efectiva administración, en definitiva: el mando de la compañía.

En el caso de los bancos y en la actual situación de Cataluña, el cambio de la sede anunciado por el Banco Sabadell y Caixabank, de transmitir tranquilidad a sus clientes y minimizar posibles fugas de capitales.

Por añadidura, y ante la incertidumbre que generaría una hipotética declaración unilateral de independencia, el traslado de sus domicilios sociales fuera de Cataluña garantiza a los bancos su asociación con el Fondo de Garantía de Depósitos, que protege los ahorros de los clientes.

También deja fuera de toda duda su conexión con el Eurosistema y el BCE, garante de la solvencia de los bancos que están bajo su paraguas, a los que proporciona la liquidez necesaria para que sigan operando.

Sin embargo, hay que recordar que, mientras la legalidad constitucional española esté vigente en Cataluña, el BCE seguirá garantizando la operativa de los bancos, ya que una declaración unilateral de independencia no modifica el estatus legal de Cataluña, que seguirá formando parte de España mientras no sea reconocida como Estado independiente.

Afecta a parte del pago de impuestos

Por otro lado, el lugar donde radica una sociedad determina las normativas que se le aplicarán, por ejemplo, en cuanto a algunos impuestos.

La Ley General Tributaria establece que el domicilio fiscal de una empresa será el mismo que el domicilio social siempre que en él esté efectivamente centralizada su gestión administrativa y la dirección de sus negocios.

El mayor tributo que pagan las empresas es el Impuesto de Sociedades. Este gravamen es estatal, por lo que no influye el lugar de la sede: lo recauda la Agencia Tributaria y se redistribuye entre las comunidades en función del sistema de financiación autonómica.

Pero otros tributos son municipales o autonómicos y se pagan allí donde se localice ese domicilio social. Es el caso, por ejemplo, del impuesto de actividades económicas o el del de transmisiones patrimoniales, que grava operaciones societarias, como ampliaciones o reducciones de capital.

Respecto al impuesto de actividades económicas, el secretario general de Gestha, José María Mollinedo, ha explicado este viernes que se paga en el lugar donde se encuentra cada una de las sedes, oficinas o sucursales de una compañía. De esta forma, en lo referente al cambio de sede social, sólo afectaría en el pago por el local o edificio que desaloja en la comunidad de la que sale. El resto de oficinas o locales que se mantengan en el mismo lugar seguirán abonando el impuesto en esa autonomía.

En cuanto al impuesto de transmisiones patrimoniales, la Generalitat catalana ha minimizado el impacto que tendría la salida de empresas, ya que el Ministerio de Hacienda ha eximido de su pago a la mayoría de operaciones societarias y, en la actualidad, sólo recae en las reducciones de capital y las disoluciones de sociedades.

Modificaciones legales para facilitar el cambio de sede

El domicilio social viene establecido en los estatutos de una sociedad, por lo que para cambiarlo deben modificarse esos estatutos. Por este motivo, ese proceso exige la aprobación de la junta de socios o, en caso de las sociedades de capital, de la junta general de accionistas.

Sin embargo, en 2015, el Gobierno modificó la Ley de Sociedades de Capital para facilitar que pudieran trasladar su sede social con rapidez dentro del territorio nacional.

Así, se les permitía trasladar el domicilio social con el acuerdo de su consejo de administración y sin pasar por la junta de accionistas, siempre y cuando sus estatutos no dijesen lo contrario.

Muchas sociedades modificaron entonces sus estatutos para adaptarlos a la nueva norma. Otras, como Caixabank, no lo hicieron y para esos casos es para los que el Consejo de Ministros aprobó el 6 de octubre un real decreto ley que simplifica el trámite para cambiar el domicilio social de una empresa al permitirle aprobarlo sin necesidad de contar con el visto bueno de la junta de accionistas.