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Las vacaciones fiscales, una ventaja a las empresas instaladas en Euskadi

  • El Tribunal de Justicia de la UE las ha declarado ilegales
  • Contra la sentencia no cabe ningún recurso

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Las vacaciones fiscales, declaradas ilegales por el Tribunal de Justicia de la UE y por las que España ha sido multada con 30 millones de euros, es el nombre con el que se conoce a una serie de ayudas concedidas por el Gobierno autonómico vasco a empresas nuevas instaladas en esta comunidad durante los años noventa.

  • En 1993, el entonces lehendakari, José Antonio Ardanza, acordó con las diputaciones forales de Vizcaya, Álava y Guipúzcoa unas medidas de incentivo económico que eximían del Impuesto sobre Sociedades durante los primeros diez años de vida a las empresas que se constituyeran en el País Vasco en el periodo 1993-1994. Éstas debían invertir más de 480.810 euros y crear al menos 10 empleos, lo que fue denominado como unas "vacaciones fiscales". Navarra aprobó una exención similar en noviembre de 1993.
  • En 1996, esta medida se complementó con el llamado crédito fiscal, que permitía a las empresas vascas recuperar a través del Impuesto de Sociedades el 45% de las inversiones realizadas si eran superiores a 15.025.303 euros y con las denominadas "minivacaciones fiscales", que establecieron para las nuevas empresas deducciones sucesivas del 99%, 75%, 50% y 25% de ese impuesto, desde el primer año con beneficios.
  • Entre los años 1993 y 2000, años en que estas ayudas estuvieron vigentes en el País Vasco, se beneficiaron de ellas unas 300 empresas.
  • La comunidad autónoma de La Rioja y la Administración Central denunciaron el sistema ante el Tribunal Superior de Justicia de el País Vasco (TSJPV) porque fomentaba la fuga de empresas de otras regiones hacia esa comunidad. El TSJPV no invalidó las ayudas, pero en 1997 planteó una "cuestión prejudicial" al Tribunal de Justicia de la UE en Luxemburgo para que determinara si las citadas normas se atenían al Tratado de las Comunidades Europeas.
  • En 2000, el tribunal europeo archivó la causa, tras un acuerdo entre el Gobierno español y el vasco para eliminar las ventajas fiscales. La Administración Central desistió del recurso interpuesto ante el TSJPV y este, a su vez, de la cuestión planteada en Luxemburgo.
  • Sin embargo, en 2001 la Comisión Europea, que había abierto una investigación por estos hechos, declaró incompatibles con el Tratado comunitario tanto las "vacaciones fiscales" (1993-95) como las "minivacaciones fiscales" (a partir de 1995) y conminó al Gobierno español a derogar estos regímenes y recuperar el pago de las ayudas ya concedidas, al tratarse de ayudas estatales ilegales. Las diputaciones forales mantienen que los fondos de las ayudas ya han sido devueltos.
  • En 2003 y en 2005 la propia Comisión Europea denunció ante el Tribunal de Justicia de la UE que España había incumplido las resoluciones de 2001 que ordenaban a las autoridades españolas recuperar las ayudas declaradas ilegales.
  • En 2006, el Tribunal de Justicia de la UE condenó a España por no haber recuperado estas ayudas desobedeciendo a la Comisión.
  • En 2007 el Tribunal abrió un nuevo procedimiento sancionador por este asunto que terminó con una nueva condena y la exigencia de recuperar el dinero ya desembolsado.
  • En enero de 2008 el Tribunal de Primera Instancia de la UE confirmó la ilegalidad de las llamadas "vacaciones fiscales" vascas, pero la sentencia fue recurrida ante el Tribunal de Justicia de la UE por los Gobiernos forales de Vizcaya, Álava y Guipúzcoa. Ahora este tribunal ha sido el que ha declarado ahora definitivamente "ilegales" las ayudas.
  • El 9 de junio de 2011 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara ilegales las ayudas concedidas a nuevas empresas del País Vasco en los años noventa, conocidas como "vacaciones fiscales vascas".

El 28 de julio de 2011 Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara ilegales las dos últimas medidas de las "vacaciones fiscales vascas": una reducción de la base imponible del impuesto de sociedades y un crédito fiscal del 45% del importe de determinadas inversiones.

La Comisión Europea (CE) admite el 10 de septiembre de 2013 que España ya ha recuperado la mayor parte de las ayudas conocidas como "vacaciones fiscales vascas", lo que permitiría al país evitar una multa coercitiva.

La abogada general del TJUE Eleanor Sharpston recomienda el 23 de enero de 2014 imponer una multa de 50 millones de euros a España por no recuperar a tiempo las ayudas ilegales concedidas en los años 90 a empresas del País Vasco.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) impone una multa de 30 millones de euros a España por no haber adoptado todas las medidas necesarias para recuperar a tiempo las ayudas de las vacaciones fiscales vascas. La cuantía rebaja la propuesta por Bruselas y la abogada general. Contra esta sentencia no cabe recurso.