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Hemos conocido los primeros extractos de la sentencia del TC que declara inconstitucional algunos aspectos del primer estado de alarma decretado en España cuando estalló la pandemia en marzo de 2020. Los magistrados argumentan que el orden público se vió afectado y que la gravedad de la situación y su extensión impidieron el normal funcionamiento de las instituciones. Por eso hubiera estado justificado declarar el estado de excepción. Informa Araceli Sánchez

El portavoz de Vox en el Congreso, Iván Espinosa de los Monteros, ha dicho que el Tribunal Constitucional ha dado “la razón” a su formación respecto a la inconstitucionalidad del primerestado de alarma decretado por el Gobierno y ha acusado al Ejecutivo de “aprovechar” la pandemia para “secuestrar” e “imponer un estado cuasi totalitario”.

En una entrevista en La Hora de la 1, ha asegurado que “el Gobierno estaba pisoteando la Constitución cuando decretó el estado de alarma” en marzo de 2020. “El Gobierno suspendió nuestros derechos, aprovechó el estado de alarma para ofrecer un estado de excepción encubierto”, ha asegurado.

Ha defendido que, en los primeros meses de la pandemia, Vox consideraba que el estado de alarma era necesario para “un estado autonómico” en el que “las competencias están muy distribuidas” para que el Ejecutivo asumiera la gestión sanitaria y la distribución de los recursos “de forma unitaria”. Pero, “para lo que luego el Gobierno quería hacer necesitaba el estado de excepción”, ha sentenciado.

En esta línea ha ido la sentencia del Tribunal Constitucional, que ha decretado que el confinamiento no se decretó con el marco jurídico adecuado (el estado de alarma). En este sentido, Espinosa ha criticado que el Gobierno no empleó el marco del estado de excepción porque hubiera tenido que someterse a un “mayor control” en el Congreso.

Representantes de todos los poderes del Estado han estado en el homenaje a las víctimas de la COVID-19. Allí han coincidido el jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez, y el presidente del Tribunal Constitucional, Juan José González Rivas, en pleno choque entre el Gobierno y el Alto Tribunal, que acaba de declarar ilegal el confinamiento del primer estado de alarma. El encuentro ha durado un rato largo, según fuentes de Moncloa. Tampoco ha pasado desapercibida esta otra conversación: Sánchez con la nueva ministra de Justicia y el presidente del Poder Judicial. En el Palacio Real ante el micrófono no ha querido hablar del tema. Foto: EFE/Ballesteros/POOL

Ana Carmonacatedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla asegura que habrá que leer y estudiar todos los puntos de la sentencia del TC para entender el contenido y afrontar lo que va a suponer a partir de ahora. “A partir de la sentencia, la referencia cambia y a partir de ahora nuestros parámetros interpretativos van a tener que cambiar. Si la situación actual se agrava, declarar el estado de excepción es muy invasivo y no es un instrumento ágil para gestionar crisis sanitarias. Habrá que articular medidas que permitan gestionar situaciones de estas características”. Carmona añade que le llama mucho la atención la diferencia de criterio que se plantea ahora mismo: “Lo que me suscita una profunda perplejidad es que el estado de alarma no sirva para el confinamiento domiciliario pero las leyes sectoriales en materia sanitaria si sirvan para decretar toques de queda si están ratificados por los TSJ de las CCAA”. Concluye que esta sentencia lo cambia todo y que ahora será un referente indispensable para plantear situaciones de crisis y legislar sobre ellas.

Para Vox el Gobierno ha llevado a cabo la mayor vulneración de derechos y libertades de la historia de España. Exigen la dimisión del Ejecutivo y la convocatoria de elecciones generales. Sacan pecho porque solo ellos recurrieron al Constitucional y según dicen, fueron los únicos que votaron en contra del estado de alarma.

Desde el PP les recuerdan que votaron sí en la primera votación para sacar adelante la medida. Los 'populares' hablan de "varapalo judicial" y dicen que ellos ya lo advirtieron y que el fallo pone de manifiesto que se necesita la ley de pandemias que llevan tiempo reclamando.

Después de semanas de debate y profundamente dividido, el Tribunal Constitucional ha determinado que el confinamiento domiciliario del primer estado de alarma en España es inconstitucional. La letra pequeña de la sentencia se conocerá en los próximos días. Ahí, el Constitucional concretará cuál es el alcance de la resolución y si tiene consecuencias. Los expertos consideran poco probable que comercios, industrias o particulares puedan reclamar indemnizaciones por daños, pero sí podría afectar a las multas por saltarse el confinamiento.

Xavier Arbós, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona (UB), ha indicado que la inconstitucionalidad del primer estado de alarma "abre un problema": "No se ha modificado la legislación para ponerla de acuerdo con la sentencia del Tribunal Constitucional, pero es muy importante que los legisladores adapten las leyes y la normativa del estado de alarma y de excepción a lo que diga esta sentencia que se publicará en los próximos días". "La cuestión que se plantea no es si era oportuno el estado de alarma en marzo de 2020, que parece que por los resultados sí lo fue, si no que supuso una restricción inapropiada de los derechos fundamentales", ha señalado Arbós. Sobre la emisión de cinco votos particulares, el catedrático ha especificado que la sentencia tiene "el mismo valor", pero la cantidad de votos particulares y la "variedad de sensibilidades" que representan "da lugar a pensar que el asunto es muy controvertido". "Lo menos malo de la sentencia es que ya está y sirve de referencia para mejorar la legislación", ha mantenido en 24 horas de RNE.

El profesor ha explicado las diferencias, en la Constitución, entre el estado de alarma y el estado de excepción: el primero permite establecer alguna restricción a los derechos fundamentales, mientras que el segundo permite suspenderlos. "Hay una diferencia en la ley que desarrolla las previsiones constitucionales. En el caso del estado de alarma, hay una previsión explícita para las crisis sanitarias y el estado de excepción se reserva para otros supuestos", ha señalado. También ha puntualizado que las disposiciones del estado de alarma entran en vigor inmediatamente, desde que se publica el Real Decreto, y tienen una duración máxima de 15 días a partir de los cuales, tiene que ser ratificado por el Congreso. Sin embargo, el estado de excepción es pedido por el Gobierno al Congreso de los Diputados y no entra en vigor hasta que hay una aprobación.

El Tribunal Constitucional ha declarat inconstitucional el primer Estat d'Alarma decretat pel govern central. Els magistrats consideren que el confinament domiciliari entre el març i juny de 2020 va vulnerar drets fonamentals perquè no es va emprar en l'instrument jurídic adequat. Després de setmanes de debat, la decisió dels magistrats ha estat molt ajustada. S'ha acabat imposant per 6 vots a favor i 5 en contra. Els magistrats consideren que les restriccions recollides al primer estat d'alarma van suposar una vulneració de drets i no una simple limitació. Creuen que la restricció, per exemple, de la mobilitat, s'hauria d'haver imposat sota l'estat d'excepció.
Catalunya, pendents de saber com s'aplicarà el toc de queda per municipis, sortirem de dubtes en menys de 30 minuts, quan el president Aragonès compareixerà des del Pati dels Tarongers del Palau de la Generalitat. Com que es tracta d'una declaració institucional no s'acceptaran preguntes dels periodistes. Les paraules d'Aragonès vindran després d'una reunió extraordinària en matèria de covid19 amb el vicepresident Jordi Puigneró i diversos consellers, en la qual s'ha treballat sobre les característiques que ha de tenir aquest nou toc de queda.


 

El Tribunal Constitucional ha aceptado tramitar un recurso de amparo que presentó la organización Women’s Link, representando a Antonia, una mujer a la que el Servicio Murciano de Salud negó información sobre la anomalía que sufría el feto, lo que impidió que accediera a una interrupción del embarazo en condiciones dignas.

Estefanny Molina, abogada de Women's Link, ha dicho en Las mañanas de RNE que su organización ya ha recibido la notificación de la admisión a trámite. "El Tribunal Constitucional ha considerado que se trata de un problema que afecta a un derecho fundamental sobre el cual no hay doctrina previa y tiene relevancia constitucional", explica.

Y cuenta que aún hay obstáculos al aborto en España que hace que muchas mujeres no puedan acceder sin discriminación. "En los últimos años hemos identificado varias barreras de acceso al aborto.  Hay una objeción de conciencia generalizada, incluso de hospitales enteros y comunidades autónomas enteras. Hay discriminación geográfica, muchas mujeres son obligadas a desplazarse a kilómetros de su lugar de residencia", denuncia. Según el Ministerio de Sanidad, en 2014 las regiones de Murcia, Aragón, Castilla y León y Castilla - La Mancha, no realizaron abortos en el sistema público. "En 2019 12 provincias no notificaron ningún aborto en su territorio. Esto quiere decir que las mujeres tuvieron que desplazarse. Es muy grave." Hay un gran desequilibrio, a pesar de que la legislación es para todo el país. "La ley es bastante buena porque reconoce el derecho al aborto como un derecho fundamental, pero vemos que hay disparidades en algunos territorios. Es obligación del Estado garantizar el aborto esté disponible ne los servicios públicos de salud. La ley es muy clara en ese sentido. Dice que la prestación se hará en los servicios púhlbicos de salud y excepcionamente en clínicas privadas. La excepción se ha convertido en la regla general", ha explicado.

La Selmana de les Lletres Asturianes retoma la reivindicación de la propia lengua como lleva reclamando en cada edición.

El próximo sábado día 8 en la Plaza de la Catedral de Oviedo habrá un acto en el que los participantes formaran un mosaico con la Bandera de la Oficialidad, una insignia con un corazón de colores que en las últimas semanas va apareciendo en distintos puntos de la geografía asturiana.

Además de los actos culturales programados entorno a la figura de Nel Amaro, se ha editado para la ocasión una antología de su obra y un volumen colectivo que incluya artículos de escritores e investigadores sobre su figura, así como abundante material gráfico.