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El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, intenta quitarle importancia al auto de Supremo en el que investiga a Puigdemont por terrorismo y recuerda que todavía no ha emitido sentencia.

Bolaños ha sostenido que el Supremo lo que ha hecho es "arrogarse la investigación" sobre 'Tsunami Democratic', como "trámite procesal" al afectar a aforados, entre ellos el expresident Carles Puigdemont, pero "no decide calificar como terrorismo ningún hecho".

El Tribunal Supremo ha abierto una causa penal contra Carles Puigdemont por un presunto delito de terrorismo en el caso ‘Tsunami Democràtic’ que investiga el papel de esta plataforma en los disturbios que se produjeron después de la sentencia del 'procés'. Entonces, nos podemos preguntar, ¿Cómo puede afectar esta causa a la ley de Amnistía? En 24 horas de RNE, Marc Molins, doctor en Derecho, abogado penalista y profesor de la Universidad de Barcelona, ha contestado a esta pregunta: "Si se aprobase la norma tal como está, el Supremo tendría que decidir si concurre ese plus de desvalor en términos de vulneración de los derechos humanos". 

Asimismo, el doctor en derecho, ha explicado que todos los ciudadanos españoles poseen una imagen de lo que es el terrorismo por como se ha vivido en España. Por lo tanto, le parece paradójico que “un órgano jurisdiccional nos explique qué debe ser considerado o no un acto terrorista". También ha destacado que el código penal tiene que ser comprendido por cualquier ciudadano. “La incomprensión de la norma implica su incapacidad de ser aplicada", ha afirmado.

Los fiscales del Tribunal Supremo ve “existencia de indicios de terrorismo” en las actuaciones de Tsunami Democràtic, y acusa a Puigdemont de ser su “líder absoluto”. El Supremo sostiene que no hay dudas de la existencia de indicios de que Puigdemont era el líder absoluto de Tsunami y de que los hechos investigados encajan con un delito de terrorismo. La fiscalía cree que Puigdemont asumió las riendas de la plataforma de tal manera que si hubiera retirado su apoyo se hubiera terminado la violencia.

Tiene los detalles Araceli Sánchez.

La Fiscalía pide el archivo de la causa contra Puigdemont por terrorismo y argumenta que la investigación se basa en meras conjeturas.

El informe lo firma la 'número dos' de la Fiscalía, en contra del criterio de la mayoría de los fiscales del Supremo, que sí veían indicios contra el expresidente catalán. En él, considera que faltan indicios de que "participase en la fundación y en la planificación de las acciones de Tsunami Democràctic" contra la sentencia del 'procés' en octubre de 2019.

Este domingo se conocía que el Partido Popular "estudió durante 24 horas" la legalidad de la Ley de Amnistía y que se descartó "tras comprobar que era ilegal y nunca se negoció". Fuentes del PP también aseguraban que Feijóo estaría dispuesto a estudiar un indulto, condicionado a que Carles Puigdemont rindiera cuentas ante la Justicia española, pero insisten en que "no se da ninguna condición" para concederlo.

José Antonio Martín Pallín, magistrado emérito del Tribunal Supremo, nos aclara en el informativo '24 Horas Fin de semana' las diferencias entre amnistía e indulto. La principal distinción es que el indulto lo aprueba el Gobierno, "es un acto administrativo, es un expediente", explica. En cambio, la amnistía llega mediante una ley, es decir, se aprueba en el Congreso. "La Unión Europea y el Tribunal de Justicia han visto como Portugal y Francia han adoptado dos amnistías por delitos violentos y nadie ha objetado que sea contraria a los principios de la Unión. Es perfectamente constitucional, es una ley que hay que aprobar por mayoría cualificada y una vez que se publique en el BOE tiene plena vigencia", explica.