Le rebajan la condena al hombre que agredió e intentó violar a una mujer en Avilés
- La víctima sufrió importantes lesiones, como fracturas de huesos en la cara y en el brazo. Tardó en recuperarse 3 meses y le han quedado secuelas.
- Entre los motivos que han provocado la rebaja, el recurso de la defensa porque no le robó el móvil sino que lo hurtó
- No se mantiene la orden de alejamiento y la víctima no tiene dinero para recurrir al Supremo
En Asturias, la Audiencia Provincial de Oviedo ha rebajado a dos años la pena del hombre que intentó violar y pegó una paliza a una mujer en Avilés, condenado en principio a 5 años y 7 meses. El juez en primera instancia le consideraba autor de tres delitos: uno de agresión sexual, por el que le condenaba a dos años de cárcel, otro de lesiones, por el que añadía un año y siete meses, y un tercero de robo con violencia penado con otros dos años por sustraerle el móvil a la víctima.
La rebaja se debe a una estimación parcial del recurso de la defensa, que incluye el delito de lesiones en el de agresión sexual ("no puede penarse separadamente", asegura) y dice que no le robó el móvil (lo considera hurto).
El relato de la agresión
La agresión tuvo lugar en febrero de 2018 en Bustiello. El agresor se aproximó a la víctima en plena calle y, cuando ella le pidió que la dejara en paz, comenzó a golpearla. La empotró con una pared e intentó violarla, hasta que un vecino salió en su ayuda. Entonces el joven huyó, y se llevó consigo el teléfono móvil de la mujer.
"Si no fuese por ese vecino no sé cómo habria terminado, yo ya tenía varias patadas en la cabeza, estaba muy aturdida, el brazo ya me lo había roto persiguiendome y empotrándome con la pared", ha declarado Carmen en La mañana. "Gracias al vecino puedo decir que estoy aquí porque el chico no iba a parar, lo tengo muy claro."
La víctima sufrió importantes lesiones, tardó tres meses en recuperarse y conserva secuelas de las fracturas que sufrió en huesos de la cara y del brazo.
La nueva sentencia
La Audiencia ha rechazado la petición de eximir por completo al acusado por hallarse bajo el consumo de alcohol y de drogas, y reconoce que los hechos fueron "de inequívoco carácter sexual". Pero, con la pena rebajada a dos años y si no tiene antecedentes penales, el autor de los hechos no ingresará en prisión. Sólo tendrá que abonar la indemnización por responsabilidad civil que dicta la sentencia, 18.321 euros por las lesiones, las secuelas, el daño moral y el teléfono móvil sustraído.
Lo más llamativo de la decisión de la Audiencia Provincial de Oviedo ha sido la de aunar el delito de lesiones con el de agresión sexual. Emilia Zaballos, abogada colaboradora del programa, ha explicado desde plató que efectivamente "hay algo llamado concurso medial, que establece que las lesiones son parte de la resistencia a la violación y por tanto no se contemplan como un delito aparte". Pero la profesional opina que "en este caso las lesiones son desproporcionadas, son unas lesiones muy graves" y cree que la víctima debería recurrir al Tribunal Supremo. "Puede recurrir a un abogado de oficio o ponerse en mano de asociaciones capaces de echar una mano".
Sin orden de alejamiento y sin dinero para recurrir al TS
Pero Carmen, que lleva el caso con la ayuda de una asociación de Gijón, no tiene dinero para recurrir al Supremo y hacerse cargo de los costes que esto pueda acarrear. "No puedo seguir batallando en los juzgados porque económicamente no me es posible" ha declarado la víctima, que prefiere no mostrar su rostro. "La asociación no tiene recursos para hacerse cargo de las costas si algo sale mal". Y pide que la Fiscalía se haga cargo del recurso: "La Fiscalía estaba de acuerdo con la sentencia, que es casi idéntica a la que ellos pidieron."
Además, denuncia el descuido de su caso por parte de los tribunales y la falta de responsabilidades que se han reconocido: "La sentencia está firmada desde mayo y se entregó en julio. Ahora todo el mundo está de vacaciones... a veces parece que lo han dejado pasar", lamenta en el programa.
Se siente impotente y no tiene claro si la orden de alejamiento estipulada en la primera sentencia, que ya consideraba insuficiente, sigue vigente. "La orden de alejamiento primera le prohibía acercarse a 500 metros del domicilio y de mi trabajo, no era personal", explicaba. Carmen ha llegado a encontrarse a tres metros de su agresor sin poder hacer nada al respecto.
“La justicia tenía que hacer su parte porque yo la mía ya la había hecho, que era denunciar“
La abogada confirma sus peores sospechas: "La primera sentencia no es firme porque se ha recurrido, y la orden de alejamiento no está incluida en la segunda sentencia", ha explicado Zaballos. "Si se recurre, la nueva tampoco sería firme y se mantendrían las medidas. Por eso debe recurrir: si no se va a quedar así."
Carmen tiene un bulto en la cabeza como recordatorio del incidente y aún padece algunos dolores, y la sentencia ha sido un duro golpe psicológico para ella. "Me vine muy abajo. La idea durante todo este tiempo había sido que la justicia hiciese su parte, porque yo la mía ya la había hecho, que era denunciar." Sobre todo tiene miedo de que el acusado reincida: "Yo tengo claro que a mí no me va a volver a tocar, pero otras personas no se van a librar. Lo sé por cómo actuó y por cómo sigue actuando."
Nuestra experta en Derecho se ha puesto a su disposición para darle asesoramiento jurídico.