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El Constitucional mantiene la pena de inhabilitación a Junqueras, Turull, Romeva y Bassa mientras se tramitan los recursos

  • El Alto Tribunal ha tenido en cuenta que la pena de inhabilitación al líder de ERC se extiende hasta 2031
  • Junqueras había anunciado el pasado septiembre su voluntad de lanzar su candidatura para ser el candidato de los republicanos
El secretario general de JxCat, Jordi Turull, y el presidente de ERC, Oriol Junqueras, en la tribuna de invitados del Parlament
El secretario general de JxCat, Jordi Turull, y el presidente de ERC, Oriol Junqueras, en la tribuna de invitados del Parlament. EFE/Quique García
RTVE.es

El Tribunal Constitucional ha decidido mantener la pena de inhabilitación al líder de ERC, Oriol Junqueras, al secretario general de Junts, Jordi Turull, y a los exconsellers de la Generalitat Raül Romeva y Dolor Bassa que la Sala de lo Penal acordó para ellos hasta 2031 en la causa del procés mientras se tramitan los recursos al no apreciar ningún perjuicio irreparable.

El pleno del Alto Tribunal ha tenido en cuenta al tomar esta decisión la larga duración de la inhabilitación absoluta impuesta a cada recurrente — de doce y trece años— y el tiempo todavía pendiente de cumplimiento —superior a cinco años—, además el plazo previsible en el que se resolverán los amparos —manifiestamente inferior—, así como la imposibilidad de adoptar en esta fase del procedimiento, conforme a la doctrina constitucional, un juicio anticipatorio sobre dichos recursos.

Los recursos de amparo se dirigían contra los autos dictados el 1 de julio y 30 de septiembre de 2024 que sentenciaban que no procedía amnistiar el delito de malversación de caudales públicos por concurrir dos causas de exclusión previstas en la propia Ley de amnistía: la de haber obtenido “un beneficio personal de naturaleza patrimonial” y la de “tratarse de actos tipificados como delitos que afectaran a los intereses financieros de la Unión Europea”. Alegaban que estas resoluciones judiciales vulneran varios derechos fundamentales, entre otros, el derecho a la tutela judicial efectiva, a la legalidad penal y a la participación política.

Pese a su inhabilitación, el líder de ERC, Oriol Junqueras, había anunciado el pasado mes de septiembre había anunciado su voluntad de ser el candidato de los republicanos y llamaba a "nuevos pactos y alianzas" pese a su inhabilitación.

Fuentes jurídicas han confirmado que el Pleno ha adoptado esta decisión este martes tras retomar el debate que dejó pendiente a principios de diciembre en aras de llegar por unanimidad a un acuerdo para contestar a los excargos catalanes condenados por el referéndum ilegal del 1-O, según recoge Europa Press.

El tribunal ha resuelto en base a una serie de ponencias que habían recaído en distintos magistrados --tanto conservadores como progresistas-- que abogaban por rechazar la petición cautelar. Cabe recordar que dichas solicitudes se enmarcaron en los recursos de amparo que presentaron ante el Constitucional contra la decisión del Supremo (TS) de no aplicarles la amnistía en lo que respecta al delito de malversación.

El Gobierno indultó las penas de cárcel

Los cuatro fueron condenados por malversación y sedición a penas de hasta 13 años de cárcel e inhabilitación. El Gobierno de Pedro Sánchez les indultó las penas de cárcel en 2021 pero mantuvo las de inhabilitación, que el Supremo rechazó amnistiar al considerar que la malversación del 'procés' recae en las excepciones que contempla la propia ley para no aplicarla.

Los magistrados de la Sala Segunda razonaron que el dinero malversado implicó "un enriquecimiento personal o beneficio patrimonial", por cuanto los líderes independentistas no tuvieron que pagarlo de sus bolsillos, sino que hicieron uso de las arcas públicas para costear un fin partidista; y que con ello afectaron a los intereses económicos y financieros de la UE, porque una eventual secesión de Cataluña habría mermado los ingresos comunitarios procedentes de España.

El Constitucional admitió a trámite los recursos de amparo pero aún está pendiente que los resuelva, algo que está previsto que haga ya el próximo año. Los líderes independentistas solicitaron que, en el ínterin, se les levantara la pena de inhabilitación, que en el caso de Junqueras llega hasta 2031. Los magistrados han desestimado estas pretensiones.

La Fiscalía del TC ya se opuso a que se les rehabilitara cautelarmente no solo porque entendía que supondría anticipar el fallo sobre los recursos de amparo en sí mismos, sino porque además tampoco veía que al mantenerlos inhabilitados se les causara un "daño irreparable".

Las fuentes consultadas por Europa Press explican que es doctrina constitucional rechazar la suspensión de las penas vigentes cuando el tiempo que queda por cumplir es superior al que tarda el TC en resolver los recursos de amparo, como es el caso.

A ello se suma un último factor, no vinculante pero sí influyente, que son las conclusiones que el abogado general de la UE, el luxemburgués Dean Spielmann, dio a conocer el pasado 13 de noviembre en cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional sobre la amnistía. El letrado comunitario señaló que "no es conforme con el Derecho de la UE obligar a los órganos jurisdiccionales nacionales a dictar una resolución absolutoria y a alzar las medidas cautelares que se hubieran acordado en una fase anterior del procedimiento en el plazo máximo de dos meses, aún cuando el Tribunal de Justicia de la UE no haya adoptado todavía resolución" sobre las cuestiones planteadas.

En la misma línea, el expresidente catalán Carles Puigdemont y los ex consejeros Antoni Comin y Lluís Puig recurrieron en amparo al TC la decisión del Supremo de no amnistiarles la malversación del 1-O, solicitando cautelarmente que levantara las órdenes de detención nacional que pesan contra ellos.

Al igual que con Junqueras y los demás exconsejeros, sus recursos de amparo fueron admitidos a trámite, si bien se espera que sus peticiones cautelares --aún pendientes de llegar a Pleno-- sean rechazadas, de acuerdo con las citadas fuentes.