Así planea la Unión Europea frenar el abuso sexual infantil en Internet
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Un informe de 2024 de la organización internacional sin ánimo de lucro Internet Watch Foundation revela que 291.273 sitios web contenían imágenes de abuso sexual infantil. Según indica esta investigación, el 62% de esas URL estaban alojadas en países de la Unión Europea. En este contexto, desde Bruselas planean aprobar un reglamento para frenar la difusión del material de abuso sexual infantil en Internet. Una propuesta bautizada coloquialmente como "Chat Control" por sus detractores que vuelve a encender el debate sobre la privacidad digital. Para algunos, esta normativa obligaría a escanear todos los mensajes privados de los usuarios, incluidas las comunicaciones cifradas. En VerificaRTVE te explicamos en qué consiste esta propuesta, en qué fase se encuentra y cuáles son los argumentos de quienes se oponen a su aprobación.
Una iniciativa de 2022 que busca frenar el abuso sexual infantil
La Comisión Europea presentó en mayo de 2022 una propuesta de 151 páginas para prevenir y combatir el abuso sexual en la infancia. El eurodiputado y presidente de la Comisión de Libertades, Justicia e Interior del Parlamento Europeo, Javier Zarzalejos, explica en conversación telefónica a VerificaRTVE que sería aplicable directamente "a todos los Estados miembro". Señala que el objeto de la iniciativa es "imponer obligaciones a todas las empresas que son proveedoras de servicios de Internet en la Unión Europea para evitar la distribución de material de abuso sexual infantil".
Y, ¿cómo se haría? Las plataformas tendrían que escanear el contenido intercambiado, ya sea cifrado o no, antes de publicarlo para combatir la circulación de contenido de abuso sexual infantil. La idea general es que las plataformas verifiquen si circulan en sus redes fotos o vídeos de bases de datos que contienen pornografía infantil ya identificada y, si los dispositivos los detectan, bloqueen inmediatamente su distribución. El proyecto de ley también prevé que las plataformas verifiquen la edad de los usuarios.
Según explica el eurodiputado, el primer paso consiste en que las empresas tecnológicas realicen "una evaluación de riesgo de sus servicios" para verificar "hasta qué punto son vulnerables para que puedan darse casos de material de abuso sexual". En segundo lugar y en función del riesgo, "deben adoptar medidas de mitigación y prevención de acuerdo con la autoridad nacional correspondiente", sostiene el eurodiputado. Explica que "esas medidas y sus resultados son objeto de seguimiento para ver si son efectivas o no". Añade que en el caso de que la autoridad nacional competente compruebe que "en esos servicios se sigue intercambiando material de abuso sexual infantil, entonces se procede a una orden de detección". Zarzalejos asegura que este paso consiste en "un procedimiento ante un juez, ante la autoridad judicial, para dictaminar cuáles son las medidas que se deben adoptar y qué tecnologías hay que aplicar para identificar y eliminar esos contenidos de abuso sexual". Sobre este último punto, la versión actual del proyecto no cubre todas las conversaciones y archivos. Según indica el texto: "Para proteger los derechos fundamentales y garantizar la proporcionalidad, las órdenes de detección deben limitarse a detectar la difusión de material de abuso sexual infantil y abarcar únicamente el contenido visual, que debe entenderse como imágenes y los componentes visuales de los vídeos (pág. 10)". También se expone que "debe excluirse la detección de comunicaciones de audio y texto".
No hay una postura común entre los países de la UE
Hasta la fecha, el Consejo de la Unión Europa no ha alcanzado una posición común. El 14 de octubre de 2025 estaba previsto el debate y votación de la propuesta, pero se ha pospuesto. La última versión de este texto data del 24 de julio de 2025, modificada y apoyada por la actual presidencia danesa del Consejo de la UE.
Según comenta Zarzalejos, "ahora son los Estados miembro quienes tienen que adoptar una posición común para que Parlamento y Consejo podamos negociar de cara al contenido final de este reglamento". Para que el proyecto siga adelante, al menos el 55% de los Estados miembro deben votar a favor: esto corresponde a 15 de los 27 Estados. Países como España, Hungría, Italia o Dinamarca apoyan la iniciativa, mientras que Luxemburgo, Austria, Alemania y Polonia han expresado posturas de oposición o de abstención. En todo caso, es necesario que ambas instituciones (Parlamento y Consejo) lo aprueben de manera conjunta para que se convierta en ley. En estos enlaces puedes leer más información sobre el procedimiento legislativo y el estado de la propuesta.
¿Habrá una vigilancia masiva de las comunicaciones personales?
Hemos preguntado a Javier Zarzalejos por las afirmaciones que aseguran que esta propuesta conllevaría una vigilancia masiva de las comunicaciones. El eurodiputado es contundente: "Se está hablando mucho de ‘Chat Control’, de que una especie de Gran Hermano va a saber y escanear todas las comunicaciones. Eso no existe ni va a existir". El principal motivo, según Zarzalejos, es que "es ilegal": "Está claro que en la Unión Europea no se puede hacer con carácter general un escaneo de las comunicaciones y de los contenidos de Internet". Y, en segundo lugar, porque es "inútil" puesto que "no hay nadie que pueda manejar esas cantidades ingentes de comunicaciones", explica. En esta línea, añade que "tiene que ser absolutamente selectivo" porque si no "perdería eficacia y absorbería tal cantidad de recursos que sería imposible".
En relación con el cifrado de los mensajes, Zarzalejos subraya que "el Parlamento Europeo ha dicho claramente que la encriptación de los mensajes tiene que mantenerse en su integridad". Sobre este punto, revela que "hay otras propuestas que están siendo manejas a nivel de gobierno para que en determinadas circunstancias" puedan aplicarse "tecnologías que no afectan tanto a la encriptación sino a la fase previa, a la monitorización o escaneo de imágenes antes de que sean subidas o antes de que se inicie el proceso de comunicación". No obstante, apunta que esto solo se plantea "después de un procedimiento judicial" y "con servicios de alto riesgo sobre los que hay evidencias de que son más susceptibles o vulnerables a la difusión de abuso sexual".
El debate en torno a la propuesta: seguridad infantil vs privacidad digital
Varias organizaciones europeas, así como expertos en derecho digital se han mostrado en contra de esta iniciativa, que han bautizado como "Chat Control", al considerarla un mecanismo de vigilancia masiva de las comunicaciones interpersonales. La plataforma internacional EDRi, que se define como la "espina dorsal" del movimiento por los derechos digitales en Europa, se ha posicionado en contra. La directora de políticas de EDRi, Ella Jakubowska, explica por correo electrónico a VerificaRTVE que la propuesta "no garantiza la compatibilidad con la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE". En su opinión: "Si se aprueba en el formato propuesto por la Comisión, la ley sería anulada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por violar de manera desproporcionada el derecho a la vida privada". Jakubowska asegura que con esta propuesta "se vulneraría la privacidad y la seguridad digital de personas inocentes por delitos que no han cometido y no se les informaría al respecto".
En la misma línea se manifiesta el abogado especializado en Derecho Digital Borja Adsuara. "Esta medida afectaría gravemente no sólo a la protección de los datos personales sino también a nuestro derecho fundamental a la intimidad y a la vida privada". Para Adsuara, "la medida no sería eficaz para el fin previsto" puesto que muchas plataformas de mensajería privada "han dicho que se irían de Europa y los ciudadanos que difunden material pedófilo usarían aplicaciones de fuera de la Unión Europa". Según expone este abogado "una medida de investigación tecnológica de un delito tan grave como es el abuso sexual de un menor puede justificar la vulneración del derecho a la intimidad de un sospechoso", pero, aclara, esto en España, por ejemplo, "ya está previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal".