Enlaces accesibilidad

El Tribunal Constitucional anula un artículo de la ley LGTBI de Ayuso que limitaba la personación de asociaciones

  • El TC resuelve que la norma es "inconstitucional" por "invadir las competencias exclusivas del Estado"
  • La ministra de Igualdad celebra que se acabe el "intento de recorte de derechos LGTBI" de Ayuso
El Constitucional anula un artículo de la ley LGTBI de Ayuso que limitaba la personación de asociaciones
Manifestación de colectivos LGTBI frente a la sede del Gobierno de la Comunidad de Madrid (archivo) GETTY
RTVE.es

El Tribunal Constitucional ha estimado el recurso presentado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, contra parte de la reforma aprobada por el Ejecutivo de la Comunidad de Madrid de Isabel Díaz Ayuso sobre la ley contra la "LGTBIfobia" y ha anulado el artículo que dificultaba que estas asociaciones pudieran participar en causas penales y en procedimientos administrativos sancionadores.

La norma, ahora tumbada por el Constitucional, limitaba la personación en procesos judiciales de entidades y organizaciones representativas del colectivo LGTBI.

Así lo ha decidido el pleno del Constitucional celebrado este miércoles, que ha aprobado la ponencia del magistrado progresista Ramón Sáez, que da la razón a la impugnación de la Moncloa. El resultado ha contado con 11 votos a favor y uno en contra, del magistrado conservador José María Macías.

Modificación de la ley contra la LGTBIfobia

Concretamente, se trata de la Ley 18/2023, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley 3/2016, de 22 de julio, de protección integral contra la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual en la Comunidad de Madrid. El artículo 65.d de la nueva ley fue recurrido junto a otras modificaciones de la norma por Sánchez.

La ley original, que fue originalmente aprobada en 2016 por la entonces presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, disponía que "las asociaciones, entidades y organizaciones representativas de los colectivos LGTBI y aquellas que tengan por objeto la defensa y promoción de derechos humanos serán titulares de intereses legítimos colectivos" en el procedimiento administrativo reglado por esta ley.

La reforma efectuada por el Gobierno de Ayuso añadió un último apartado donde se indicaba que lo señalado, respecto a "las asociaciones, entidades y organizaciones representativas de los colectivos LGTBI y aquellas que tengan por objeto la defensa y promoción de los Derechos Humanos", "no será de aplicación a los procesos penales ni a los procedimientos administrativos sancionadores".

Según informó el TC en su día, la Moncloa recurrió la modificación del citado precepto al considerar que "podría ser contrario a las competencias exclusivas del Estado sobre legislación procesal y sobre procedimiento administrativo común".   

El TC resuelve que la norma es "inconstitucional"

Ahora, el Constitucional ha resuelto que la norma impugnada "es inconstitucional y nula por invadir las competencias exclusivas del Estado para dictar legislación procesal y para regular el procedimiento administrativo común".

Además, recuerda que la legislación estatal reconoce la condición de interesados de las asociaciones y agrupaciones para todos los procedimientos administrativos, incluidos los sancionadores, relativos a situaciones de discriminación como las fundadas en motivos de expresión de género y de orientación o identidad sexual.

La sentencia no resuelve respecto a los otros artículos de las leyes LGTBI de la Comunidad de Madrid recurridos por el Gobierno, como el que exigía a los menores trans informes y acompañamiento psicológico para iniciar un tratamiento de transición.

Redondo celebra que se acabe el "intento de recorte" de derechos de Ayuso

La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha celebrado que el TC haya tumbado esta norma de la Comunidad de Madrid. "Lo valoramos muy positivamente porque el Tribunal Constitucional ha puesto punto y final al intento de recorte de los derechos de las personas LGTBI que pretendía la señora Ayuso y el PP", ha indicado.

"Todos esos intentos de la señora Ayuso de recortar los derechos de las personas LGTBI han quedado claramente fuera de lo que es la Constitución y el respeto a la igualdad", ha recalcado la ministra.

Redondo también ha dicho que desde el Gobierno están "satisfechos" con esta sentencia, que "recupera esos derechos que parecían limitarse con esos intentos de Ayuso y del Gobierno del PP".

Colectivos LGTB aplauden la decisión del Constitucional

La presidenta de la Federación Estatal LGTBI+, Paula Iglesias, ha celebrado que el TC devuelva al colectivo su papel en la lucha contra los delitos de odio. Junto a esto, ha destacado el "contexto de auge del odio" por el que las personas LGTBI están "sufriendo mucho".

Por su parte, la presidenta de la Federación Plataforma Trans, Mar Cambrollé, ha señalado que el Constitucional "da un varapalo a la intención de Díaz Ayuso de querer devolver a las personas y organizaciones LGTBIQ+ a los tiempos más oscuros del franquismo".

Desde Arcópoli, la asociación por la inclusión de migrantes LGTBI, ha celebrado este fallo como una "victoria indiscutible de la justicia y de los derechos fundamentales" que les da "más fuerza para seguir luchando contra quienes quieren silenciar nuestras reivindicaciones y minimizar las violencias que sufrimos".