Enlaces accesibilidad

Rodrigo Lanza, condenado a 20 años de prisión por asesinato con motivos ideológicos por el 'crimen de los tirantes'

  • La defensa del acusado recurrirá la decisión al considerar que se han violado derechos fundamentales durante el juicio
  • La anterior sentencia por delito imprudente fue anulada por el Tribunal Superior de Aragón por falta de motivación del jurado

Por
Rodrigo Lanza, condenado a 20 años por el 'crimen de los tirantes'

La Audiencia de Zaragoza ha condenado a Rodrigo Lanza a 20 años de prisión por asesinato con alevosía y con el agravante de actuar por motivos ideológicos. Así lo han confirmado fuentes a TVE. Además, la defensa tiene previsto recurrir al Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), alegando que se han violado derechos fundamentales durante la vista.

El jurado consideró culpable al acusado por el conocido como 'crimen de los tirantes', que tuvo lugar el 8 de diciembre de 2017 y en el que perdió la vida Víctor Laínez tras ser golpeado en un bar de la ciudad de Zaragoza por portar dicha prenda con la bandera de España. En esa sesión el tribunal consideró por amplia mayoría que la víctima no tuvo opción de defenderse y que la agresión fue fruto de una cuestión ideológica -no por el pánico que alegó Lanza, que consideró que la víctima le iba a atacar-, aunque quedaba descartado el ensañamiento y se le aplicaba la atenuante de embriaguez leve.

El abogado que representa a la familia de la víctima, José Luis Melguizo, ha apuntado a que la magistrada María José Gil, en su sentencia, ha atendido las peticiones de la Fiscalía, ya que las acusaciones particular y popular solicitaban 23 años de cárcel. Por otro lado, Rodrigo Lanza tendrá que indemnizar a la familia con 200.000 euros -sin contar con los intereses legales correspondientes-: 50.000 para la madre, 50.000 para cada uno de sus hijos y los restantes 50.000 a distribuir entre sus tres hermanas.

Los miembros del jurado consideraron probado que Lanza golpeó con el puño la parte inferior trasera de la cabeza de Laínez, que provocó que este cayera inconsciente. A pesar de ello, el acusado continuó atizándole, por lo que los severos traumatismos craneoencefálicos fueron los que le causaron la muerte cuatro días después en el Hospital Clínico de Zaragoza. Ademas, Laínez no portaba navaja, un hecho que desmontaba la versión de Lanza. El jurado pidió que no se indultara al acusado, ni tampoco que se le permitiera salir de prisión de forma condicional.

La defensa del condenado recurrirá la sentencia

Por su parte, la defensa ha informado de que recurrirá algunos puntos del veredicto, especialmente aquellos vinculados a la alevosía o a los motivos ideológicos, ya que consideran que las preguntas realizadas a los miembros del jurado por estas cuestiones no estaban bien formuladas. Por ello, considera que "no hay asesinato", sino un delito de lesiones con muerte no querida, lo que equivaldría a una condena de dos a cinco años de prisión.

Se trata de la segunda ocasión en la que el inculpado recibe una sentencia, ya que fue condenado en noviembre de 2019 a cinco años por un delito imprudente. Sin embargo, el TSJA declaradó nula dicha resolución por falta de motivación del jurado el juicio.