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Desafío soberanista en Cataluña

El Constitucional admite a trámite el recurso de En Comú Podem contra la aplicación del 155

  • El Tribunal Constitucional no entra en el fondo del asunto

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Vista de la sede del Tribunal Constitucional, en Madrid
Vista de la sede del Tribunal Constitucional, en Madrid.

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad que presentó En Comú Podem contra la aplicación del artículo 155 en Cataluña y las medidas subsiguientes, como la disolución del Govern y la convocatoria de elecciones autonómicas.

La admisión a trámite no anticipa nada sobre cuál será la decisión del alto tribunal sobre el fondo del asunto, sino que únicamente implica que los argumentos de En Comú Podem en contra del acuerdo del Senado para aplicar el artículo 155 en Cataluña serán estudiados. De hecho, la admisión a trámite de un recurso de este tipo es prácticamente automática para el alto tribunal.

El Constitucional ha tomado esta decisión un día después de que se presentase otro recurso contra la aplicación de este precepto constitucional nunca antes usado en la actual democracia, en esta ocasión por parte del Parlament de Cataluña.

En Comú Podem presentó su recurso el pasado 4 de diciembre "por dignidad democrática", al considerar que la medida sobrepasó las previsiones de la Constitución, que -según su criterio- no permite ni la disolución del Govern, ni la convocatoria de elecciones. Podemos argumentó en su recurso que el Gobierno hizo un "uso fraudulento" de la ley y defendió que la aplicación elegida por el Gobierno del PP, con el apoyo de PSOE y Ciudadanos, "quedó descartada en el debate constitucional de 1978".

Oportunidad para fijar doctrina sobre el artículo 155

El TC ve el recurso de Podemos como una oportunidad para fijar una doctrina constitucional para el futuro sobre la aplicación de este artículo, tanto en los procedimientos, el contenido y sus límites, según fuentes consultadas al tribunal por Europa Press.

La iniciativa ha sido bien recibida en el órgano de garantías porque permitirá a los magistrados abordar no sólo la constitucionalidad, que no cuestionan, sino la forma de aplicarse en el caso actual y también de volverse a utilizar en el futuro.

El tribunal ha acordado dar traslado de la demanda al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno, que disponen de un plazo de quince días para personarse en el procedimiento y formular alegaciones, y también al Govern de la Generalitat y al Parlamento de Cataluña.

No pueden resolver sobre la validez del 155 mientras siga en vigor

Como ha venido haciendo, en la medida en que es el Ejecutivo central el que ocupa actualmente las funciones de la Generalitat, el TC suspende por ahora la tramitación del recurso, para evitar la confusión de que fuera el propio Ejecutivo de Mariano Rajoy el que alegara en su contra -aunque fuera en su papel de ocupante de la Generalitat-.

Así, en la práctica, se da la paradoja de que no se puede resolver sobre la validez de la aplicación del 155 en tanto en cuanto siga en vigor dicha aplicación.

El recurso, elaborado por el catedrático de Derecho Constitucional Joan Vintró, uno de los expertos nombrados por el Gobierno de Carles Puigdemont para supervisar el recuento del referéndum ilegal, solicita la nulidad del acuerdo del Senado que aprobó la aplicación del 155 y las medidas que se derivaron del mismo.