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El juez envía a prisión al grapo Teijelo por el secuestro de Publio Cordón

  • Estaba en libertad desde 2013 porque en su momento no se hallaron pruebas
  • El magistrado aprecia riesgo de fuga del grapo ante la inminencia del juicio
  • Comunica su procesamiento a Teijelo y Victoria Gómez Méndez

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El grapo José Antonio Ramón Teijelo en una foto de archivo en un juicio en 2008
El grapo José Antonio Ramón Teijelo en una foto de archivo en un juicio en 2008

El juez de la Audiencia Nacional Juan Pablo González ha enviado este miércoles a prisión al miembro de los Grapo José Antonio Ramón Teijelo por el secuestro en 1995 de Publio Cordón, tras comunicarle su procesamiento por haber sido la persona que alquiló la casa en la que estuvo retenido el empresario zaragozano.

El magistrado ha adoptado esta medida en un auto tras tomarle declaración indagatoria (comunicación del procesamiento) y a petición de la Fiscalía, a la que se han sumado las acusaciones.

El juez justifica la prisión por la gravedad de la pena que se le podría imponer al acusado, en libertad desde 2013 por orden de la Sala de lo Penal -que entendió que no había pruebas suficientes que le implicaran en el secuestro-, y también por la inminencia del juicio, lo que aumenta el riesgo de fuga.

El magistrado ha comunicado asimismo su procesamiento a la otra procesada por este asunto, María Victoria Gómez Méndez, que ha declarado por videoconferencia puesto que se encuentra cumpliendo condena por otros hechos.

En el auto de procesamiento, dictado el pasado 24 de septiembre, el juez consideraba a ambos responsables de un delito de detención ilegal ante las pruebas de que ambos alquilaron, haciéndose pasar por un matrimonio, la vivienda en Lyon (Francia) en la que estuvo secuestrado el empresario y les impuso una fianza de tres millones de euros por las responsabilidades pecuniarias a las que se les pudiera condenar.

Publio Cordón falleció a las dos semanas del secuestro

Según relataba González en esa resolución, Cordón falleció a las dos semanas de cautiverio por las lesiones que sufrió, y por las que no recibió asistencia sanitaria, y los tres secuestradores que le custodiaban le enterraron en una zona del Mont Ventoux "sin que hasta la fecha, y pese a los esfuerzos realizados, haya podido ser localizado el cadáver".

No obstante, el juez no encontró indicios suficientes para acusar a Teijelo y Gómez Méndez de un delito de homicidio por omisión ni de estafa (en relación con los 400 millones que pagó la familia por la liberación del empresario "en la creencia de que seguía vivo") y desistió por el momento de procesar por estos hechos a otros dos grapo: Manuela Ontanilla y Vicente Sarasa.

Los cuatro fueron detenidos en verano de 2012 en el marco de esta causa y Teijelo se encontraba en libertad desde el 7 de noviembre de 2013 al apreciar la sección segunda de la Sala de lo Penal que no existía "indicio alguno que permita sustentar" su vinculación con el secuestro de Cordón.

Confesión de Silva Sande sobre el entierro de Publico Cordón

En 2009, la Guardia Civil comenzó a buscar en el sureste de Francia el cadáver del empresario y el anterior titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional, que ahora ocupa González, reabrió el caso tras la confesión sobre el entierro del cadáver que hizo Fernando Silva Sande, ya condenado a 28 años de cárcel por este secuestro.

Según el juez, los responsables de su custodia fueron por tanto Silva Sande, Teijelo y Gómez Méndez y considera que ellos fueron los que, "tras recibir instrucciones de los jefes de la organización terrorista", enterraron el cadáver.

Como elemento de "corroboración externa" de esa confesión, el juez destaca las manifestaciones de la propietaria de esa vivienda, que declaró que entre 1993 y 1996 alquiló la casa a una pareja de profesores españoles que se identificaron como "señores Monforte" y que tuvieron que abandonar la casa "precipitadamente debido a una enfermedad sobrevenida de la mujer".

Tras mostrarle una serie de fotografías, la mujer señaló a Teijelo "comentando que su inquilino tenía más o menos la misma fisonomía pero que era más joven".

La rescisión del contrato "bastante antes de la fecha inicialmente prevista", da "consistencia a la versión" del testigo protegido, que declaró que el secuestrado había muerto "accidentalmente, que se cayó por un tejadillo en un intento de huida, así como que falleció una semana o dos antes del pago del rescate, lo que precipitó la salida del domicilio del comando situando con ello el fallecimiento, aproximadamente, a finales del mes de julio de 1995".