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Los directivos de banca sancionados no tendrán derecho a indemnización

  • El Gobierno limita también el finiquito de los directivos del sector público
  • Las dos normas se aprueba al mismo tiempo que la reforma laboral

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Como complemento a la reforma laboral de 2012  que afecta al conjunto de los trabajadores, el Gobierno ha aprobado limitar las indemnizaciones de los directivos de entidades financieras (y prohibirlas a los que sean sancionados) y de los directivos del sector público.

Así lo ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros la  vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, quien ha destacado  que en el caso de los directivos que hayan sido objeto de un expediente  sancionador "su cese será considerado como un despido disciplinario" y no tendrán derecho a ninguna indemnización.

En caso de que sí haya derecho a indemnización, habrá un límite que, simplificando, será de dos años de sueldo. Esta medida se conoce un día después de que el Banco de España haya abierto expediente sancionador a los anteriores gestores de la CAM (Caja de Ahorros del Mediterráneo), intervenida en julio pasado.

Además, el Ejecutivo también ha decidido limitar a 7 días por año trabajado (con un límite máximo de seis mensualidades) el finiquito que cobrarán los directivos de empresas y organismos públicos cuando cesen en su actividad, en un momento en que precisamente el Gobierno ha anunciado un recorte de este sector.

Los directivos que se reincorporen a su  puesto anterior en la Administración no tendrán indemnización.