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El Gobierno extremeño destinará 60 millones de euros a las empresas nacionales y extranjeras que inviertan en la región. De unos impuestos se las exime y de otros solo pagarán la mitad durante tres años.

Coca-Cola Iberian Partners ha cerrado el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) presentado hace unos meses con el despido forzoso de 235 trabajadores de la planta de Fuenlabrada (Madrid) que no se sumaron de forma voluntaria al plan de ajuste presentado por el embotellador único en España. De esta forma, el ERE que afectaba a 1.191 personas se ha cerrado con un 80,27% de adscripciones voluntarias y un 19,73% de despidos forzosos.

La sala de lo social de la Audiencia Nacional ha declarado nulo del Expediente de Regulación de Empleo (ERE), presentado por la empresa pública Tragsa para 726 trabajadores, y ha ordenado la "inmediata readmisión" de los empleados que ya hayan sido despedidos, 150 según señala Europa Press, así como el abono de los salarios que han dejado de percibir. La sentencia, que da la razón a los demandantes -UGT, CGT, CC.OO., CSI-F y comités de empresa de Castilla y León-, es recurrible ante el Tribunal Supremo. Además, la Sala aprecia causa de nulidad por la forma en que se seleccionó a los trabajadores que iban a ser despedidos, sin respetar los criterios de mérito y capacidad de los empleados. Los magistrados recuerdan que, en el caso de las administraciones públicas "es exigible una precisión mucho más estricta que permita la determinación de los trabajadores afectados sin acudir a decisiones arbitrarias o discrecionales sin relación con los principios de mérito y capacidad". En el caso de Tragsa, "los criterios no han sido fijados en el periodo de consultas ni en su momento inicial ni en la decisión final, siendo totalmente imprecisos y permitiendo múltiples aplicaciones".

La sala de lo social de la Audiencia Nacional ha declarado nulo del Expediente de Regulación de Empleo (ERE), presentado por la empresa pública Tragsa para 726 trabajadores, y ha ordenado la "inmediata readmisión" de los empleados que ya hayan sido despedidos, 150 según señala Europa Press, así como el abono de los salarios que han dejado de percibir. La sentencia, que da la razón a los demandantes -UGT, CGT, CC.OO., CSI-F y comités de empresa de Castilla y León-, es recurrible ante el Tribunal Supremo. Además, la Sala aprecia causa de nulidad por la forma en que se seleccionó a los trabajadores que iban a ser despedidos, sin respetar los criterios de mérito y capacidad de los empleados. Los magistrados recuerdan que, en el caso de las administraciones públicas "es exigible una precisión mucho más estricta que permita la determinación de los trabajadores afectados sin acudir a decisiones arbitrarias o discrecionales sin relación con los principios de mérito y capacidad". En el caso de Tragsa, "los criterios no han sido fijados en el periodo de consultas ni en su momento inicial ni en la decisión final, siendo totalmente imprecisos y permitiendo múltiples aplicaciones".

España es el primer país europeo en calidad de la gestión de las organizaciones. Unas 500 poseen certificaciones que así lo avalan y para aprovechar ese potencial en beneficio de nuestra imagen como páis nace el programa "Embajadores de la excelencia europea". Les contamos en qué consiste.

Hasta ahora habíamos visto impresoras en 3D de piezas mecánicas, de zapatos o de joyas pero ya hay también una de alimentos. La comercializa una empresa española y la venden sobre todo a restaurantes y panaderías, porque el objetivo es convertir esta máquina en un electrodoméstico mas.