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Lotería de Navidad 2015

Cuánto cobraré si me toca el Gordo

  • Si ha comprado un décimo, premiado con 400.000 euros, ganará 320.500
  • Hacienda se queda con el 20% de los premios superiores a 2.500 euros
  • Busca tu décimo de Navidad en el buscador de RTVE.es

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La propietaria de una administración de lotería de Pamplona descorcha una botella de champán
El Gordo de la Lotería de Navidad es, por tercer año consecutivo, algo menos suculento porque el Estado aplica un gravamen del 20% sobre los premios de loterías superiores a los 2.500 euros.

El Gordo de la Lotería de Navidad es, por tercer año consecutivo, algo menos suculento. El motivo, el impuesto aprobado por el Gobierno. Desde el 1 de enero de 2013, el Estado aplica un gravamen del 20% sobre todos los premios de loterías superiores a los 2.500 euros, una medida que sigue en vigor.

Este impuesto no requiere presentar declaración, ya que se devenga en el momento en el que se abone el premio. Es decir, que un año más se tendrá que pagar a Hacienda, siempre y cuando nos toque más de 2.500 euros.

Si tengo la suerte y me toca, ¿cuándo tengo que pagar el impuesto?

En el momento de cobrar el premio.

Entonces, si me toca el Gordo, ¿cuánto cobraré?

El décimo está premiado con 400.000 euros (4 millones por billete). Si lleva un décimo, le corresponderán 320.500 euros libres de impuestos; si lleva dos, 640.500 euros limpios; y si lleva un billete, 3.200.500 euros.

¿Cómo queda el resto de grandes premios?

  • Segundo premio: 100.500 euros al décimo (125.000 euros antes de impuestos)
  • Tercer premio: 40.500 euros al décimo (50.000 euros antes de impuestos)
  • Cuarto premio: 16.500 euros al décimo (20.000 euros antes de impuestos)
  • Quinto premio: 5.300 euros al décimo (6.000 euros antes de impuestos)

¿Qué cantidad del premio está libre de tributar?

Están exentos de este gravamen los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 2.500 euros. A lo que supere esa cantidad, habrá que restarle el 20% que se queda Hacienda.

Un ejemplo: en un premio de 5.000 euros, 2.500 están libres de impuestos y se paga a Hacienda el 20% de los 2.500 restantes (500 euros). La cantidad final a cobrar será de de 4.500 euros.

Si comparto un décimo, ¿qué ocurre?

En este caso, se divide la cuantía exenta entre el número de personas que lo compartan. Si es un décimo que se juega a medias, cada partícipe cobrará 1.250 euros libres de impuestos y el 20% habrá que aplicarlo al resto del premio.

Un ejemplo: un décimo premiado con 20.000 euros y que ha sido compartido entre dos personas a partes iguales. Para empezar, cada uno cobrará 1.250 euros libres de impuestos (resultado de dividir los 2.500 exentos de tributar). A los 17.500 euros restantes se les restará el 20% del impuesto, lo que deja una cantidad de 14.000 euros a repartir (7.000 para cada partícipe). De esta forma, cada uno cobrará 8.250 euros limpios.

Esto se hará siempre que la cuantía de la apuesta efectuada sea de al menos 0,50 euros. En caso de que fuera inferior, la cantidad libre de impuestos se reducirá de forma proporcional (si jugamos una participación de 25 céntimos el mínimo exento se reduce a la mitad: 1.250 euros).

¿Tengo que declarar el premio al año siguiente?

No, porque Hacienda liquida el impuesto en el momento en que se cobra el premio. Lo que se tendrá que incluir en la declaración del IRPF serán los rendimientos que ese premio haya generado a lo largo del año.

Un ejemplo: si se ha invertido todo el dinero en un depósito a plazo fijo, son los rendimientos de ese depósito los que se verán gravados y nunca la cantidad del premio.

¿Pero esto es solo para este sorteo?

No, es para todos los premios obtenidos en cualquiera de los sorteos organizados por Loterías y Apuestas del Estado, los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, la Cruz Roja Española y los de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE).

RTVE

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