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La Audiencia concluye que el incendio del hotel Corona de Aragón no fue terrorismo

  • Hubo 78 muertos y 114 heridos en este siniestro en 1979
  • El TS reconoció como victima de terrorismo a una fallecida en el incendio
  • La AVT lo considera un "asesinato e incendio terrorista"

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El juez central de instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, Fernando Andreu, ha determinado que el incendio en el Hotel Corona de Aragón de Zaragoza en el que murieron 78 personas en 1979 no fue un acto terrorista.

El magistrado había reabierto esta causa el pasado marzo después de la petición de cinco víctimas, que esgrimieron una sentencia del Tribunal Supremo de 2009 en la que se reconocía como víctima del terrorismo a una mujer que murió en el siniestro y se concedía una medalla a su familia.

Según el auto del pasado 26 de junio, el magistrado alega un informe remitido a la Comisaría General de Información de la Policía Nacional, según el cual "ningún nuevo dato se ha producido que avale que la comisión de los hechos se realizase por organización terrorista".

La AVT lo considera "asesinato e incendio terrorista"

El juez rechaza con este auto la querella presentada por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) que, tras la reapertura de la causa, solicitó su personación como acusación popular.

Considera esta asociación que los hechos del Hotel Corona de Aragón son constitutivos de asesinato e incendio terrorista. Además, desde el colectivo de víctimas pedían al juez que solicitase los correspondientes informes a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a fin de determinar la autoría de los hechos en los que además se registraron 114 heridos.

En su querella la AVT recuerda que el incendio se produjo coincidiendo con la entrega de despachos en la Academia Militar, acto en el que se congregaron un gran número de militares, muchos de los cuales se alojaron en este hotel.

El incendio se inició en la cafetería del establecimiento después de producirse tres ignicios simultáneas, de lo que se deduce, según la querella de la AVT, "la posible intervención de tres personas organizadas y plenamente concertadas para su comisión".