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El TS rechaza la recusación de Manos Limpias contra un magistrado que juzgará a Garzón por el franquismo

  • En un artículo se decía que el proceso lo había iniciado una plataforma ultraderechista
  • El juez recusado es parte de la asociación porfesional que publica el artículo
  • El Supremo cree que "no es descalificación" y que no se deduce la autoría del juez
  • Manos Limpias está dirigida por un exresponsable de Fuerza Nueva

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El Tribunal Supremo ha rechazado la recusación de Perfecto Andrés Ibáñez, uno de los magistrados que juzgarán a Baltasar Garzón por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo, que había sido solicitada por el sindicato Manos Limpias, que ejerce la acusación contra el juez.

Manos Limpias, sin representación en ningún centro de trabajo y dirigida por el exresponsable de Fuerza Nueva Miguel Bernard,  basó su recusación en la aparición en la sección Apuntes de la revista  de la asociación judicial Jueces para la Democracia, de la que Andrés  Ibáñez se encargaba junto a otras personas, de una noticia sobre el  procedimiento abierto a Garzón.

La noticia señalaba que este era objeto de una investigación judicial iniciada por una plataforma de ultraderecha.

Eso llevó a Manos Limpias a recusar a Perfecto Andrés Ibáñez por tener "interés directo o indirecto en la causa",   al considerar que, con la publicación de la información en una sección  de la que era responsable, había mostrado su apoyo a Garzón.

En el auto en el que rechaza la recusación, la sala de lo penal dice  que "no hay constancia alguna" de que el magistrado al que se pretendía  apartar del tribunal "fuera autor de la reseña, ni siquiera de que estuviera enterado de su contenido al tiempo de su publicación".

"No supone descalificación"

Además, el Supremo señala que la referencia a una "plataforma de ultraderecha" como iniciadora de la investigación a Garzón no supone "una descalificación" hacia Manos Limpias,  sino una manera "genérica" de referirse a las acusaciones personadas en  la causa, que entonces incluían a Falange Española, posteriormente  expulsada del procedimiento.

El tribunal, por último, dice que la recusación es extemporánea, porque la revista en la que apareció la noticia data de junio de 2009.

El auto cuenta con el voto particular discrepante del magistrado José Manuel Maza,   que considera que debió admitirse la recusación de Perfecto Andrés  Ibáñez porque, "al figurar como uno de los responsables de la sección en  la que el texto apareció publicado y no haber rectificado con  posterioridad a esa publicación su contenido", da "una apariencia de  posible pérdida de imparcialidad".

Maza cree que lo correcto, en lugar de rechazar de plano la  recusación, hubiera sido admitirla a trámite y designar a un instructor  para que, finalmente, la cuestión fuera resuelta por el pleno de la sala  de lo penal.

El juicio a Garzón por prevaricación por declararse competente para  investigar los crímenes del franquismo, comenzará el próximo martes 24 con la exposición de las cuestiones previas, aunque la declaración del acusado no tendrá lugar hasta una semana después.

Manos Limpias pide que el juez sea condenado a una pena de 20 años de inhabilitación.