¿Los estudiantes pueden sumarse a la huelga general del 11 de noviembre?
- Qué circula: nos consultan por WhatsApp si los estudiantes pueden sumarse a la huelga general del 11 de noviembre en España
- Qué analizamos: con la ley, el Ministerio de Educación y sindicatos, explicamos el derecho de los estudiantes a participar en una huelga general como la del 11N
Nos habéis consultado en nuestro servicio de WhatsApp si los estudiantes pueden sumarse el 11 de noviembre a la huelga general en España en favor del acceso a la vivienda convocada por los sindicatos UGT y Comisiones Obreras (CCOO). En VerificaRTVE te explicamos qué dicen la legislación, los sindicatos y el Ministerio de Educación sobre el derecho a huelga de los estudiantes. La ley reconoce el derecho de reunión sin autorización de los padres a los alumnos de tercero de secundaria y cursos superiores. Además, establece que los centros educativos fijen las condiciones en las que sus alumnos y alumnas pueden ejercer este derecho.
La jornada de paro de 24 horas del 11 de noviembre se presenta bajo el lema 'Salarios, vivienda, precios'. Este martes, 13 de octubre, los secretarios generales de UGT y CCOO, Pepe Álvarez y Unai Sordo han planteado en rueda de prensa las principales reivindicaciones sindicales, entre ellas la de subir el salario mínimo en un 7% en 2027. Otros sindicatos como CGT y el Sindicato de Estudiantes también apoyan la convocatoria. Para las organizaciones empresariales (CEOE y CEPyME) esta convocatoria es "difícilmente justificable". Antonio Garamendi, presidente de la CEOE, anunció el 8 de octubre en COPE que los servicios jurídicos de la patronal estudian recurrirla.
¿Qué dice la ley sobre el derecho a huelga de los estudiantes?
El Ministerio de Educación, CCOO Enseñanza y el Sindicato de Estudiantes nos remiten al artículo octavo de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (LODE). La norma se refiere al derecho de reunión de "profesores, personal de administración y de servicios, padres de alumnos y alumnos" y señala que, para "facilitar" este derecho, "los centros educativos establecerán, al elaborar sus normas de organización y funcionamiento, las condiciones en las que sus alumnos y alumnas pueden ejercer este derecho".
Según esta misma ley, y "en los términos que establezcan las Administraciones educativas", las "decisiones colectivas que adopte el alumnado" de 3º de ESO en adelante sobre la asistencia a clase que sean resultado del "ejercicio de derecho de reunión" y fueran "comunicadas previamente a la dirección del centro", "no tendrán la consideración de faltas de conducta ni serán objeto de sanción".
A partir de 3º de la ESO, un derecho sin autorización ni sanciones
Una sentencia del Tribunal Supremo del 18 de diciembre de 2014 determina que los alumnos a partir de 3º de la ESO podrán decidir colectivamente la inasistencia a clase sin la autorización de los padres. La sentencia indica que "es incuestionable" que ese artículo (el artículo 8 de la LODE) reconoce un derecho a los alumnos (decisiones colectivas de inasistencia a clase en señal de protesta) y que el ejercicio de ese derecho, tal y como está legalmente configurado, "no queda supeditado a ninguna autorización previa".
CCOO Enseñanza y el Sindicato de Estudiantes subrayan a VerificaRTVE que la Ley Orgánica del Derecho a la Educación "ampara el derecho a huelga" de los estudiantes a partir de 3º de ESO en el segundo párrafo de su artículo octavo. "Este párrafo ampara el derecho a huelga a partir de ese curso, sin que pueda ser objeto de sanción de ningún tipo siempre que se cumplan los requisitos de decisión colectiva e información previa al centro", recalcan desde Comisiones Obreras.
Para el Ministerio de Educación, "el derecho de los alumnos a adoptar decisiones colectivas de inasistencia a clase en señal de protesta está reconocido" en dicho artículo de la LODE. Indican que este apartado "prevé que este derecho se ejercitará en los términos que establezcan las Administraciones educativas, de acuerdo con los requisitos" que menciona el artículo.
A la citada sentencia del Supremo se refiere el Sindicato de Estudiantes cuando indica que "el derecho a huelga puede ejercerse sin excepciones desde 3º de la ESO (incluido), requiriéndose únicamente autorización paterna o materna para los cursos inferiores, por lo que los y las estudiantes de 1º y 2º de la ESO también podrán secundar la huelga con esta autorización". La organización estudiantil reivindica que "nadie tiene que autorizar" el derecho a huelga de los estudiantes, "ni la dirección ni las consejerías". El derecho a huelga es "un derecho único y exclusivo de los y las estudiantes", apuntan. "Tampoco nos pueden poner falta por ejercer nuestro derecho a huelga ni perjudicarnos de ninguna forma", añaden.
Servicios mínimos para quienes no secundan la huelga
Para aquellos alumnos que no se sumen a la huelga y acudan ese día a su centro educativo, se establecen los denominados servicios mínimos. El caso más reciente es el de la huelga indefinida de educación convocada para este 14 de octubre en la Comunidad de Madrid. Esta orden de la Consejería de Educación publicada en el BOCM establece los servicios mínimos para dicha convocatoria de huelga, a pesar de que "tras las negociaciones mantenidas" con los sindicatos, "no se ha alcanzado un acuerdo sobre los servicios mínimos".
Según el documento, se fijan como servicios mínimos en "todos los centros docentes" a "director y jefe de estudios" y , "en defecto de cualquiera de ellos, el secretario del centro docente". En el caso de los "centros educativos con segundo ciclo de Educación Infantil y Primaria, un maestro por cada 50 alumnos o fracción", de modo que si hay 51 alumnos ya serán necesarios dos maestros. Y, "en los centros con Educación Secundaria Obligatoria o Ciclos Formativos de Grado Básico, un profesor más por cada 90 alumnos de estas enseñanzas o fracción". Advierte el documento de que "el incumplimiento de la obligación de atender a los servicios mínimos será sancionado de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable".
Protocolos de distintos centros educativos sobre el derecho a huelga de estudiantes
La LODE indica que son los centros educativos quienes "establecerán, al elaborar sus normas de organización y funcionamiento, las condiciones en las que sus alumnos y alumnas pueden ejercer este derecho" de reunión.
Para ello, hemos consultado los protocolos de varios centros educativos de distintas comunidades autónomas. En sus páginas web hacen referencia al derecho a huelga de sus estudiantes de 3º de ESO en adelante. Este instituto público de Madrid establece que el día de la huelga "desarrollará su actividad académica con normalidad", atendiendo a "consideraciones" como que los alumnos de 1º y 2º de ESO "no tienen derecho a huelga" y "corresponde a las familias verificar la autenticidad de la información que les proporcionen sus hijos y autorizar o no su participación en la huelga de estudiantes". "Todos aquellos alumnos cuyos padres o tutores legales no autoricen a secundar la huelga tienen el derecho de acudir al centro y de que la clase sea impartida con normalidad", aseveran. En la misma línea informan otros institutos públicos madrileños (1, 2).
Este centro educativo de la Región de Murcia declara que "sólo tendrán derecho a huelga los alumnos a partir de 3º de ESO" y que, "para que la falta de asistencia se contabilice como huelga por parte de la Consejería de Educación, el delegado de cada clase deberá entregar en jefatura de estudios un listado con el nombre y la firma de cada alumno de su grupo que desee realizar la huelga". Estas "faltas de asistencia no supondrán falta de conducta ni serán sancionadas en modo alguno", aseguran. Añaden que el día de la huelga "se impartirá docencia de forma habitual".
Este centro de Educación Secundaria de Granada señala que "en ningún caso podrán ejercer este derecho a inasistencia a clase el alumnado de 1º y 2º de ESO, sea cual sea su edad". Y añaden que, "en el caso de que un control o examen estuviera establecido con anterioridad a la convocatoria de inasistencia, el alumnado que no la secunde tendrá derecho a que se le realice dicha prueba, caso de que así lo desee". De la misma forma que "el alumnado que se ausente esos días y presente un justificante, tendrá derecho a que se le repita dicha prueba".
En el caso de este instituto de Valencia, si hay un examen el día de la huelga planificado previamente, o una entrega de trabajos, "o bien los cambia el profesorado implicado, o se aplazan automáticamente para el siguiente día que se tenga clase". Además, establece que "los días de huelga no se pueden programar exámenes excepto para 1º de ESO y 2º de ESO". En la misma línea se pronuncia este otro centro educativo de secundaria valenciano.
El precedente de la huelga general de 2012
En 2012, el Sindicato de Estudiantes se sumó a la huelga general del 14 de noviembre convocada durante el primer gobierno de Mariano Rajoy contra las políticas de austeridad y los recortes del Estado del Bienestar. Era la segunda huelga general en menos de un año que afrontaba Rajoy, después de la del 29 de marzo de 2012. Como contó el Canal 24 horas, el 14 de noviembre de 2012 el 73% de los docentes secundó los paros en la enseñanza pública según los sindicatos, que elevaron al 95% la participación en universidades; mientras que el gobierno central rebajó las cifras al 21% en el caso de los colegios (minuto 02:52).
Ese año también se convocaron tres huelgas educativas que comenzaron el 16 de octubre, cuando el Sindicato de Estudiantes cifró en un 70% el seguimiento de la huelga de los alumnos de Secundaria en los centros educativos públicos de toda España. Según el Telediario de TVE de ese día, las clases siguieron con normalidad en algunos institutos de Madrid y también en otros de Castilla La Mancha y, algunos estudiantes se quejaron porque les habían puesto exámenes "para impedir que secunden el paro" (minuto 00:25).
Fuentes
- Ministerio de Educación
- CCOO
- UGT
- Sindicato de Estudiantes
- CGT
- CEOE
- Antonio Garamendi en la COPE
- Europa Press
- Ley del Derecho a la Educación
- Sentencia del Tribunal Supremo
- BOCM
- IES Cardenal Herrera Oria
- IES Atenea
- IES Carpe Diem
- IES Mar Menor
- IES Albayzín
- IES Alameda Utiel
- IES José Rodrigo Botet
- RTVE