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El Supremo confirma la condena de cuatro años de prisión para el futbolista Santi Mina por abuso sexual

  • Avala la condena la sentencia del TSJA en 2023 y de la Audiencia de Almería en 2022
  • Los hechos ocurrieron en 2017 en una furgoneta estacionada cerca de una discoteca en Mojárcar
El Supremo confirma la condena al futbolista Santi Mina por abuso sexual
Imagen de archivo del futbolista Santi Mina en 2021. EFE/ Salvador Sas
RTVE NOTICIAS

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cuatro años de prisión al futbolista y exjugador del Valencia Santi Mina por abusar sexualmente de una mujer en el verano de 2017.

La Sala de lo Penal ha rechazado el recurso del futbolista contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ratificó la prisión ordenada por la Audiencia de Almería en 2022. No obstante, el TSJA sí que rebajó de 50.000 a 25.000 euros la indemnización a la víctima.

Los hechos ocurrieron hace nueve años en una furgoneta estacionada en las proximidades de una discoteca de Mojácar, Almería, donde pernoctaba y viajaba el jugador con otros amigos. En la denuncia la mujer también acusó al excompañero de Mina en el Celta David Goldar, pero fue absuelto de la acusación de colaboración necesaria.

No ve "ningún elemento" de que el jugador recibiera consentimiento

En su sentencia, el Supremo señala que ”el acusado aprovechó la proximidad, la sorpresa y la situación en que se encontraba la perjudicada para ejecutar dos actos sexuales inconsentidos, interrumpiendo su actuación cuando percibió que la continuación exigiría vencer una oposición mediante la fuerza”.

La Sala deja claro, por tanto, que no existe ningún elemento que permita afirmar que el jugador recibió un consentimiento que, como él alega, interpretó de forma equivocada. “No incorpora dato alguno que refleje que Santiago Mina interpretara erróneamente una manifestación de anuencia, ni permite deducir necesariamente esa falsa representación de las circunstancias declaradas probadas", se apunta en la sentencia.

“Sí puede atenderse, por resultar asumido expresamente por la Audiencia, a que el acusado cesó cuando la perjudicada le pidió que parara. Pero, como ya se ha expuesto, ese hecho acredita el momento en que finalizó la actuación y explica que el Tribunal descartara la utilización de violencia o intimidación; no establece que la mujer hubiera consentido previamente ni que el acusado creyera que lo hacía”, concluyen los magistrados.

Desestima el recurso de la víctima por agresión sexual

La Sala, por otra parte, también ha desestimado el recurso de la víctima, en el que solicitaba, que fuese condenado por un delito de agresión sexual con penetración, y que se le impusiera una pena de ocho años de prisión y, subsidiariamente, a seis años. Sí que consideró probado un delito de abuso sexual.

El Celta de Vigo, último club del jugador, extinguió "unilateralmente" el contrato de Santi Mina, al que le quedaban dos años de vinculación con la entidad gallega en agosto de 2023 cuando el TSJA ratificó la condena de la Audiencia.