Del cubo al recibo: quiénes pagan y cómo se calcula la tasa de basuras
- El cobro por la gestión de residuos genera dudas sobre su aplicación y reclamaciones
- Envíanos consultas al 659 800 555 o a verificartve@rtve.es
La puesta en marcha en abril de la nueva tasa de basuras ha generado dudas entre los usuarios: si es obligatorio el pago, si le corresponde pagarlo al inquilino o al propietario de una vivienda o por qué se aplica en unos municipios y en otros no. También existe debate sobre si esta legislación procede de una obligación europea o la impone el Gobierno. En VerificaRTVE te explicamos por qué pagamos la tasa de gestión de residuos, quién tiene que abonarla y cómo se calcula.
Un mensaje compartido más de 3.000 veces en X asegura que "el tasazo a la basura NO es una imposición de la Comisión Europea" y que es "algo que Teresa Ribera decidió elegir para España". La publicación adjunta una imagen de la portada de un diario digital con el siguiente titular: "Bruselas desmiente a Ribera. La Comisión no obliga al Gobierno a aplicar el tasazo a la basura". Otra publicación compartida más de 2.000 veces en la misma red social dice que "el Ayuntamiento de Madrid reconoce que calculó mal la tasa de basuras, pero se niega a devolver el dinero a los vecinos que lo han pagado, a pesar de que la ley le obliga".
¿Qué es la Tasa de Gestión de Residuos y quién tiene que pagarla?
La Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados para una economía circular establece la obligatoriedad, a partir del 10 de abril de 2025, de implantar una tasa de gestión de residuos para todas las entidades locales, tal y como indica su artículo 11.3. Un documento informativo del Ministerio de Hacienda también señala que la ley “obliga a todos los municipios, incluyendo aquellos con una población de hasta 5.000 habitantes” a aplicar la tasa (pág. 3).
La Directiva 2008/98/CE establece el principio de "quien contamina, paga" (página 1) y obliga a que los Estados miembros de la Unión Europea "tengan planes de gestión de residuos" y que "el requisito de los costes de la eliminación de los residuos recaiga sobre el poseedor de los residuos" o el productor de ellos. Esta directiva tiene el objetivo de que en 2025 al menos el 55% del peso de los residuos municipales generados se recicle y que en 2035 este porcentaje fuese del 65%.
Además, la norma obliga a que la financiación íntegra de la gestión de los residuos recaiga en los individuos o en las empresas, pero hay varias opciones legales para ello. De hecho, algunos municipios lo incluyen en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), como había hecho Madrid hasta abril de 2025.
¿Cuáles son las excepciones, descuentos y bonificaciones?
No todos los ciudadanos están obligados a pagar la tasa de basuras. Existen exenciones y bonificaciones dirigidas a colectivos vulnerables. Por ejemplo, los hogares con renta mínima de Inserción (RMI) o que perciben el Ingreso Mínimo Vital (IMV) están exentos de pagar la tasa de basuras en la Comunidad de Madrid. También existen otras bonificaciones como las reducciones para las familias numerosas o para los propietarios de viviendas vacías, que pueden optar a una tasa fija correspondiente al valor catastral de la vivienda si presentan una solicitud.
En el caso de los alquileres, depende del tipo de contrato. El artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos señala que, si está especificado en el contrato, los tributos que corresponden a la vivienda están a cargo del inquilino. Si el contrato es anterior a la implantación de tasas de basuras, la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid precisa que, con carácter general, sea la propietaria del inmueble la encargada de efectuar el pago. Sin embargo, la situación puede variar en función de lo que precise cada comunidad.
Las empresas están obligadas a abonar la tasa de basura de los establecimientos que posean, aunque también existen bonificaciones para pequeñas empresas, dependiendo del municipio, como es el caso de Madrid, donde puede optar a una reducción del 90% en los locales que no hayan tenido actividad durante más de seis meses en el año anterior al que se solicita la reducción. Para los locales comerciales en el caso de alquiler, la situación es la misma que para los particulares.
¿Cómo se calcula y dónde se paga más?
El cálculo de la cuota depende de la fórmula que los gobiernos municipales hayan dictaminado. En algunos municipios existe una tarifa fija y en otros depende del valor catastral del inmueble, del comportamiento al reciclar o del consumo de agua. Estos son algunos ejemplos:
- En San Sebastián, la cuota se constituye por la suma de una cuota fija y otra variable. La cuota fija, según el Ayuntamiento, se conoce como padrón base y depende del "importe del padrón de la tasa de residuos de vivienda del año anterior" más el porcentaje de incremento, mientras que la variable se calcula según el consumo de agua.
- En Barcelona, la tasa se calcula con el valor catastral del inmueble, con una tarifa anual que se ajusta según el tipo de uso.
- En Cuenca se aplica una tarifa fija anual por vivienda, sin tener en cuenta ni el valor catastral del inmueble ni el número de ocupantes o el comportamiento en el reciclaje.
Según un informe de la OCU, con el cálculo de una vivienda estándar de 95 metros, tres habitantes y un consumo anual de 175 metros cúbicos de agua, las cinco ciudades que más tasas pagarían serían San Sebastián (202 euros); Castellón (193 euros), Madrid (178 euros); Girona (171 euros) y Murcia (170 euros).
En el último año, las ciudades que más han aumentado las tasas son Madrid (43,59%), Cuéllar (35,33%), Ermua (10%) y Vitoria (5,8%). Los municipios con menor porcentaje de incremento en la tasa de basuras en este mismo período son Soria, Alicante, Badajoz y Málaga, debido a que no tienen una tasa de basuras como tal, sino que se encuentra incluido dentro del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
La OCU, tras denunciar públicamente que las tasas establecidas por algunos ayuntamientos no estaban cumpliendo la ley, ha denunciado ante la Comisión Europea la adaptación de la normativa en España, para que la Comisión investigue si no contraviene la Directiva Europea, pues considera que contraviene la premisa: “quien contamina, paga”.
El caso de Madrid
En la capital de España, las medidas tomadas por el Ayuntamiento de Madrid desde septiembre de este año han generado dudas y protestas entre los ciudadanos. El Portal del Contribuyente de Madrid advierte de que esta tasa se cobra "incluso si el servicio no se utiliza". Como el cálculo depende de la fórmula que utilice cada municipio, en Madrid se calculó en 2025 con el valor catastral del inmueble más la tarifa por generación de residuos, que depende del comportamiento de reciclaje que tiene cada barrio de Madrid. Esta fórmula ha hecho que en algunos casos, la tasa fuese elevada. Para ajustarla mejor, el Ayuntamiento ha anunciado que para el cálculo de 2026 añadirá el número de empadronados en el inmueble. También ha declarado que para 2026 permitirá dividir la tasa en nueve, cinco, tres o dos cuotas, con la posibilidad de obtener un 5% de descuento.
Para las personas que consideran que el cálculo realizado en 2025 ha sido injusto y quieren reclamar, el grupo municipal Más Madrid ha creado un formulario gratuito donde cualquier persona puede, sin asistencia legal, presentar una reclamación económico-administrativa.
06/11/2025 15:00 h. RECTIFICACIÓN: Modificamos esta noticia para rectificar los municipios que están obligados a pagar la tasa de basuras. Aclaramos que son todos y no únicamente los que cuentan con una población superior a 5.000 habitantes.