El TC admite el recurso de Turull contra la negativa del Supremo a otorgarle la amnistía por malversación
- La corte de garantías aprecia una "especial trascendencia constitucional" con "consecuencias políticas generales"
- Pese a esto, el Tribunal Constitucional rechaza levantarle la pena de inhabilitación de forma cautelar
El pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite este martes el recurso de amparo presentado por el exconseller y secretario general de Junts, Jordi Turull, contra los autos del Supremo que le denegaron aplicar la ley de amnistía en su condena por malversación. No obstante, sí ha rechazado estudiar con carácter urgente su petición para se le levante la pena de inhabilitación de forma cautelar.
Se une así a los recursos del exvicepresidente del Govern Oriol Junqueras y los exconsellers Dolors Bassa y Raül Romeva, que ya fueron admitidos previamente. Previsiblemente, el siguiente será el expresidente Carles Puigdemont, en caso de que el Tribunal Supremo rechace el incidente de nulidad que su defensa ha presentado como paso previo para acudir al Constitucional.
Igual que Turull, ellos también solicitaron como medida urgente que se les dejara en suspenso la pena de inhabilitación, ya que es la única que queda vigente tras los indultos a las penas de prisión. En el caso del secretario general de Junts, la pena llega hasta 2030.
El TC aprecia "especial trascendencia constitucional"
Jordi Turull basa su recurso de amparo en supuestas vulneraciones del principio de legalidad penal, recogido en el artículo 25.1 de la Constitución, y del derecho a la tutela judicial efectiva, que se contempla en el artículo 24.1 de la misma norma.
La corte de garantías admite el recurso de Turull porque aprecia una "especial trascendencia constitucional", ya que "plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este tribunal" y porque el asunto "pudiera tener unas consecuencias políticas generales".
En concreto, y según ha informado el Constitucional, el recurso impugna los autos de la Sala de lo Penal del Supremo del 1 de julio y 30 de septiembre de 2024, que rechazaron aplicar la Ley Orgánica 1/2024 de amnistía a la pena de inhabilitación absoluta impuesta a Turull por malversación en la sentencia del 'procés'.
El Constitucional no admite la suspensión
Sin embargo, en relación con la petición de suspensión de la pena de inhabilitación, la corte de garantías no ha apreciado la "urgencia excepcional" a la que se refiere el artículo 56.6 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, y que "justificaría su adopción 'inaudita parte'", según ha informado el TC.
Los magistrados han acordado abrir una pieza separada específica para resolver sobre la petición de suspensión solicitada por el ex consejero catalán, dando un plazo de tres días tanto a su defensa como al Ministerio Fiscal para presentar alegaciones al respecto.
La admisión a trámite supone que el Constitucional analizará a fondo si la denegación de la amnistía vulneró derechos fundamentales del condenado, en una decisión que podría sentar un precedente relevante sobre el alcance y aplicación de esta controvertida norma.