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El nuevo impuesto que encarece los vapeadores entra en vigor

  • El impuesto grava todos los líquidos de vapeo, bolsas de nicotina, chicles, inhaladores, pastillas y parches
  • España transpone una directiva europea de 2022 para desincentivar el consumo de vapeadores

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Claves del nuevo impuesto que entra en vigor
Un joven sostiene un vaper ante la cámara GETTY

Desde el 1 de abril de 2025, vapear es más caro en España, por la aplicación de un nuevo impuesto. Esta práctica ha ganado popularidad en los últimos años, especialmente entre los adolescentes. Según la Encuesta Estatal sobre Uso de Drogas en Enseñanzas Secundarias (ESTUDES) en 2023, el 54,6% de los estudiantes de 14 a 18 años han probado los cigarrillos electrónicos. Además, las ventas de productos de tabaco novedoso o calentado alcanzaron los 24 millones de euros ese año.

¿Qué impuesto entra en vigor a partir del 1 de abril de 2025 a los ‘vapers’?

La Ley 7/2024  transpone la directiva europea 2022/2523 y establece un nuevo impuesto con el objetivo de gravar los líquidos utilizados en los cigarrillos electrónicos y equiparar la fiscalidad del vapeo con la del tabaco tradicional, reducir su consumo y alinearse otros países europeos.

Su entrada estaba prevista para el 1 de enero de este año, pero el Real Decreto-ley 9/2024 del 23 de diciembre aplazó su aplicación hasta el 1 de abril, para que los contribuyentes pudieran disponer de un margen de adaptación.

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¿Qué productos están sujetos a este nuevo gravamen?

El impuesto grava todos los líquidos de vapeo, con o sin nicotina, así como bolsas de nicotina, chicles, inhaladores, pastillas y parches cutáneos no considerados medicamentos. Se aplicará en los productos fabricados en España, importados desde fuera de la Unión Europea, introducción desde otros países comunitarios y de venta irregular en el mercado nacional.

El Gobierno equipara así los impuestos de los vapers a los de otros productos relacionados con el tabaco.

¿Cuánto aumentarán los precios?

El tipo impositivo dependerá de la concentración de nicotina y el tipo de producto, por lo que el incremento de precio no será siempre el mismo. La base imponible estará constituida por el volumen, expresado en mililitros, para los líquidos de cigarrillos electrónicos, y por el peso del contenido del producto, en gramos, para las bolsas de nicotina.

  • 0,15 €/ml más IVA para líquidos con menos de 15 mg/ml o sin nicotina
  • 0,20 €/ml más IVA para líquidos con más de 15 mg/ml

Un envase de 100 mililitros con una concentración de 5 mg/ml aumentará su precio en 15 euros. Si el producto contuviera una concentración alta de nicotina, podría ascender el incremento hasta los 20 €. Por su parte, las bolsas y otros productos de nicotina se gravarán con 0,10 €/ml más IVA.

¿Cómo afectará este impuesto a los consumidores y al mercado del vapeo en España?

El impuesto afectará a todas aquellas personas o empresas que fabriquen, almacenen y distribuyan estos productos en Península y Baleares. También, a quienes los importen para venderlos en el territorio. Las gasolineras, supermercados y otros establecimientos de venta de vapers también notarán la aplicación del impuesto.

Los vendedores desde otros países de la UE que comercien con particulares en España y las plataformas que actúen como intermediarias también serán contribuyentes de este impuesto. En consecuencia, se encarecerán estos productos también para los consumidores, lo que podría ser un elemento disuasorio y afectar negativamente a las ventas.

¿Qué objetivos persigue el Gobierno con la implementación de este impuesto?

La venta de los vapeadores está restringida a mayores de 18 años y existen limitaciones específicas para evitar que se promocionen entre menores, independientemente de si tienen nicotina o no.

A partir de ahora, con el nuevo impuesto, España se pone al día respecto a otros países europeos. La iniciativa pretende desincentivar su consumo y equiparar los impuestos que le afectan a los de otros productos relacionados con el tabaco.

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¿Existen exenciones o consideraciones especiales para ciertos productos o consumidores?

El impuesto no se aplicará en Canarias, Ceuta y Melilla ni a productos considerados medicamentos. Además, estarán exentos los viajeros mayores de 17 años con hasta 20 ml de líquidos de vapeo, 200 bolsas de nicotina o 200 gramos de otros productos de nicotina, los envíos ocasionales entre particulares sin intercambio económico —hasta 10 ml de líquidos, 30 bolsas de nicotina o 150 gramos de otros productos de nicotina— y los productos adquiridos en tiendas libres de impuestos con destino al extranjero.

Tampoco tendrán que pagar el impuesto los productos destinados a investigación o control de calidad y las entregas diplomáticas o a organizaciones internacionales.