Enlaces accesibilidad

El Constitucional considera que el Estado debe respetar "un proyecto de fin de vida" digno en su fallo sobre la eutanasia

  • Sostienen que "garantiza a la persona inmersa en un contexto de sufrimiento extremo" un espacio de "autonomía individual"
  • La sentencia recuerda que "la dignidad está reconocida a todas las personas con carácter general"

Por
Pueden solicitar la eutanasia las personas que padezcan una enfermedad "grave e incurable".
Pueden solicitar la eutanasia las personas que padezcan una enfermedad "grave e incurable".

El Tribunal Constitucional considera que el Estado tiene el deber de respetar la "autonomía" de las personas que padecen "un sufrimiento extremo" y que quieren ejecutar "un proyecto de fin de vida" mediante la eutanasia "acorde con su dignidad".

Esta es una de las principales consideraciones que recoge la sentencia, cuyo fallo fue adelantado el pasado día 22 y que se ha hecho pública este jueves. De esta forma, avala íntegramente la ley de la eutanasia y rechaza el recurso de Vox.

La sentencia recuerda que "la dignidad está reconocida a todas las personas con carácter general", pero "cuando el intérprete constitucional trata de concretar su contenido no puede ignorar el hecho obvio de la especificidad de las situaciones trágicas de sufrimiento personal extremo provocadas por enfermedades graves incurables o profundamente incapacitantes".

Por eso, el tribunal deja claro que "no cabe afirmar que estemos ante una conducta genérica de disposición de la propia vida realizada en ejercicio de una mera libertad fáctica, esto es, en una suerte de ámbito libre de Derecho".

"Sino ante una de las decisiones vitales -por más que extrema y fatal- de autodeterminación de la persona protegida por los derechos a la integridad física y moral en conexión con los principios de dignidad y libre desarrollo de la personalidad".

Para el tribunal, se trata de un "derecho de autodeterminación" que "garantiza a la persona inmersa en un contexto de sufrimiento extremo" un espacio de "autonomía individual para trazar y llevar a término un proyecto de fin de vida acorde con su dignidad, de acuerdo con sus propias concepciones y valoraciones acerca del sentido de su existencia".

Rechazan que "la persona que se suicida pierde su dignidad"

Un ámbito de autonomía, precisa, que "el Estado debe respetar y a cuya efectividad debe contribuir, dentro de los límites impuestos por la existencia de otros derechos y bienes asimismo reconocidos por la Constitución". Al mismo tiempo, el Constitucional rechaza "el argumento de los recurrentes de que la persona que se suicida pierde su dignidad y libertad al renunciar a su sustento".

"La decisión libre y consciente de poner fin a la propia vida constituye una expresión de la autonomía personal que le es inherente, sin que sea concebible una comprensión absoluta del derecho a la vida opuesta a la dignidad de la persona que se halla en la situación trágica de sufrimiento".

El TC responde también a Vox cuando destaca que su alternativa frente a la eutanasia pasa por la mejora de los cuidados paliativos. La sentencia señala "los cuidados paliativos no constituyen una alternativa en todas las situaciones de sufrimiento en las que opera el derecho de autodeterminación de la muerte eutanásica".

"No lo son, en particular, en casos de padecimientos graves, crónicos e imposibilitantes en los que no cabe esperar un fallecimiento próximo", añade. Al respecto, el tribunal rechaza la premisa de que los cuidados paliativos permitirían proteger de manera suficiente la dignidad de la persona sin necesidad de llegar a afectar a su vida, una "premisa que no cabe asumir en términos constitucionales".

Además, el Tribunal recuerda que a no les compete "examinar si cabrían otras opciones legislativas", ya que su labor "se circunscribe a analizar si la Ley objeto del presente recurso respeta los límites constitucionales".