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Dos años y un día de prisión para el que difundió en Twitter una foto de la víctima de 'La Manada'

  • También se le condena asimismo a indemnizar a la víctima con 6.000 euros por el daño moral causado
  • El acusado publicó una fotografía en la que aparecía la chica manteniendo relaciones sexuales con un hombre

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Los condenados son Antonio Manuel Guerrero (i) y Alfonso Cabezuelo (c-i).
Los condenados por la violación grupal en Pamplona en 2016 en el caso de 'La Manada'.

El juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona ha condenado a A.Q.S. a dos años y un día de prisión como autor de un delito de revelación de secretos y de un delito contra la integridad moral por publicar en su perfil abierto de Twitter una foto de la joven violada por 'La Manada' en los Sanfermines de 2016.

En la resolución, se le condena asimismo a indemnizar a la denunciante con 6.000 euros por el daño moral causado, así como también a inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a 13 meses de multa con una cuota diaria de 12 euros con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, así como al pago de las costas causadas en ambos delitos incluidas las de la acusación particular.

El juez considera probado que el 6 de diciembre de 2017 el acusado publicó en Twitter una fotografía en la que aparecía el rostro de una mujer manteniendo relaciones sexuales con un hombre acompañada de un texto en el que indicaba: "La chica supuestamente violada por la Manada ha pedido que no se difunda esta imagen porque quizá pensemos que solo era una golfa borracha".

Ese comentario hasta las 17.25 horas del 7 de diciembre fue compartido 16 veces, marcado con un like 13 veces y generó 64 comentarios.

El juez indica que "la mujer que aparecía en la fotografía era la perjudicada en dicho sumario, que en este procedimiento es la denunciante". "El acusado obtuvo tal imagen por algún medio que se ignora y, conociendo a quién correspondía y que procedía del sumario judicial indicado, la publicó", señala.

En el momento de la publicación por el acusado de la fotografía de la denunciante en su cuenta de Twitter, ésta se encontraba abierta, "por lo que cualquier persona, fuera seguidora o no de dicha cuenta, podía acceder a los contenidos que el acusado publicara".

"Con ánimo de divulgar y difundir la imagen de la víctima"

Según el juez, "el acusado utilizó la referida fotografía con ánimo de divulgar y difundir la imagen de la víctima, para lo cual, hizo uso, en el propio post publicado junto a dicha fotografía, del hashtag #LaManada con la finalidad de favorecer la difusión del mensaje".

La sentencia precisa que la fotografía publicada por el ahora condenado era una de las imágenes que se encuentran en el procedimiento ordinario seguido ante la Audiencia Provincial de Navarra, Sección Segunda, y "que la denunciante rehusó visualizar durante su declaración en el acto de juicio dado el daño moral que le habían causado los hechos allí enjuiciados".

El juez indica que "como consecuencia de la publicación de la fotografía, la denunciante se ha visto ridiculizada y avergonzada, y ha sufrido temor de poder ser identificada por terceras personas como la víctima que sufrió la agresión sexual durante las fiestas de San Fermín en 2016 por el grupo conocido como 'La Manada', lo que ha obligado a la denunciante a abandonar sus estudios universitarios, e incluso a marcharse, durante una temporada, a vivir al extranjero".

Según añade, "familiares y conocidos de la denunciante, que no conocían su condición de víctima en ese procedimiento, se enteraron de dicha circunstancia".

La resolución no es firme y es susceptible de recurso de apelación ante ese juzgado dentro de los diez días siguientes a su notificación, cuyo conocimiento corresponderá a la Audiencia Provincial de Navarra. Inicialmente, la querella fue interpuesta por un delito de injurias en Valladolid, cuyos juzgados rechazaron la misma enviándola a Pamplona.