Enlaces accesibilidad

El juez Ruz insiste en que el PP se pudo lucrar de los fondos obtenidos por la trama Gürtel

Por
El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz, que instruye el caso Gürtel, en una imagen de archivo.
El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz en una imagen de archivo.

El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha insistido este miércoles en que el PP se pudo beneficiar "a título lucrativo" de los fondos obtenidos por los exalcaldes de Pozuelo de Alarcón y Majadahonda Jesús Sepúlveda y Guillermo Ortega a través de la trama Gürtel, por lo que "debe responder del beneficio obtenido".

Así lo afirma el juez en un auto notificado este miércoles en el que el juez instructor del caso Gürtel, que cuantificó este lucro en 236.864 euros, rechaza todos los recursos, incluido uno del PP, interpuestos contra su decisión de abrir una pieza separada para facilitar el enjuiciamiento de 45 imputados en esta causa, entre ellos el extesorero Luis Bárcenas, por hechos de la primera época de la trama (1999-2005).

El juez concluye que el PP "ha resultado beneficiado con fondos indiciariamente procedentes de un delito, por lo que debe responder del beneficio obtenido de modo que se neutralice cualquier ventaja generada" por los delitos que pudieron cometer Sepúlveda (exmarido de la ministra Ana Mato) y Ortega y que podrían haber perjudicado a esos ayuntamientos.

Por ese motivo, al abrir el pasado 29 de junio esa pieza separada, Ruz imputó al PP la responsabilidad civil por la trama Gürtel como "partícipe a título lucrativo".

Ocultación al Tribunal de Cuentas

En su recurso, el PP rechazó que el partido deba ostentar "la responsabilidad civil a título lucrativo -puesto que ningún beneficio ha obtenido como consecuencia de los hechos que se investigan-"sino más bien "la de perjudicado" porque "son más evidentes" los perjuicios que ha sufrido "y sigue sufriendo" a causa de las conductas atribuidas a los imputados.

Ruz rechaza a su vez el argumento del PP de que todos sus gastos fueron contabilizados y fiscalizados por el Tribunal de Cuentas y señala que la formación podría haber utilizado "recursos económicos respecto de los que el órgano fiscalizador no pudiera haberse pronunciado debido, precisamente, a su ocultación y falta de consignación en los estados contables correspondientes".

Recuerda en este sentido que precisamente "obran indicios" de la existencia de una supuesta caja B del PP en la pieza en la que se investigan los conocidos como papeles de Bárcenas.

No admite que el PP sea un "perjudicado" por Gürtel

Además, califica de "estéril" la petición de los 'populares' para obtener la condición de perjudicado en el procedimiento porque, tal y como señala la Fiscalía Anticorrupción, esa consideración "en absoluto" se corresponde con las conclusiones de la investigación ni "se fundamenta debidamente por el recurrente, quien omite cualquier referencia a los hechos y delitos que generarían el alegado perjuicio sufrido".

Como ya dijo en el auto recurrido, en la causa existen indicios de que el PP "se habría lucrado con la organización de eventos a su favor y con el mantenimiento y gestión de su oficina electoral en Pozuelo de Alarcón para las elecciones municipales de 2003 sin coste alguno para la formación política" y que fueron sufragados a través de la trama Gürtel "en beneficio del partido".

Ruz rechaza otra docena de recursos

Además del recurso del PP, el juez rechaza en este mismo auto los interpuestos por doce imputados: Pablo Crespo (considerado número dos de la trama), Alfonso García-Pozuelo (expropietario de Constructora Hispánica), Antonio Martín, Alicia Mínguez, Antonio Villaverde, Javier Nombela, Pablo Ignacio Gallo-Alcántara, Inmaculada Mostaza, Carlos Ignacio Hernández, Luis de Miguel, Felisa Isabel Jordán y María del Mar Rodríguez Alonso.

En contestación al resto de recursos, Ruz justifica la apertura de esta pieza separada argumentando que su finalidad es la de seguir "una serie de criterios de ordenación procesal" dirigidos a permitir un "pronto enjuiciamiento de parte de los hechos" investigados en la causa, teniendo en cuenta además que se trata de una causa con preso (Bárcenas está en prisión desde el 27 de junio de 2013).

De este modo, combate el argumento que todos ellos hicieron "al carácter inescindible de la causa" reprochando al juez que la hubiera desmembrado.

En esta parte del procedimiento se persiguen los actos delictivos que se produjeron en la Comunidad de Madrid, Castilla y León y el Ayuntamiento de Estepona (Málaga) entre los años 1999 y 2005. Ruz excluyó las operaciones en los Ayuntamientos de Boadilla del Monte, Arganda del Rey y Alcalá de Henares porque las actividades se prolongaron después de este periodo.