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El Supremo decidirá sobre el recurso de Camps en un plazo de entre ocho meses y un año

  • El TS tiene hasta un año de plazo para responder al recurso de la Fiscalía
  • Debe decidir sobre el sobreseimiento de la rama valenciana del 'caso Gürtel'

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El presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Juan Saavedra Ruiz, afirmó hoy que el alto tribunal adoptará una decisión sobre el recurso de casación presentado por la Fiscalía contra el sobreseimiento de la rama valenciana del 'caso Gürtel',"en un plazo de entre ocho meses y un año".

Saavedra, tras participar en los cursos de verano organizados por la Universidad Complutense en El Escorial, ha explicado en declaraciones a los periodistas que el recurso interpuesto por la Fiscalía es "ordinario", por lo que "lleva todos los trámites previstos" en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Estos trámites consisten en que primero hay que "formalizar las causas, luego trasladarlas al fiscal o a las demás partes, a continuación la instruye el ponente y finalmente ya queda pendiente de señalamiento para vista o para deliberación".

Así se refería a los recursos que han anunciado la Fiscalía Anticorrupción y el Partido Socialista de Valencia contra el archivo de la causa contra el presidente de la Generalitat, Francisco Camps, por parte del Tribunal Superior de Justicia de Valencia.

Antes de participar en el curso "Materiales para la reforma de la Justicia, Saavedra ha considerado también que la existencia de un voto particular incluido en el auto del Tribunal Superior de Justicia de Valencia que ha archivado la causa contra el presidente de la Generalitat, Francisco Camps, no influirá en la decisión del TS sobre los recursos.

Saavedra ha descartado que la existencia de dicho voto particular pueda facilitar que el recurso fructifique, ya que, según ha afirmado, "las sentencias son sentencias de la sala, y los votos particulares no afectan al tribunal que ve el recurso".

Por otra parte, ha explicado que contra el archivo de caso sólo cabe la presentación de recurso "por un motivo, que es infracción de ley".

Según ha dicho, la única razón, fundamento o motivo por la que se puede interponer un recurso ante el TS contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de Valencia es "que los hechos puedan o no puedan ser subsumibles en el delito de cohecho".

El recurso que los socialistas valencianos han anunciado contra el archivo de la causa se basa en lo que considera una interpretación errónea del Código Penal, que tipifica el cohecho pasivo.

Sobre la posibilidad de que pueda abordarse una reforma del Código Penal para revisar este delito, Saavedra ha señalado que "a la sala segunda del TS, lo que le corresponde es estimar si unos hechos pueden ser o no subsumibles en el delito de cohecho, pero no revisar la figura delictiva como tal".

Además, Saavedra ha expresado su confianza en que la división del caso en varios tribunales no supondrá un problema: "yo hasta ahora no puedo decirle si esto supone un riesgo para la continencia de la causa, es decir, para que después pueda haber sentencias contradictorias".

"En el momento actual creo que los hechos, tal como están en este momento los distintos procedimientos que se siguen, pueden seguirse independientemente. Más adelante, pues ya veremos", ha concluido.