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Los jueces no podrán opinar en los medios sobre las causas que estén abiertas

  • Es una de las novedades de la Ley Orgánica del Poder Judicial
  • Podrán hacer comentarios técnicos y científicos en revistas especializadas
  • Jueces para la Democracia: "Restringe el derecho de asociación y expresión"
  • Las causas de la Audiencia Nacional las instruirán tres jueces, no uno

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Los jueces y magistrados no podrán verter opiniones de ningún tipo en los medios de comunicación sobre los procedimientos judiciales que se encuentren abiertos, es decir, desde el inicio de la instrucción hasta el fallo de la sentencia.

De este modo, el anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) permite al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)  ordenar a un medio de comunicación, un político u otro juez que deje  de informar o hablar sobre el trabajo de un magistrado que sienta  "perturbada" su independencia judicial. En caso de no ser atendido, el  propio juez podrá presentar una denuncia por un delito contra la  Administración de Justicia, previsto y penado en el apartado 1 del artículo 464 del Código Penal.

Fuentes del Ministerio de Justicia han precisado que los jueces no podrán realizar comentarios en los medios ni sobre las causas en las que estén implicados -ya sea en su fase de instrucción o juicio oral- ni sobre las que lleven otros magistrados.

Con esta medida, se pretende no perturbar a otros jueces así como no afectar a la independencia judicial de los magistrados, han precisado las fuentes.

El anteproyecto presentado por el ministro de Justicia persigue así  acabar con los jueces 'estrella' y también busca fortalecer el amparo de  los magistrados que sientan perturbada su independencia judicial.

Solo comentarios técnicos y científicos en revistas especializadas

Esta prohibición solo tiene como excepción los comentarios técnicos y estudios jurídicos que se publiquen en revistas científicas y especializadas.

"Los Jueces y las Asociaciones judiciales se abstendrán de hacer valoraciones de actualidad en los medios de comunicación sobre los asuntos pendientes ante los Tribunales y sobre las resoluciones judiciales, si bien aquellos podrán hacer comentarios de índole doctrinal o científica en publicaciones o foros especializados", señala el artículo 49.2 del articulado.

En rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, el ministro Alberto Ruiz-Gallardón ha abogado por que los magistrados no puedan realizar "valoraciones de actualidad sobre asuntos pendientes y resoluciones judiciales".

"El juez no debe contaminarse al poder ejercer su función jurisdiccional introduciéndose en un debate ajeno que es competencia de otros poderes del Estado", ha explicado.

La prohibición no solo afecta a los jueces sino que también se extiende a las asociaciones judiciales, algunas de las cuales ya han mostrado su rechazo a esta medida.

En declaraciones a Efe, el portavoz de la asociación judicial Jueces para la Democracia (JpD), Joaquim Bosch, ha censurado que se pretenda "prohibir opinar a jueces y asociaciones judiciales".  "Es una restricción del derecho de asociación y del derecho de expresión", ha valorado.

Tres jueces instruirán cada causa en la Audiencia Nacional

El anteproyecto de reforma del Poder Judicial  pretende también que las instrucciones de cualquier causa que realice la  Audiencia Nacional sean llevadas a cabo a la vez por tres jueces en  lugar de solo por uno, como ocurre ahora en todos los casos.

De esta forma, ya no será solo un juez central de instrucción el que  investigaría cada caso de terrorismo, corrupción o delincuencia  económica que instruye este tribunal -como por ejemplo, el caso Gürtel, el caso Bárcenas  o una causa por terrorismo como la del etarra Bolinaga-, sino que la  investigación judicial será llevada a cabo por tres magistrados.

Con esta medida, según ha explicado el ministro de Justicia, Alberto  Ruiz-Gallardón, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, se pretende elevar el "umbral de garantías",  "diluir la presión sobre el juez único favoreciendo la corresponsabilidad" y "promover la agilización del proceso".

Gallardón reorganiza la Audiencia Nacional

El anteproyecto reorganiza el diseño de la Audiencia Nacional, no prevé aumentar la plantilla judicial e introduce exámenes psicológicos para detectar si los aspirantes sufren trastornos psicológicos, de personalidad o de conducta.

Los juzgados centrales de instrucción se integrarán en una sala compuesta por secciones de tres magistrados y otras secciones de enjuiciamiento, mientras que los recursos se plantearán en una sala superior.

No prevé aumentar la plantilla judicial y se someterá a los jueces a pruebas psicológicas

Esta norma crea los mimbres de la nueva organización judicial y será la futura Ley de Demarcación y Planta la encargada de desarrollar la estructura y de regular las plazas necesarias. Según fuentes del Ministerio de Justicia, esta ley de Demarcación podría entrar en vigor dos años después de la aprobación de la LOPJ.

El texto contempla que la Sala Penal de Instancia de la Audiencia Nacional se integre por una o varias secciones colegiadas formadas por tres o más togados y por unidades judiciales. En esa Sala, existirán una o más secciones de garantías de la instrucción y de enjuiciamiento.

Podrán existir unidades judiciales de enjuiciamiento, de menores y de ejecución de penas y medidas de seguridad. Estas unidades se denominarán Juez de Enjuiciamiento Penal, Juez de Menores y Juez de Ejecución de penas y medidas de seguridad.

Un examen psicológico que "no controlará ideologías"

Gallardón propone también someter a los aspirantes a jueces y fiscales a " un examen de aptitud psicológica" para evitar que "personas inidóneas se integren en la judicatura".

"Se toman, sin embargo, las debidas precauciones a fin de que dicho examen psicológico no pueda ser subrepticiamente utilizado para controlar creencias o ideologías", recoge.

"Una vez superada la oposición y el curso de selección en la Escuela Judicial, los alumnos se someterán a una prueba psicotécnica con la exclusiva finalidad de permitir la detección de trastornos psicológicos, de la personalidad o de la conducta que les incapaciten para el ejercicio de la función jurisdiccional", expone el texto, que amplía esta prueba a quienes quieran ingresar en la Carrera Fiscal.