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Preguntas y respuestas: copago farmacéutico

  • Este domingo, 1 de julio, entra en vigor el nuevo copago farmacéutico
  • Resuelve a continuación tus dudas sobre la norma anunciada por Mato
  • Los pensionistas pagarán y los parados sin prestación quedan exentos

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Este domingo, 1 de julio de 2012, entra en vigor el nuevo copago farmacéutico anunciado en abril por la ministra de Sanidad, Ana Mato, y que acordó con las comunidades autónomas en la reunión del Consejo Interterritorial de Salud, celebrado entonces. Resuelve a continuación todas tus dudas:

¿Cuándo y dónde entra en vigor el nuevo copago en los medicamentos?

  • El 1 de julio, entra en vigor en toda España. Hay comunidades que no están de acuerdo, como el País Vasco, cuyo consejero de Sanidad, Rafael Bengoa, ha afirmado que no aplicará el copago en solidaridad con los ciudadanos. Tampoco Andalucía apoya la medida, aunque sí la llevará a cabo en los plazos previstos, según ha confirmado su Consejería de Sanidad a RTVE.es.

¿A quién afecta y cuánto más tiene que pagar?

  • Los pensionistas, hasta ahora exentos, deben pagar hasta el 10% de las medicinas que consuman con un máximo de 8 euros mensuales para las rentas por debajo de 18.000 euros al año, y de 18 euros para las que superen esa cantidad, mientras que las medicinas serán gratuitas para aquellos que cobren las pensiones más bajas, las no contributivas (esto último se mantiene como hasta ahora). Los jubilados que ingresen más de 100.000 euros pagarán el 60% con un limite de 60 euros.
  • Los trabajadores con rentas inferiores a 18.000 seguirán pagando el 40%, como hasta ahora, un porcentaje que sube hasta el 50% en rentas entre 18.000 y 100.000 euros, y hasta el 60% para rentas más elevadas.
  • Los parados que no cobren subsdio se verán beneficiados con la medida, pues a partir de ahora pasan del 40% a no pagar nada por el medicamento.
  • Estarán también exentos de la aportación las personas que cobren rentas de integración social, los afectados por el síndrome tóxico, las personas con discapacidad "en los supuestos contemplados en su normativa específica" y "los tratamientos derivados de accidentes de trabajo y enfermedad profesional".

¿Cómo se identifica a pensionistas, parados o trabajadores?

  • Los centros de salud, que poseen los datos fiscales de los pacientes, expedirán las recetas con un código TSI, una etiqueta que refleja el porcentaje que le corresponde pagar al paciente. Cuando el código sea 'DES' (desconocido), los trabajadores tendrán que abonar el 40% del precio, como se hacía antes; y los pensionistas, antes exentos, el 10% del total.

¿Con qué datos calculan el porcentaje que debe pagar cada persona?

  • Para calcular la renta del usuario (sea trabajador o jubilado) se tendrá  en cuenta la cantidad consignada en la casilla de base liquidable  general y de ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las  Personas Fisicas (IRPF). Los porcentajes de copago son para los  trabajadores y jubilados y los beneficiarios que estén con ellos en sus  tarjetas sanitarias. Ahora los han calculado con la Renta de 2010, pero en cuanto concluya el Ejercicio de la Renta de 2011 volverán a actualizarlos todos, según ha explicado a RTVE.es el presidente de Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles (FEFE), Fernando Redondo. Este proceso será mucho más sencillo para quienes cuenten con tarjeta sanitaria electrónica.

¿Si pago de más, cuándo me devuelven el dinero?

  • Sanidad asegura que lo devolverá en un plazo de tres a seis meses. Con la tarjeta electrónica serán más precisos los datos del usuario y no tendrán que adelantar el dinero. El importe reembolsado se ingresará en la cuenta bancaria del usuario.

¿Tiene esto relación con dejar de financiar medicamentos?

¿Puede un gobierno autonómico modificar la norma?

  • El País Vasco lo ha hecho y el ministerio de Sanidad, preguntado por RTVE.es, declina hacer cualquier comentario al respecto sobre si es legal o no. En Euskadi los trabajadores seguirán pagando el 40% y los pensionistas quedan exentos. Además han incluido en este grupo a los parados sin retribución. "No es que no se cumpla -la norma-, sino que tenemos suficiencia financiera y autonómica para mejorar los mínimos que establece el Ministerio", ha señalado la Consejería de Sanidad a RTVE.es. Los ciudadanos con tarjeta sanitaria vasca que compren medicamentos fuera de su región podrán solicitar al Gobierno autonómico el reembolso de su dinero.
  • Los pensionistas catalanes que deben abonar el 10% del importe de los fármacos diferirán el pago hasta octubre, cuando el sistema informático ya garantice cuál es el tope que les corresponde abonar por renta, según anunción el viernes el director del Servicio Catalán de la Salud, Josep María Padrosa.

¿La nueva tarifa se aplica a recetas expedidas antes del 1 de julio?

  • No, a esas recetas se le aplicará el porcentaje anterior, según confirma Sanidad a RTVE.es.

Tabla de los nuevos porcentaje del copágo

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                       
Pago de medicamentos
A partir de ahoraHasta ahora
Trabajadores con una renta inferior a 18.000 euros al año*40%40%
Trabajadores con una renta de entre 18.000 y 100.000 euros al año50%40%
Trabajadores con una renta superior a 100.000 euros60%40%
Jubilados con una pensión contributiva inferior a 18.000 euros al año10% con un máximo de 8 euros al mes0%
Jubilados con una pensión contributiva de entre 18.000 y 100.000 euros al año10% con un máximo de 18 euros al mes0%
Jubilados con una pensión contributiva de más de 100.000 euros al año60% con un límite de 60 euros al més0%
Pensiones no contributivas**0%0%
Parados que no cobren subsidio de desempleo0%40%
Mutualistas y clases pasivas (funcionarios del Estado, Fuerzas Armadas...)30%30%
Trabajadores o pensionistas de mutua pública 30% (un 10% los crónicos)

Fuente: Real Decreto-ley 16/2012 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones y Ministerio de Sanidad.