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El Supremo mantiene la condena a Messi por delito fiscal

  • El tribunal ratifica la pena de 21 meses de cárcel y rebaja a 15 la de su padre
  • Seguramente, el jugador del Barça podrá seguir en libertad

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El Supremo mantiene la condena a Messi por delito fiscal

El Supremo ha confirmado la condena a 21 meses de cárcel por delito fiscal que la Audiencia de Barcelona impuso al jugador del F.C.Barcelona Lionel Messi, mientras que la condena de su padre la rebaja a 15 meses.

La Sala de lo Penal considera al futbolista Messi y a su padre Jorge culpables de tres delitos contra la Hacienda Pública por haber defraudado 4,1 millones de euros obtenidos de la explotación de sus derechos de imagen. Los delitos fueron cometidos entre 2007 y 2009 mediante un entramado de sociedades interpuestas.

Además de la pena a prisión, la condena incluye multas de 2 millones de euros al futbolista y de 1,4 millones de euros a su padre (es decir, rebaja en unos 100.000 euros esta última).

La rebaja a Jorge Messi obedece a que devolvió a Hacienda parte del dinero defraudado. Esta atenuante ya fue aplicada al futbolista por la Audiencia de Barcelona, y ahora el Supremo señala que también debe ser aplicada al padre, castigado como cooperador necesario.

La sentencia no implicará el ingreso de los Messi en prisión con casi total seguridad, ya que habitualmente el internamiento en la cárcel, cuando se trata de condenas inferiores a los dos años, es suspendido por parte del tribunal que firma la sentencia, mientras no se incurra en otros delitos.

Ahora bien, la última palabra al respecto será de la Audiencia de Barcelona, el tribunal firmante de la sentencia que ahora ha revisado el Supremo.

Los asesores, de rositas

La leve rebaja del castigo impuesto a Jorge Messi (cuyo recurso acepta parcialmente el alto tribunal) es el único aspecto de la sentencia de primera instancia que modifica el alto tribunal, aunque su fallo también cuestiona que no haya habido acusación contra los asesores fiscales.

En su dictamen, el Supremo responde a las muy diversas cuestiones planteadas por los abogados de los Messi. Por ejemplo, rechaza su queja respecto a haber sufrido un juicio paralelo en los medios y niega que actuara de modo ignorante con esta sentencia: "No estamos ante un caso de error invencible en el conocimiento de la norma, sino ante la inteligencia que busca anular las dificultades que el desconocimiento de ésta suponía para lograr el objetivo de burlarla".

Ya la Audiencia de Barcelona recriminó a Messi que optara por una "ignorancia deliberada" sobre la gestión de sus ingresos por derechos de imagen, creando un entramado societario que no era "claro y nítido".

A dicho entramado se refiere también el Supremo en respuesta al recurso de Messi, a quien recuerda que ese tipo de estructuras "plasman los más típicos mecanismos de los defraudadores fiscales".

Crear sujetos pasivos interpuestos entre el defraudador y Hacienda y ubicarlos en países diversos que dificultan el seguimiento del dinero es "un paso más para incrementar el poder de la artimaña", dice el Supremo.

El fallo se produce con dos votos particulares de magistrados que, aunque están de acuerdo con la condena, defienden que debieron castigarse los tres delitos como uno solo continuado, criterio técnico que en la práctica, en cualquier caso, no hubiera supuesto una variación sustancial de la pena.