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Juicio y veredicto del crimen de Manuela Chavero: las claves del caso

  • El único acusado es Eugenio Delgado, un vecino de la mujer, para el que piden prisión permanente revisable
  • El jurado popular lo ha considerado culpable de asesinato y de agresión sexual

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El jurado popular declara al culpable del crimen de Manuela Chavero

El juicio por la desaparición y muerte de Manuela Chavero, de 42 años, en julio de 2016 en Monesterio (Badajoz) ha quedado visto para sentencia después del veredicto exprés del jurado popular, que ha considerado culpable de asesinato y de agresión sexual al único acusado del crimen, Eugenio Delgado, quien permanece en prisión provisional desde septiembre de 2020, cuando fue detenido por la UCO de la Guardia Civil acusado del asesinato de la mujer.

¿Quién es Manuela Chavero?

Manuela Chavero era una vecina del municipio pacense de Monesterio, que desapareció sin dejar rastro la madrugada del 5 de julio de 2016. Salió de casa dejando las luces encendidas y la televisión puesta, pero sin documentación y sin el móvil, que quedaron en el interior de la vivienda, por lo que los investigadores siempre creyeron que salió con alguien conocido y que tenía intención de regresar en pocos minutos.

Chavero estaba divorciada y tenía dos hijos de 14 y 6 años, que se encontraban con su padre en ese momento. Su cadáver no fue hallado hasta cuatro años después de su desaparición, en septiembre de 2020, cuando fue detenido Eugenio Delgado, que fue quien condujo a la Guardia Civil hasta el cadáver, que había enterrado en una finca de su propiedad.

En cuanto al relato de los hechos, según la Fiscalía, alrededor de las 2:15 horas del 5 de julio de 2016, el acusado condujo a Manuela Chavero hasta su vivienda con la excusa de que debía devolverle una cuna que le había prestado. Una vez en el interior, y sin el consentimiento de la víctima, la abordó sexualmente y la agredió hasta darle muerte. Después llevó el cadáver a su finca, donde lo enterró desnudo, solo tapado con una sábana y un albornoz.

Los forenses que analizaron los restos óseos de Manuela Chavero hallados cuatro años después de su desaparición aseguran que la mujer presentaba lesiones en la cara, provocadas por al menos "cuatro golpes", que tuvieron como consecuencia la fractura de la nariz, de cinco dientes y de las órbitas de los ojos, así como también tenía cinco costillas rotas. Asimismo sostienen que todas las lesiones se produjeron "antemortem o en el momento de la muerte", y no a posteriori, como dijo el acusado. Además, apuntan a que se produjo asfixia, porque "posiblemente fuera estrangulada".

¿Quién es Eugenio Delgado, el único acusado en el juicio ?

Eugenio Delgado tenía 23 años en el momento de los hechos, y era un conocido de la víctima. Sus padres tenían una casa en la calle Cerezo, a pocos metros de la de Manuela Chavero, pero en la que no residía nadie.

Delgado explicó que el 5 de julio de 2016, cuando fue a esa vivienda a llevar pescado que traía de Huelva y que no le cabía en su residencia habitual, vio que Manuela Chavero estaba en su casa y le propuso que fuera a recoger una cuna que le había prestado para unos amigos. Una vez que entró en la casa de Delgado, la mujer ya nunca más salió con vida.

El único acusado del crimen incurrió en contradicciones en sus distintas declaraciones ante la Guardia Civil durante la investigación del caso sobre lo que hizo la noche del crimen. No obstante, siempre aseguró que la muerte de Manuela Chavero se produjo de manera "accidental". Delgado explicó que la víctima andaba de espalda portando la cuna, cuando tropezó, cayó contra el suelo y quedó inmóvil. Dijo también que no comprobó si tenía pulso o respiraba, pero que intuyó que estaba muerta porque había sangre "en la zona de la cabeza" y "no se movía".

Explicó que, a continuación, envolvió el cadáver con una sábana vieja y le puso un albornoz, lo portó en brazos hasta el maletero del coche y se dirigió a una fincha que tenía en el extrarradio del municipio. Allí , con ayuda de la pala de un tractor, la transportó al lugar donde la enterró. Según su explicación, desnudó a la víctima para que ningún animal sacara a la mujer de su enterramiento y quemó su ropa.

Claves juicio Manuela Chavero: El acusado Eugenio Delgado, en la Audiencia Provincial de Badajoz

El acusado Eugenio Delgado, durante el juicio por el crimen de Manuela Chavero en la Audiencia Provincial de Badajoz. Andrés Rodríguez / Europa Press

Todas las pesquisas se fueron centrando en él, tras descartar al exmarido y a la que era su pareja en ese momento, por sus contradicciones y por la factura de la luz de la casa de los padres de Delgado, que indicaba que había habido una conexión eléctrica sobre la misma ahora en la que desapareció Chavero. Tras cometer pequeños hurtos, la policía logró autorización judicial para intervenir su móvil y tras varias conversaciones interceptadas en las que habló con su madre y un abogado penalista, los investigadores decidieron arrestarle. Solo entonces, Delgado indicó a la Guardia Civil donde tenía escondido el cadáver de su vecina.

Según el perfil criminológico elaborado a partir de testimonios del entorno del acusado, así como de los mensajes de móvil, que intercambió con prostitutas, en los que solicitaba prácticas "agresivas o violentas", Delgado "cumple los criterios diagnósticos de sadismo sexual".

El veredicto del jurado

Tras cuatro sesiones de juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz, en el que han declarado más de una veintena de testigos y unos 60 peritos, y después de siete horas de deliberación, el jurado ha declarado por unanimidad que los hechos son "son constitutivos de un delito de agresión sexual", ya que "no hay otro móvil posible", así como de un "delito de asesinato", en el que además "concurren alevosía y ensañamiento", ya que el acusado "se asegura que Manuela no pudiera defenderse y aumentó deliberadamente su dolor, con las múltiples fracturas que presenta". 

Por otra parte, el jurado, formado por seis hombres y tres mujeres, rechaza que los hechos sean constitutivos de un delito de homicidio, ya que consideran que la muerte de Chavero no se produjo de forma accidental, sino que Delgado condujo a su casa a la víctima "con excusas, sabiendo que estaba sola, por lo que necesitaba una mínima programación". Así, sostienen que "todo lo que ha pasado ha sido buscado, programado y querido por el acusado, sin ser nada fortuito". 

Asimismo el jurado considera que Delgado dio muerte a Chavero para impedir que "se descubriese la agresión sexual" cometida. También cree que hubo asesinato pues "concurren alevosía y ensañamiento", pues señalan que la mujer no pudo defenderse "con el aumento deliberado de su dolor” a tenor "de las múltiples fracturas que presentó". Además, subrayan que los hechos ocurrieron en "una habitación interior, con una ventana que daba a su propio patio", y que, por tanto, "hacía imposible la defensa de Manuela".

¿A qué pena se enfrenta?

Tanto la Fiscalía, como la acusación particular, que representa a la familia de Chavero, solicitan para Delgado la prisión permanente revisable por el delito de asesinato subsiguiente a un delito contra la libertad sexual. Además, los familiares reclaman el pago de una indemnización de un millón de euros en su conjunto. La Fiscalía rebaja ese importe a 700.000 euros.

Asimismo el Ministerio Fiscal ha añadido el de delito de agresión sexual con violación con "violencia de extrema gravedad" para el que pide 15 años más de cárcel. Además, pide que no se aplique al acusado "ningún beneficio penitenciario en cuanto a la clasificación en tercer grado hasta el cumplimiento de la mitad de la pena", pues considera que hay "un peligro enorme de reiteración delictiva".

¿Qué significa la prisión permanente revisable?

La prisión permanente revisable es la mayor condena de pena privativa de la libertad que contempla el Código Penal de España. Se aplica para delitos de especial gravedad o con un gran reproche social. Este tipo de pena está vigente desde 2015 y hasta el momento se ha aplicado solo a casos de asesinato con agravantes, algunos muy mediáticos, como el crimen de Diana Quer, el niño Gabriel Cruz.

La lista de supuestos en los que se aplica es cerrada: cuando la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de edad, enfermedad o discapacidad, el asesinato cometido tras un delito contra la libertad sexual, en los asesinatos múltiples, en los cometidos por miembros de una organización criminal o terrorista, homicidio contra la Corona o de un un jefe de Estado extranjero en suelo nacional o de otra persona internacionalmente protegida por un Tratado, y en delitos de genocidio o crímenes de lesa humanidad.