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Los padres tendrán derecho al permiso de lactancia aunque la madre no trabaje

  • Lo establece un acuerdo de Hacienda para los empleados públicos
  • Podría extenderse al resto de los trabajadores, según el sindicato CSI-F
  • Padre y madre no podrán disfrutar de este derecho de forma simultánea

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Los empleados públicos que sean padres podrán disfrutar del permiso de lactancia en pleno derecho, con independencia de que la mujer trabaje o no, gracias a un acuerdo adoptado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en el que se dictan una serie de criterios de interpretación con el fin de que resolver las dudas que se generen al respecto.

En el acuerdo, dado a conocer por el sindicato CSI-F, Hacienda también reconoce que los criterios serían trasladables al Estatuto de los Trabajadores por lo que no sólo los empleados públicos sino el conjunto de los trabajadores podrían beneficiarse en un futuro de este "acuerdo histórico" que, a juicio del sindicato, marca "un antes y un después en el ámbito de la igualdad de género y en el derecho administrativo".

De este modo, el acuerdo, firmado el pasado 19 de julio, establece los criterios para interpretar el Estatuto Básico del Empleado Público cuando los hombres reclamen el disfrute de este derecho.

Así, establece que el permiso de lactancia "puede ser ejercido indistintamente por el funcionario o la funcionaria" aunque, no obstante, especifica que "solo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en el caso de que ambos trabajen". 

Además, señala que el permiso de lactancia "es único para cada hijo y solo uno de los progenitores puede disfrutar de la totalidad del permiso, sin que quepa su disfrute simultáneo o compartido".

Asimismo, indica que el permiso de lactancia es "un tiempo de cuidado destinado a la alimentación y cuidado del menor que se podrá disfrutar únicamente a partir de la finalización del permiso por parto, o una vez que, desde el nacimiento del menor, haya transcurrido un tiempo equivalente al que comprende el permiso por parto".

Se disfruta como reducción de jornada o como permiso acumulado

También explica que el permiso de lactancia "podrá disfrutarse, en los términos y con la duración máxima prevista en el citado precepto, bien como una reducción diaria de la jornada, bien como un permiso que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente".

En el caso en que se acumule en jornadas completas, prosigue el texto, el permiso resultante tendrá siempre la misma duración máxima con independencia de que sea disfrutado por el funcionario o la funcionaria.

Excepcionalmente, atendiendo a circunstancias debidamente acreditadas de necesidades del cuidado del menor, se podrá conceder dicho permiso en un momento posterior a la finalización del permiso por parto, únicamente por el tiempo que reste hasta el cumplimiento de los doce meses de vida del menor, según concluye el acuerdo.

El pasado mes de febrero, CSI-F logró puntualmente que se diera la razón a un funcionario de prisiones (A.M.R.S) en la cárcel de Herrera de la Mancha, padre reciente de mellizos, al que inicialmente se le denegó su derecho al permiso de lactancia.

A raíz de este caso, la petición se extendió a ámbitos como la Guardia Civil y este verano, el sindicato, en colaboración con la Asociación Unificada de Guardias Civiles también logró que el Instituto Armado reconociera el permiso a un agente del cuerpo.