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La Fiscalía cree que la acusación a Garzón por el franquismo "carece de legitimación procesal"

  • Pide el archivo de la causa porque los hecho "no son constitutivos de delito"
  • El juez Varela ya rechazó sobreseer el caso

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El Fiscal del Supremo cree que no hay motivos para juzgar a Garzón por investigar el Franquismo

La Fiscalía del Tribunal Supremo (TS) ha pedido este jueves el archivo de la causa contra el juez Baltasar Garzón por  supuesto  delito de prevaricación  al abrir una investigación sobre las desapariciones durante la Guerra Civil y el franquismo al considerar que las acusaciones populares "carecen de legitimación procesal" para sentarle en el banquillo.

Así consta en el escrito remitido por el fiscal al magistrado instructor de la causa, Luciano Varela, en el que ha insistido además en que los hechos por los que se investiga al juez de la Audiencia Nacional "no son constitutivos de delito".

El pasado 7 de abril, el magistrado del TS consideró que "ha lugar a proceder contra don Baltasar Garzón" porque, según argumentó en su auto, ignoró la Ley de Amnistía al investigar las desapariciones durante el franquismo.

El auto del Juez Varela

Varela ya rechazó el pasado 4 de febrero sobreseer la causa al entender que en la actuación del juez concurren todos los elementos del delito de prevaricación del artículo 446.3 del Código Penal, castigado "con la pena de multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez a veinte años".

También sostuvo que no era necesaria la práctica de más pruebas para esclarecer los hechos -que fueron denunciados por el sindicato ultraderechista Manos Limpias, la asociación Libertad e Identidad y Falange Española de las JONS- y denegó todas las solicitadas por Garzón.

Sin embargo, además de creer que el juez no ha incurrido en dicho delito, la Fiscalía argumenta que el "fundamento jurídico de la acción popular no puede buscarse, ni encontrarse, en un principio de desconfianza hacia el Ministerio Fiscal".

La acusación popular, prosigue, "sólo podrá ejercitarse en los procesos que la ley determine" y añade que la legislación, "ha querido excluirla de la capacidad de provocar, por sí misma, y en solitario", la apertura de juicio oral.

"Opinar lo contrario sería tanto como afirmar que la acusación popular cuenta con mayores facultades procesales, como lo es sin duda instar de forma autónoma la apertura de juicio oral por el mero hecho de no personarse una acusación particular" y más aún cuando el Ministerio Público se opone a ello.

De esta forma, recuerda que la diferencia entre acusación particular y popular "no es caprichosa", ya que en la primera la acción penal la ejerce el "ofendido o perjudicado", mientras que la segunda "persigue simplemente la protección de un interés social, legítimo sí, pero también difuso", concluye.

Nuevo escrito de Manos Limpias

El sindicato ultraderechista Manos Limpias ha registrado durante la mañana del jueves  en el Tribunal Supremo su nuevo escrito, en el que han subsanado los varios "defectos formales", tales como incluir hechos ajenos a los que constituyen el objeto del proceso, que les señaló el magistrado.

Con respecto a Falange, el juez rechazó su escrito, en el que se refería al magistrado como "juzgador de la historia y redentor del bando vencido",  por contener "múltiples valoraciones" ajenas al procedimiento.

Mientras, varias asociaciones para la recuperación de la memoria histórica han presentado en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cien de las doscientas mil firmas "Un millón de voces en defensa de las víctimas del franquismo" para pedir que no se suspenda cautelarmente al titular del Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional.

Inicialmente, el pleno del CGPJ iba a decidir sobre esta suspensión en el pleno de este jueves, si bien ha tenido que aplazarlo para un pleno extraordinario al no haber recibido del Supremo el auto de apertura de juicio oral.

Durante el pleno, el presidente del órgano de gobierno de los jueces, Carlos Dívar, ha insistido en que "actuará en el mismo momento" y convocará un pleno extraordinario en cuanto el TS le remita la resolución dictada por Varela el pasado 7 de abril en la que anticipaba su decisión de juzgar a Garzón.

Al término de la sesión, cuando el secretario general del CGPJ, Celso Rodríguez, ha concluido su informe a los vocales sobre la situación del expediente de suspensión del magistrado, el también presidente del TS ha anunciado además que no viajará la próxima semana a la Cumbre Judicial Iberoamericana que se celebra en Montevideo (Uruguay).

Dívar estará representado en dicha cumbre por el vicepresidente del Consejo, Fernando de Rosa, y los vocales Antonio Dorado y Miguel Carmona. De Rosa fue uno de los vocales que, junto a Margarita Robles, decidieron abstenerse en la tramitación de la suspensión cautelar de Garzón, algo que fue aceptado por unanimidad por el pleno del CGPJ, que rechazó, no obstante, la recusación de Gemma Gallego, planteada junto a la de sus dos compañeros anteriores por Garzón