Los nuevos contratos de alquiler tendrán una duración mínima de 5 años, 7 si el propietario es una empresa. La prórroga mínima será de otros 3 años y como máximo, la subida de precio será la del ipc. El propietario podrá pedir hasta 3 meses de fianza y el contrato será válido aunque no esté inscrito en el registro. El dueño tendrá que avisar con 2 meses de antelación si no renueva y el inqulino deberá comunicarlo 4 meses antes. El decreto no contempla finalmente rebajas fiscales para aquellos propietarios que pongan precios asequibles. Sí una rebaja del 95% en el ibi para viviendas protegidas en alquiler. Los ayuntamientos también podrán recargar el ibi de los pisos vacíos.
El Gobierno ha aprobado este viernes el decreto de medidas urgentes en materia de alquiler, que limita las subidas anuales de los precios al incremento del IPC para todos los contratos nuevos durante la duración del contrato firmado.
En 2018, cada día, 100 familias fueron desalojadas por no pagar el alquiler. 37.000 en total que supone un aumento del 5%. Eso supone el doble que los derivados del impago de la hipoteca.
El Gobierno sigue buscando apoyos en los grupos parlamentarios para convalidar el decreto de alquiler, que podría aprobar este viernes el Consejo de Ministros. Con él, pretende crear un índice de precios para dar transparencia al sector, compatible con los que tienen ya algunas comunidades. Pero de momento, no se limitarían los precios.
Si incluye medidas como por ejemplo, bonificar el Ibi a aquellos propietarios que pongan precios asequibles, sin descartar una reforma fiscal futura para incluir esos nuevos conceptos. El texto incluiría además ampliar de tres a 5 años el periodo mínimo de alquiler por contrato y que en ese tiempo el precio no pueda subir más que el IPC.
El sector de la vivienda continua al alza, el precio sigue subiendo. Se encadenan así 15 trimestres consecutivos al alza y suben en 2018 un 4% según los datos del Ministerio de Fomento.