Arnaldo Otegi y los otros cuatro condenados por intentar reconstruir la antigua Batasuna, van reclamar una indenmización al Estado, después de que ayer el Supremo anulara la sentencia siguiendo la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que condenó a España al considerar que la juez del caso no había sido imparcial.
Otegi celebra la "victoria jurídica" en el caso Bateragune y reclamará una indemnización al Estado
- El coordinador de EH Bildu y otros cuatro dirigentes abertzales fueron condenados por intentar reconstruir Batasuna
- El Supremo anuló la sentencia después de que el Tribunal de Estrasburgo condenara a España por la parcialidad de una jueza
El Supremo anula la sentencia que condenó a Otegi a seis años de prisión por pertenecer a ETA
- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España en 2018 por parcialidad de una jueza en este caso
- Otegi, condenado por intentar reconstruir Batasuna, fue condenado a seis años y medio e inhabilitado hasta 2021
El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia del 'caso Bateragune', que impuso en 2012 una pena de seis años y medio de cárcel y diez de inhabilitación al actual coordinador de EH Bildu, Arnaldo Otegi, y condenó también a otros dos acusados por pertenecer a ETA. El criterio del Supremo tiene en cuenta la condena del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) a España en 2018 por parcialidad de una jueza.
- Admite a trámite el recurso de amparo presentado por el presidente de la Generalitat
- El Supremo le negó medidas cautelares tras la retirada de su acta al estar condenado por desobediencia
- La expresidenta del Parlament y la exconsellera mantendrán, por ahora, el tercer grado concedido por la Generalitat
La Fiscalía del Supremo pide que los presos del procès no puedan salir de prisión para trabajar, hacer voluntariado o cuidar a familiares Una medida que ya adoptó el alto tribunal en el caso de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell.
- Pide que se revoque el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario que les permite salir de la cárcel para trabajar
- La semana pasada, el Supremo revocó este mismo artículo a la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell
- El pleno de la Sala de lo Penal cambia su jurisprudencia para evitar coacciones a la víctima para que no declare
- El Supremo establece que al denunciar se pierde el derecho a no declarar, pues sin denuncia no habría proceso judicial
Hace seis días vimos salir en tercer grado a los presos del procés, pero ya desde febrero salían de la cárcel para trabajar o para cuidar de sus familiares porque se les aplicó el artículo 100.2 del reglamento penitenciario. Hoy el Supremo ha revocado la aplicación del 100.2 en el caso de Carme Forcadell y abre la puerta a hacer lo mismo con el resto. El alto tribunal lo ve injustificable porque, en la práctica, supuso un regimen de semilibertad cuando no habían cumplido ni la cuarta parte de la condena. La decisión de momento, no tiene efectos inmediatos.
El Supremo revoca la semilibertad concedida a la expresidenta del Parlament de Cataluña Carme Forcadell. El alto tribunal considera que esta medida es injustificada cuando no ha cumplido ni una cuarta parte de los más de 11 años a los que fue condenada por sedición.
- La diputada de JxCat es investigada por presuntos delitos de malversación, fraude y falsedad documental
- El Supremo ya la citó el pasado 14 de febrero para que acudiera de forma "voluntaria" e informarle de las diligencias abiertas
La portavoz de JxCat en el Congreso, Laura Borràs, investigada por varios delitos, se ha negado a declarar en el Supremo hasta que no se realice una prueba pericial, cuando esto ocurra, dice, solicitará su comparecencia en el tribunal.
- Estudiará si el Tribunal Supremo vulneró sus derechos al mantener la orden de detención tras ser elegidos
- Rechaza suspenderla de forma cautelarísima porque fue sustituida por la euroorden reactivada tras la sentencia del 'procés'
- La utilización no autorizada del distintivo es constitutiva del delito de uso de certificación falsa que aparece en el Código Penal
- El alto tribunal confirma una multa de 720 euros al propietario de un turismo que puso la pegatina sin haber pasado la prueba
ElTribunal Supremo ha avalado la celebración de los comicios en A Mariña, Lugo, este domingo tras desestimar el recurso presentado por Galicia en Común contra la resolución de la Junta Electoral Central. El candidato de Galicia en Común- Anova Mareas, Antón Gómez-Reino, anunció que su formación recurría la decisión de permitir el voto en una comarca que tuvo que ser confinada por un rebrote. En su resolución el Supremo alega en su desestimación que se garantizan unas condiciones adecuadas de circulación para acudir a votar, con las salvedad de segmentos reducidos de población, por motivos sanitarios suficientemente justificados en el marco de la situación de pandemia en la que se están desarrollando las elecciones.
El Supremo avala a la Junta Electoral y rechaza suspender las elecciones en A Mariña
- Desestima así la medida solicitada por la coalición electoral Galicia en Común-Anova Mareas
- La comarca lucense está afectada por un brote de coronavirus, con la población de Burela confinada
- Se han desestimado los recursos presentados por la Fundación Franco, el Valle y los Benedictinos
- La Fundación solicitaba a la Sala que corrigiera su "grave error" y ordenara que Franco retornara al Valle de los Caídos
La Fiscalía del Tribunal Supremo está traduciendo la documentación enviada por la justicia suiza entre la que se incluyen las declaraciones realizadas en 2018 por el gestor de cuentas bancarias, Arturo Fasana, y su abogado Dante Canónica. Ambos revelan la supuesta creación de una estructura que, bajo la cobertura de una fundación creada en 2018, habría podido servir al rey Juan Carlos para recibir una donación de 65 millones de euros del monarca de Arabia Saudí. Un dinero que no habría sido declarado a Hacienda.
La que fuera amiga del rey Juan Carlos, la empresaria Corinna Larsen, declaró ante un fiscal suizo que los 65 millones de euros que el monarca emérito le transfirió a una cuenta, según ella, como "regalo" y "gratitud", procedían a su vez de una donación al monarca del ya fallecido rey Abdalá de Arabia Saudí. Así lo dijo el 19 de diciembre de 2018 en su declaración, que publica este domingo el diario El País, ante el fiscal Yves Bertossa, que la investiga junto a los gestores de cuentas en Suiza Arturo Fasana y el abogado Dante Canónica por un delito agravado de blanqueo de capitales.