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El pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha aprobado por unanimidad la excarcelación de la etarra Inés del Río en aplicación de la sentencia del Tribunal de Estrasburgo, que revocó la 'doctrina Parot', según han informado fuentes jurídicas. Los 17 magistrados de la sala han tomado esta decisión tras estudiar la sentencia y el informe de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que ha estimado que el fallo sobre la etarra "no da otra elección que su excarcelación".

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha especificado en un informe remitido al pleno que la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) que revoca la 'doctrina Parot' no da "ninguna elección" sobre la puesta en libertad de la miembro de ETA Inés del Río. El Ministerio Público ha puesto de manifiesto que la resolución de Estrasburgo es "clara" a la hora de indicar la medida requerida "para poner remedio al derecho o derechos declarados vulnerados". "No es otro que garantizar la puesta en libertad de la Sra. Del Río en el plazo más breve posible", agrega el informe.

La Audiencia Nacional será la encargada de revisar cada caso de terrorismo tras la sentencia de Estrasburgo que anula la 'doctrina Parot'. Los jueces estudiarán este mismo martes el caso de la etarra Inés del Río al que se refiere en concreto dicha sentencia y para la que exige su excarcelación.

En la Audiencia Nacional, segunda sesión del juicio de las 'herriko tabernas'. Este viernes, cuatro acusados han negado que estos locales sirvieran para financiar a ETA.

Uno de los principales acusados, el histórico dirigente de la izquierda abertzale Rufi Etxeberria, ha afirmado en la Audiencia Nacional que "en absoluto" ha colaborado con la organización terrorista ETA y que tampoco ha participado en la gestión del 'impuesto revolucionario' ni ha recibido instrucciones de la misma. De esta forma, ha negado que la Mesa Nacional de Herri Batasuna de la que formaba parte trabajara para la banda.

Los cuatro acusados que han declarado han negado haber colaborado con ETA y solo han contestado a las preguntas de sus abogados.

En España, once años después de que comenzara la investigación, la Audiencia Nacional juzga la supuesta financiación de ETA a través de las herriko tabernas. En el banquillo se sientan 36 acusados de colaborar y pertenecer a la banda terrorista.

La Audiencia Nacional ha condenado a un año y medio de prisión a los dos policías juzgados en el caso Faisán. Considera al ex jefe superior de policía del País Vasco, Enrique Pamiés y al exinspector jefe José María Ballesteros culpables de revelación de secretos y les absuelve de colaboración con banda armada porque según el tribunal con el chivatazo a ETA no pretendían favorecer a la banda terrorista, sino que no se entorpeciera el proceso para lograr su abandono de la violencia. El líder del PSOE Alferdo Pérez Rubalcaba que era ministro del Interior cuando se produjo el chivatazo en mayo de 2006 dice que respeta la sentencia mientras que las asociaciones de víctimas piden que se investigue quién dió la orden del soplo.

La sentencia del llamado Caso Faisán, condena a dos mandos policiales a año y medio de cárcel por revelación de secretos a ETA. Considera que los agentes dieron el chivatazo no por colaboración con la banda terrorista ETA, sino para no perjudicar la negociación con el Gobierno.

La Audiencia Nacional ha condenado al ex jefe superior de Policía del País Vasco Enrique Pamies y al inspector jefe José María Ballesteros a un año y medio de prisión y cuatro años de inhabilitación por revelación de secretos por el chivatazo a ETA en el bar Faisán, que frustró una operación en 2006. La sección tercera de la Sala de lo Penal les absuelve del delito de colaboración con organización terrorista al entender que el chivatazo no fue una "acción directa de los acusados para favorecer una actuación puntual" de la banda, sino que la intención era "no entorpecer el proceso que estaba en marcha para lograr el cese de la actividad de ETA" (14/10/2013)