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Preguntas frecuentes a la Oficina de la Defensora

OFICINA DE LA DEFENSORA - MADRID 
  • ¿CÚAL ES LA PROTECCIÓN A LOS MENORES EN LA PROGRAMACIÓN DE RTVE?

RTVE ha aprobado un Código de Autorregulación para la defensa de los derechos del menor en los contenidos audiovisuales, conexos, interactivos y de información en línea de la Corporación RTVE, que puede consultarse en la web de la Defensora, para mejorar la eficacia de la protección legal de los menores respecto de la programación televisiva.

El Código señala la franja comprendida entre las 6,00 y las 22,00 horas, como horario protegido para contenidos clasificados como no recomendados para menores de 18 años; y como franja de protección reforzada para el público infantil, entendiendo por tal a los menores de 13 años, la comprendida en los tramos de 8,00 a 9,00 y de 17,00 a 20,00 horas.

Asimismo, recomienda emitir una programación de carácter “familiar” en la franja de 16.00 a 19.00 horas los sábados y domingos y los periodos de vacación escolar.

 El Código establece también la señalización de todos los contenidos televisivos, incluidos los de autopromoción, con una advertencia óptica y acústica que informará de la calificación por edades.

La Defensora será la responsable de seguir el cumplimiento de este Código a través de su oficina. Las quejas y sugerencas sobre esta materia pueden enviarse al correo de la Defensora, a través del formulario que encontrarán en su web. Del papel activo de los usuarios depende también la utilidad que el Código de Autorregulación pueda tener para la sociedad. 

  • ¿POR QUÉ ALGUNOS ACONTECIMIENTOS DEPORTIVOS QUE EMITE TVE NO PUEDEN VERSE EN TVE INTERNACIONAL?

El hecho de que en el Canal Internacional de TVE se anuncie la retransmisión de un evento deportivo no implica que se pueda ver por el mismo. Ello se debe a que en el Canal Internacional se emiten los Telediarios y algunos espacios de la programación nacional en los que, lógicamente, se anuncian esos eventos. Sin embargo, los derechos de difusión se adquieren para España y no pueden ser emitidos fuera de sus fronteras.

  • ¿QUÉ PROGRAMAS DE TVE CUENTAN CON EL SERVICIO DE SUBTITULADO PARA PERSONAS SORDAS?

El subtitulado de su programación es una prioridad para TVE que, como servicio público, debe facilitar el acceso de personas con discapacidad auditiva. Pese a no tratarse de una obligación legal, el servicio de subtitulado-Teletexto ha hecho un gran esfuerzo al pasar de las 24 horas en 1991 a las 20.720 horas en 2010, por encima de la obligación legal de ofrecer en el 2010 un 50% de la programación subtitulada.

Como la programación se conoce por ley con 3 días de antelación, el Servicio de Subtitulado comunica por fax o e-mail a la Dirección de Emisiones todos los programas que esa semana van a ir subtitulados. Pero hay que tener en cuenta el arduo trabajo que significa hacer un programa subtitulado. Por cada hora de producto listo para emisión, son necesarias 9 horas de trabajo de una persona cualificada y experta en el lenguaje de los sordos.

El complicado camino que recorre un programa desde que llega a TVE hasta que se emite con subtítulos puede sufrir alteraciones en alguno de sus procesos como:

- Cambios de última hora en la programación (por ejemplo, un especial informativo imprevisto).
- Modificaciones de última hora en las cintas de emisión.
- Retrasos en la entrega del material.
- Errores del sistema informático en la emisión automática.
- Fallos técnicos ajenos a Teletexto.

RTVE ha creado una Comisión de seguimiento y mejora de subtitulado con FIAPAS y CNSE para aumentar el número de horas subtituladas. Pese a deficiencias puntuales, se esta trabajando seriamente en la mejora de este servicio.

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