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Los juristas creen que legalizar las 'devoluciones en caliente' sería "inconstitucional"

  • El PP ha presentado una enmienda a la ley de extranjería para darles cobertura
  • Expertos en derecho creen que vulneraría la Constitución y la ley internacional
  • El concepto de "rechazo en frontera" afecta a la soberanía y al derecho al asilo

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Unos 400 inmigrantes subsaharianos intentaron saltar la valla de Melilla el miércoles 22 de octubre.
Unos 400 inmigrantes subsaharianos intentaron saltar la valla de Melilla el miércoles 22 de octubre.

Casi 2.000 inmigrantes han saltado la valla de Melilla este año

Entre 1.980 y 2.000 inmigrantes han entrado en la ciudad autónoma de Melilla saltando la valla en lo que va de año, el doble que en todo 2013, cuando fueron 1.074 personas según los datos de la Delegación del Gobierno. En la valla de Ceuta, desde la tragedia de El Tarajal, no se ha vuelto a producir ningún intento.

En total y contando el de este miércoles, en 2014 se han producido en la valla de Melilla 59 saltos "masivos", es decir, de más de 50 personas. Unos 2.000 consiguieron llegar a la ciudad de los más de 13.500 que, con las mismas cifras, habrían intentado rebasar la verja.

El Gobierno está decidido a proporcionar amparo legal a las llamadas “devoluciones en caliente”, el retorno en el acto de inmigrantes interceptados en la valla fronteriza de Ceuta y Melilla. Pero para hacerlo se enfrenta a un doble obstáculo también legal: la propia Constitución y el derecho internacional que España ha suscrito, que en opinión de diversos juristas hacen imposible su tentativa.

Mediante un párrafo que quiere introducir en la ley de seguridad ciudadana, el Ejecutivo pretende llevar a la ley la práctica hoy cotidiana de entregar sobre la marcha a Marruecos y sin identificación previa a los inmigrantes que han saltado la valla o se han encaramado encima.

Desde que el pasado mes de febrero se documentara en vídeo cómo 23 inmigrantes que habían llegado a nado a Ceuta eran entregados sobre la marcha tras la muerte de 15 personas en la playa del Tarajal, los responsables de Interior han justificado esta práctica en razón de un “rechazo en frontera” y de un “concepto operativo” para abordar los intentos masivos de entrada, que desde entonces han virado a Melilla.

El pasado mes de junio un grupo de catedráticos de derecho público, entre los que estaban dos exmagistrados del Tribunal Constitucional, emitieron un informe en el que argumentaban que las devoluciones inmediatas son ilegales.

Según sus conclusiones, las “devoluciones en caliente” no dejan de ser un “atajo en abierta contradicción con la normativa nacional, europea e internacional”. Y la incorporación del “rechazo en frontera” al acervo legal no elude estas contradicciones, que se asientan en las siguientes críticas.

Un nuevo concepto jurídico que no rellena el vacío legal

La ley actual ya recoge varias figuras jurídicas para expulsar a los inmigrantes irregulares: la expulsión -si se sorprende al inmigrante sin permiso de residencia en territorio español-, la denegación -si ha intentado cruzar por un puesto fronterizo, como un aeropuerto o un puerto- y la devolución -una entrada clandestina por otra zona, como las vallas y las costas-.

El Ministerio del Interior ha acuñado ahora un nuevo término, “rechazo en frontera”, que según los expertos carece de valor jurídico.

“Es un intento de dotar de cobertura legal a una práctica que es radicalmente ilegal, y en buena parte este intento demuestra su actual ilegalidad”, valora Margarita Martínez Escamilla, catedrática de derecho penal en la Universidad Complutense de Madrid.

¿Es legal crear un régimen especial para Ceuta y Melilla?

El objetivo del Gobierno es que la ley de extranjería contenga "una previsión que responda a la singularidad geográfica y fronteriza que concurre en las ciudades de Ceuta y Melilla”, la única frontera exterior terrestre de Europa Occidental y la única sobre el continente africano.

Crear un régimen especial para Ceuta y Melilla, como existe para estos y otros territorios en diversas materias, sería legal siempre que no vulnerara ningún derecho y ninguna ley superior -la Constitución- o una ley supranacional, pero, consideran los juristas consultados, se están vulnerando derechos, como es el del asilo.

La cuestión de la ‘frontera móvil’ o dónde empieza España

El protocolo con el que se está trabajando en la frontera de Melilla, que los guardias civiles venían reclamando desde hace tiempo, dice que la entrada ilegal de inmigrantes en España se entenderá consumada cuando se rebase completamente “el sistema perimetral de seguridad”.

En esta teoría sostiene el ministro su negación de que en España se realicen "devoluciones en caliente", porque entiende que los inmigrantes a quienes se aplica el rechazo en el acto no han entrado en territorio nacional, lo que cuestionan los testimonios de las ONG sobre el terreno.

Tal sistema perimetral lo forman, según explicación del propio ministro, “los medios físicos”, o sea las vallas, y los “medios humanos”, es decir, los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Esto viene a significar que la frontera española la compondría en último término la hilera de guardias civiles que impide que los inmigrantes pongan el pie en el suelo al rebasar la valla interior, pasando por alto en este "concepto operativo" que el terreno entre las vallas es territorio español.

El "concepto operativo" de frontera choca con la frontera real y compromete la soberanía nacional

La cuestión es que esta interpretación choca con el “concepto jurídico” de frontera, y así lo ha entendido el juez instructor de Melilla que ha imputado al coronel jefe de la Guardia Civil de la ciudad autónoma.

Las vallas de Ceuta y Melilla están colocadas en terreno español y, recuerdan los expertos, el territorio nacional no empieza donde diga el Ministerio del Interior o se dicte en un protocolo.

Por si fuera poco, la idea de una frontera fluctuante, a juicio de los expertos, “genera muchas dudas” acerca de los límites territoriales de Ceuta y Melilla con Marruecos. Martínez Escamilla deja caer el peligro que supone, “aunque sea a efectos de la ley de extranjería, tocar aspectos de dónde empieza y acaba un territorio cuya soberanía está en disputa histórica”.

Un trámite legislativo "a hurtadillas"

Otro punto polémico tiene que ver con el procedimiento legislativo para sacar adelante esta medida: introducir en una ley en trámite -el proyecto de ley de seguridad ciudadana- una enmienda que modifica otra norma orgánica, la ley de extranjería.

Lo que se consigue así es no solo una aplicación más rápida de la disposición, sino que se elude el debate parlamentario y los informes de los órganos constitucionales que podrían alegar obstáculos a su puesta en marcha.

"Esta enmienda está entrando de tapadillo, hurtando la posibilidad de que los órganos constitucionales -el CGPJ, el Consejo Fiscal o el Consejo de Estado- se pronuncien sobre su viabilidad”, señala Martínez Escamilla, lo cual no contribuye precisamente a eliminar las sospechas sobre su constitucionalidad, ni -considera esta experta- parece oportuno precipitar cuando hay tres causas judiciales abiertas en la actualidad por 'devoluciones en caliente'.

El derecho de asilo de los inmigrantes

Para hacer posibles las 'expulsiones en caliente', además, habría que derogar la ley de asilo española y “denunciar varios convenios internacionales”, como la Convención de Ginebra y el Convenio Europeo de Derechos Humanos, con los que esta medida entraría en conflicto, señala Martínez Escamilla.

"Devolver a un inmigrante a Marruecos sin darle la oportunidad de pedir asilo es inconstitucional"

"Devolver a un inmigrante a Marruecos sin darle la oportunidad actualmente recogida por la ley de pedir asilo o protección internacional por razones humanitarias es directamente inconstitucional porque vulnera el derecho fundamental de esa persona a ser escuchada", el llamado derecho de audiencia, explica a Europa Press el portavoz de la Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), Francisco Solans.

Además, un país firmante de la Convención de Ginebra, como es España, no puede devolver a personas donde no se tiene certeza de que no existe peligro para su seguridad.

"Estamos hablando de menores, de mujeres amenazadas, de sirios, de caboverdianos, nigerianos que vienen perseguidos de su país; personas que vienen a pedir protección y España debe dársela porque así lo establece la Constitución y el marco internacional", sentencia Solans, lo que se impide al enviar al inmigrante de vuelta por donde ha venido sin llevarle a una comisaría para iniciar este procedimiento.

La seguridad -no solo- jurídica de los guardias civiles

Los guardias civiles que devuelven por la fuerza a los inmigrantes a Marruecos están realizando un acto administrativo, actúan como ejecutores de la ley, y son responsables de que en sus actos se cometa alguna ilegalidad.

En otras palabras, la obediencia debida a sus superiores no les exime de responsabilidad en caso de conculcar la ley. Y están cometiendo delitos si expulsan por la fuerza a personas sin dejarles ejercer sus derechos de asilo o de asistencia letrada e intérprete en un procedimiento de devolución.

“Se obedece a lo que diga en el momento el oficial al mando. Era la consigna y a día de hoy sigue igual", explica a RTVE.es un portavoz de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) de Melilla, que subraya el compromiso que supone que se les obligue a "cumplir un protocolo que un juez ha puesto en entredicho y por el cual un coronel está imputado”.

AUGC: “Se nos obliga a cumplir un protocolo por el cual un coronel está imputado”

Así es. Los propios mandos de la Guardia Civil cometen delito de prevaricación cuando llevan a cabo expulsiones directas, cuya ejecución es competencia de la Policía Nacional y que no amparan ni la ley española ni el Acuerdo España-Marruecos de readmisión, que prescriben un proceso administrativo.

También el Sindicato Unificado de Policía (SUP) ha reprochado al Ministerio del Interior que no concrete en su protocolo quién debe dar la orden, ni en qué casos ni de qué manera los agentes -que se juegan el físico encima de la valla sin unas medidas de seguridad consolidadas- deben proceder a bajar a los inmigrantes de la valla.

Para la AUGC, señala a Europa Press su portavoz nacional, Juan Antonio Delgado, una reforma de la ley de extranjería en este sentido "deja a los pies de los caballos" a los agentes, primero, porque "el ministro lleva mucho tiempo defendiendo a ultranza la labor de los guardias civiles y ahora parece querer decir que lo estaban haciendo mal"; pero también porque si la normativa es inconstitucional y España recibe más amonestaciones de Europa, será la Guardia Civil la que la seguirá aplicando a costa de su reputación.