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La Audiencia ve indicios para juzgar a 22 de los participantes en el asedio al Parlament de 2011

  • Así lo ha dictado en un auto el magistrado de la Audiencia Eloy Velasco
  • Por un delito contra Altos Organismos de la Nación o  Instituciones del Estado
  • Si existe "intimidación ambiental", "faltas y delitos menores" son "graves"

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El juez de la Audiencia Nacional, Eloy Velasco, ve indicios para  juzgar por un delito contra Altos Organismos de la Nación o  Instituciones del Estado a 22 manifestantes que participaron en el  asedio al Parlamento de Cataluña que se produjo el 15 de junio de  2011. Las protestas se saldaron con agresiones e insultos a 11 diputados autonómicos, entre los que estaba el presidente de la  Generalitat, Artur Mas, que tuvo que acceder al recinto parlamentario  en helicóptero.

En un auto dictado este martes, el magistrado transforma las  actuaciones en procedimiento abreviado, trámite equiparable al  procesamiento, y señala que "delitos menores e incluso de faltas",   como los atribuidos a los imputados, se convierten en "graves" si  existe un componente de "intimidación ambiental". Según fuentes  jurídicas, consultadas por Europa Press, esta misma consideración podría aplicarse penalmente a los  autores de los escraches contra políticos.

"Escupir, insultar, sustraer documentos, arrojar líquidos,  sujetar, interponerse o frenar trayectorias, impedir el paso, la  circulación, golpear vehículos, pintar una cruz en una gabardina,  empujar, agarrar de un brazo, increpar, perseguir, acosar, bloquear,  acometer, cuando se hace prevaliéndose de la intimidación ambiental,  aprovechando la cobardía de la acción del grupo y no aisladamente  (...), se convierte en grave y, por ende, en delictiva", sostiene el juez en el auto.

Los hechos no pueden ampararse en derecho de reunión

El magistrado señala que los sucesos que se vivieron frenta la Cámara  catalana no pueden ampararse en el derecho de reunión que cosagra el  artículo 21 de la Constitución a pesar de tener como objetivo "la  expresión de las demandas ciudadanas, máxime a sus dirigentes  políticos y obviamente en momentos de crisis en que se exigen  sacrificios a algunos colectivos que no se ven generalizados a todos,  ni especialmente a los que los han generado".

"Cabe manifestarse y expresarse con el límite de no usar la  violencia contra personas y bienes ajenas a la protesta", añade el  instructor antes de indicar que los actos contra "parlamentarios que  actúan en el ejercicio de su cargo o cuando acuden a ejercerlo"  constituye una "extralimitación del derecho de manifestación".

De hecho, el acoso se produjo, según Velasco, en un "contexto  ambiental gravemente violento e intimidante" por parte de un grupo  que, según refleja el auto, "ayuda, acomete y fuerza el sometimiento  del representante de la voluntad popular".

Detalles del acoso a los diputados

En su resolución, Velasco relata minuciosamente el acoso que  sufrieron 11 políticos catalanes, entre ellos el presidente de la  Generalitat Artur Mas, cuyo vehículo fue interceptado en unas vías  del tranvía cuando era trasladado a la sede del Parlament. Uno de  los imputados encaró el vehículo oficial colocando sus manos encima  del capó, se subió al mismo y empezó a golpearlo.

Unos metros más adelante, el coche de Mas fue nuevamente golpeado  y uno de los manifestantes trató de "abrir la puerta del coche", lo  que "no pudo conseguir por tener conectado el cierre centralizado".  Al no lograrlo, arrojó un cono de plástico contra uno de los  vehículos de la comitiva, que buscaron un lugar seguro para  posteriormente trasladar al presidente catalán "por la vía aérea  descrita", que también utilizó la presidenta de la Cámara, Núria de  Gispert.

Además, los manifestantes insultaron, escupieron y pintaron una  cruz en la gabardina a la socialista Montserrat Tura; "increparon y  acorralaron mediante amenazas e insultos" al diputado de CiU Josep  María Llop, que es invidente; y golpearon "repetidas veces con los  brazos en alto" al independentista Alfons López Tena. También  sufrieron el acoso los diputados Joan Boada, Gerard María Figueras,  Ernest Maragall, Ana Isabel Marcos, Salvador Milà y Santi Vila.

Por orden de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Velasco  envió la causa a los juzgados de Barcelona en febrero de 2012 aunque  el Supremo resolvió en noviembre pasado que la Audiencia Nacional era  la competente para investigar estos hechos por considerar que el  Parlamento autonómico debe considerarse una institución del Estado.