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El TSJM anula todas las escuchas del caso Gürtel practicadas en prisión

  • El contenido de las conversaciones no podrá ser utilizado como prueba incriminatoria
  • El TSJM no anula conversaciones de imputados con letrados que no ejercían la defensa

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La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado todas las escuchas del caso Gürtel de las conversaciones en la prisión de Soto del Real entre los principales imputados y sus abogados y que fueron ordenadas por el juez Baltasar Garzón.

La decisión de la sala, cuyo auto se ha notificado este jueves, tiene un voto particular discrepante del magistrado José María Suárez Robledano, que considera extemporáneo el planteamiento de la nulidad de la medida de intervenciones de las comunicaciones en la prisión.

El tribunal ha basado su decisión en que los imputados no estaban en prisión preventiva por delitos de terrorismo y no se estaba investigando un delito de este tipo, por tanto, "estaba vedada toda intervención de las comunicaciones" de los letrados con los imputados en prisión provisional, aunque sí son susceptibles de intervención las comunicaciones con el resto de personas.

Según consta en el auto, no han sido anuladas las conversaciones que esos mismos imputados mantuvieron con letrados que en ese momento no ejercían la defensa de esos mismos imputados y que será el juez instructor del caso, Antonio Pedreira, el que determine en qué condición acudieron en cada momento los abogados al centro penitenciario.

De esta forma, el TSJM admite el recurso presentado por los abogados de los imputados, entre ellos el del presunto cabecilla de la trama, Francisco Correa, y señala que el contenido de estas conversaciones no podrá ser utilizado como prueba incriminatoria en este caso.

El juez Pedreira avaló en primera instancia estas escuchas, que se realizaron al considerado responsable de la trama, Francisco Correa, y sus dos principales colaboradores, Pablo Crespo y Antoine Sánchez, y sus respectivos abogados. Precisamente, por ordenar estas escuchas el juez Baltasar Garzón tiene abierta una querella en el Tribunal Supremo, una de las tres por las que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estudia si suspenderle o no.

Por contra, el TSJM sí desestimó ayer parte de las demandas de los abogados de los imputados al establecer que el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón no cometió "ninguna irregularidad" al asumir la competencia para investigar el 'caso Gürtel' cuando la Fiscalía Anticorrupción denunció los hechos en agosto de 2008.

Vulneración del derecho de defensa

En su auto, el TSJM argumenta que las escuchas ordenadas por Garzón en prisión "infringieron lo dispuesto en el artículo 51.2 de la Ley Orgánica General Penintenciaria [que determina que las comunicaciones en prisión sólo pueden ser ordenadas por el juez en casos de terrorismo] y vulneraron el derecho de defensa y el derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable, así como el derecho a un proceso público con todas las garantías".

El tribunal apela a la "teoría de los frutos del árbol envenenado" y señala que, por tanto, "cualquier prueba que directa o indirectamente y por cualquier nexo se le pudiera relacionar con la prueba nula, debería ser igualmente estimada nula". En este sentido, la sala indica que la nulidad de esas actuaciones "no puede declararse de forma automática ni de forma instantánea", por lo que deberá ser el juez instructor, Antonio Pedreira, el que declare "la nulidad de las actuaciones que se deriven de las intervenciones aquí anuladas".

El TSJM también deniega la puesta en libertad inmediata de Francisco Correa, que demandaba su abogado, pues entiende que "no han desaparecido de forma automática" los indicios que aconsejaron su ingreso en prisión preventiva "ni se han esfumado" los motivos que determinaron su permanencia en ella.

Las escuchas de la discordia

Por ejemplo, entre las conversaciones que serán anuladas del sumario de Gürtel y que se hicieron públicas con el levantamiento parcial del secreto sumarial está una que mantuvo Correa con su abogado José Antonio Choclán, en la prisión de Soto del Real el pasado 6 de marzo de 2009. En ella, Correa le dice a su letrado: "Y si me preguntan ¿usted le ha dado el dinero a esos señores? ¿yo qué les digo?".

El abogado le aconsejó entonces que "negara la realidad", que fuera la defensa la que acreditara los hechos. "Tú dí que no reconoces la contabilidad que la llevaba por el señor Izquierdo, que no reconoces que esos pagos hayan existido en realidad" y que "desde luego en ningún caso se han hecho para obtener a cambio una concesión administrativa".

Además, estas escuchas ilegales destaparon que Correa y Crespo trataron de controlar el procedimiento desde prisión. En una de las conversaciones intervenidas en el locutorio de la prisión, fechada el 2 de marzo de 2009, Correa y su abogado tratan cuestiones como el material comprometido y la coordinación de abogados "a nivel global", que importa "mucho que no haya fugas", porque "muchas veces, lo que perjudica una línea de defensa son las mismas".

En otra conversación, Crespo y su letrado hablan de controlar las relaciones con el juez y las fiscales del caso, teniendo en cuenta que Choclán es ex magistrado de la Audiencia Nacional y mantuvo relaciones profesionales con Concha Sabadell, una de las fiscales de la instrucción en el TSJM.

Está previsto que el juez del caso Gürtel, Antonio Pedreira, levante el próximo 5 de abril el secreto de sumario del caso. Sin embargo, permanecerán secretas otras investigaciones en curso, las 15 comisiones rogatorias cursadas a ocho países -ya que Pedreira ha orientado buena parte de sus pesquisas a averiguar el paradero del dinero supuestamente desviado por el entramado empresarial dirigido por Francisco Correa- y los datos que puedan vulnerar la intimidad de las personas implicadas en el caso.