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El presidente de la Asociación Dignidad y Justicia, Daniel Portero, ha criticado en el canal 24 horas la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que anula la doctrina Parot en el caso de la etarra Inés del Río y exige la excarcelación de esta.

Portero ha asegurado sentirse "profundamente decepcionado". "Se llevaba anunciando el fallo desde hace un par de semanas, no sé si para que la sorpresa no fuera tan desagradable, pero desde luego es infumable".

A su juicio, "en Europa no se han enterado de las consecuencias que tendrá esta sentencia no solo para los presos de ETA sino también para otros presos como el asesino de las niñas de Alcásser o del terrorismo islamista".

Sin embargo, considera que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no es vinculante para anular la doctrina Parot, ya que cuando España firmó el convenio europeo de derechos humanos lo hizo conforme al artículo 94 de la Constitución Española y no respecto al 93, de tal forma que el Tribunal Constitucional es la última instancia nacional.

"Yo le pediría al Gobierno que no le tiemble el pulso a la hora de decir que esta sentencia no es vinculante, porque ya lo ha hecho en otros casos, este Gobierno y otros anteriores. Y este es un caso para poder hacerlo.

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha anulado la "doctrina Parot", al hacer pública la sentencia favorable a la presa etarra Inés del Río Prada, de quien exige su puesta en libertad.

El fallo, que es definitivo y no puede ser recurrido, pide -con 16 votos contra 1-, la excarcelación de la miembro de ETA, y dice -por unanimidad- que España vulneró el artículo 5.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (Derecho a la libertad y a la seguridad) y -por 15 votos contra 2- el artículo 7 (No hay pena sin ley).

El fallo solo hace referencia a Inés del Río y no hay ninguna mención al resto de 76 presos cuyo encarcelamiento se ha prolongado por aplicación de la "doctrina Parot"

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha confirmado este lunes la condena a España por aplicar la 'doctrina Parot' a la etarra Inés del Río, lo que abre la puerta a que más de un centenar de presos de ETA pidan la revisión de sus penas de prisión para su puesta en libertad. La sentencia, que es definitiva y no puede ser objeto de un nuevo recurso, vuelve a pedir la excarcelación de Inés del Río, condenada a más de 3.800 años de prisión por 24 asesinatos, "a la mayor brevedad" y obliga al Estado a indemnizarla con 30.000 euros por daños morales en el plazo de tres meses, como ya estableció en el fallo de julio de 2012.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos hará público este lunes el fallo definitivo sobre la denominada doctrina Parot. Una sentencia en contra del recurso presentado por el Gobierno español, por el caso de la etarra Inés del Río, obligaría a excarcelar a más de 130 etarras y otra treintena de presos condenados por otros delitos.

En la Audiencia Nacional, segunda sesión del juicio de las 'herriko tabernas'. Este viernes, cuatro acusados han negado que estos locales sirvieran para financiar a ETA.

Uno de los principales acusados, el histórico dirigente de la izquierda abertzale Rufi Etxeberria, ha afirmado en la Audiencia Nacional que "en absoluto" ha colaborado con la organización terrorista ETA y que tampoco ha participado en la gestión del 'impuesto revolucionario' ni ha recibido instrucciones de la misma. De esta forma, ha negado que la Mesa Nacional de Herri Batasuna de la que formaba parte trabajara para la banda.

Los cuatro acusados que han declarado han negado haber colaborado con ETA y solo han contestado a las preguntas de sus abogados.

En España, once años después de que comenzara la investigación, la Audiencia Nacional juzga la supuesta financiación de ETA a través de las herriko tabernas. En el banquillo se sientan 36 acusados de colaborar y pertenecer a la banda terrorista.

La Audiencia Nacional ha condenado a un año y medio de prisión a los dos policías juzgados en el caso Faisán. Considera al ex jefe superior de policía del País Vasco, Enrique Pamiés y al exinspector jefe José María Ballesteros culpables de revelación de secretos y les absuelve de colaboración con banda armada porque según el tribunal con el chivatazo a ETA no pretendían favorecer a la banda terrorista, sino que no se entorpeciera el proceso para lograr su abandono de la violencia. El líder del PSOE Alferdo Pérez Rubalcaba que era ministro del Interior cuando se produjo el chivatazo en mayo de 2006 dice que respeta la sentencia mientras que las asociaciones de víctimas piden que se investigue quién dió la orden del soplo.

La sentencia del llamado Caso Faisán, condena a dos mandos policiales a año y medio de cárcel por revelación de secretos a ETA. Considera que los agentes dieron el chivatazo no por colaboración con la banda terrorista ETA, sino para no perjudicar la negociación con el Gobierno.

La Audiencia Nacional ha condenado al ex jefe superior de Policía del País Vasco Enrique Pamies y al inspector jefe José María Ballesteros a un año y medio de prisión y cuatro años de inhabilitación por revelación de secretos por el chivatazo a ETA en el bar Faisán, que frustró una operación en 2006. La sección tercera de la Sala de lo Penal les absuelve del delito de colaboración con organización terrorista al entender que el chivatazo no fue una "acción directa de los acusados para favorecer una actuación puntual" de la banda, sino que la intención era "no entorpecer el proceso que estaba en marcha para lograr el cese de la actividad de ETA" (14/10/2013)