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El Ministerio del Interior, condenado a devolver parte de la 'extra' de 2012 a un funcionario

  • La condena es firme y obliga al Estado a devolverle una parte de la paga
  • Según CSI-F, es la primera condena firme contra la Administración General

Ver también: sentencia que condena al Ministerio del Interior (PDF)

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Pagas extraordinarias

La paga 'extra' de junio corresponde al periodo que va desde el 1 de diciembre anterior hasta el 31 de mayo.

La paga 'extra' de diciembre se devenga del periodo que va del 1 de junio y al 30 de noviembre.

La Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio del Interior a devolver a un funcionario parte de la paga 'extra' de diciembre de 2012, que fue suprimida por el Gobierno mediante decreto ley como medida para ayudar a recortar el déficit público. La sentencia, dictada por el Juzgado Central de Instrucción de lo Contencioso-Administrativo número 4 el 30 de enero, es firme y contra ella no cabe recurso. Según el sindicato de funcionarios CSI-F, es la primera condena en firme a la Administración General del Estado.

En ella, se reconoce el derecho del funcionario demandante a que le sea abonada la parte proporcional de la paga 'extra' de diciembre devengada entre el 1 de junio y el 14 de julio, así como la parte proporcional del complemento específico y demás cantidades que deberían abonarse junto con la paga extraordinaria ya que el decreto entró en vigor el 15 de julio y, según la sentencia, no afecta a los días anteriores.

El juez explica que, aunque la paga se cobra de forma acumulada al vencimiento de los seis meses durante los que se devenga, no hay ningún impedimento para que en determinadas circunstancias se produzca una liquidación parcial. Es decir, que sí se puede cobrar una parte de la paga 'extra', como ocurre, por ejemplo, en el caso de los finiquitos.

Primera condena en firme al Estado

Se trata de la primera condena en firme a la Administración General del Estado (AGE) por la retirada de la paga 'extra', ya que en noviembre un magistrado ordenó por primera vez la devolución de la paga a un funcionario de Justicia.

Hasta ahora, todos los pronunciamientos judiciales se habían producido a nivel autonómico y local, según el sindicato de funcionarios CSI-F, que ha señalado que la sentencia no deja lugar a dudas, pues censura "la aplicación retroactiva del Real Decreto porque contravendría los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima".

Por otro lado, el juez no ve necesario llevar el asunto al Tribunal Constitucional, tal y como planteaba el abogado del Estado, al considerarlo "superfluo tanto en términos lógicos como de economía procesal". El sindicato presidido por Miguel Borra afirma que esta sentencia supone un colofón de una cadena de pronunciamientos judiciales a lo largo y ancho del Estado y tiene una gran relevancia desde el punto de vista jurídico.

"De entrada, los criterios de la sentencia serían aplicables al conjunto de funcionarios de Interior, es decir, Policías, Guardias Civiles, Funcionarios de Prisiones y administrativos, entre otros. Y, desde luego, al resto de los funcionarios de la AGE", ha afirmado en un comunicado.

Por ello, CSI-F considera que el Gobierno ya no tiene ninguna excusa para devolver la paga 'extra', por lo que ha reclamado una convocatoria urgente de la Mesa General de las Administraciones Públicas, para generalizar esta devolución al conjunto de los empleados públicos.