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Condenan a Endesa a pagar 37 millones por un incendio forestal en Barcelona en 1994

  • El incendio de Berguedà quemó 25.800 hectáreas hace 18 años
  • La juez considera que el mal estado de una línea causó el fuego

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Condenan a Endesa a pagar 37 millones por un incendio forestal en Barcelona en 1994

Una juez de Barcelona ha condenado a Endesa por el incendio del Berguedà, en Barcelona, que arrasó 25.800 hectáreas en 1994. La sentencia obliga a esta empresa a indeminzar con 37,4 millones a 117 propietarios forestales y agrícolas de esta comarca, al considerar que el fuego se originó por el mal estado de la línea eléctrica.

El juzgado de primera instancia número 11 de Barcelona condena a la compañía eléctrica a indemnizaciones de hasta cuatro millones, más los intereses, a el más de centenar de afectados que presentaron demandas contra la compañía.

Endesa está analizando la sentencia y "muy probablemente" recurrirá el fallo, según fuentes de la compañía.

La juez cree que la compañía eléctrica, a quien los demandantes pedían 115 millones de euros, es responsable de los daños provocados por el incendio debido a su "inexcusable negligencia" en el mantenimiento del tendido eléctrico del que se desprendieron las chispas que originaron el fuego.

Los propietarios afectados por los incendios de 1994, en que murieron tres personas, basaron su demanda en la sentencia de la Audiencia de Barcelona, que en 2007 absolvió a un responsable de mantenimiento de Endesa pero dejó abierta la vía civil para presentar reclamaciones, al concluir que fue la línea eléctrica la que provocó el fuego al no estar lo bastante protegida.

A la luz de las pruebas y testimonios aportados en el macrojuicio, que se prolongó durante varios meses, la sentencia da por demostrado que el incendio se originó en la línea de baja tensión de Endesa, al desprenderse las chispas y trozos de cobertura incandescente de PVC que recubrían los cables conductores del tendido.

Endesa no adoptó "todas las precauciones necesarias"

La juez reconoce que no se ha podido determinar la causa que propició que cayera material incandescente de la línea eléctrica, pero añade que, en cualquier caso, no consta acreditado que la compañía "adoptara todas las precauciones necesarias" para evitar un fuego, "con mayor peligrosidad en temporada estival por las temperaturas normalmente reinantes".

En opinión de la magistrada, por su especialidad en la materia, la compañía eléctrica "no podía desconocer el riesgo que el ejercicio de su actividad conlleva, de la que además se lucra (...)".

Ese razonamiento, añade la sentencia, lleva a que la compañía eléctrica "deba responder por su inexcusable negligencia, sin que se haya acreditado que el incendio se produjera por una causa no imputable a ella".

Para la juez, "de ningún modo puede considerarse que la entidad demandada haya practicado prueba suficiente que la exonere de la responsabilidad que se le atribuye".

"Y lo que no se entiende es que, siendo la entidad demandada la titular de la línea a la que desde el primer momento se estuvo atribuyendo la causación del siniestro, no se proveyera de pruebas concluyentes para, en su caso, exonerarse de responsabilidad", apunta la sentencia.

La juez considera que Endesa podría haber retirado los restos de la línea eléctrica que atravesaba el lugar donde se inició el fuego y realizar "un examen pormenorizado, minucioso y al detalle" que descartara anomalías en el tendido, especialmente teniendo en cuenta que había una investigación penal abierta sobre el origen del incendio.